Hola,
Seaman escribió: ↑28 Ene 2025, 05:12
Es que el convenio no sólo implica la prohibición de edificaciones en una franja de 30mts+30mts, también prohibe cualquier actividad dentro de ella, por ello el efectuar ejercicios militares dentro de la zona NON-AEDIFICANDI sería violación del convenio.
No le quito razón al respeto, sin embargo, puntualizo, el convenio de no edificación, se realizó en una epoca donde no existía ni la carretera que une a Venezuela y Brasil, ni el monumento, por lo que, el uso de las vías de lado y lado del hito constituirá una violacion al tratado, pero en las mismas imágenes que posteas, vemos como miembros de las FFAA de ambos países, prácticamente están al raz de la línea fronteriza (casos puntuales, generalmente no hay militares en ese lugar) , además que la construcción de los mismos monumentos constituirian una violacion del convenio de 1988, así como su uso para actividades militares y políticas, que se observan en imágenes recientes y no tan recientes.
Se que el monumento hace referencia a Rafael Caldera, por lo que algún convenio o acuerdo de tránsito y movilidad, tuvo que hacerse en ese punto en particular, durante el último gobierno de Caldera o quizá el primero de Chavez, además que los funcionarios de cancillería de Brasil aseguran que es normal que ambas fuerzas militares den vuelta en U en la esas zona, por lo que, no tienen problema con la acción, sino por la no notificación del cierre fronterizo para actividades militares.
Saludos
