AGS93 escribió: ↑17 Sep 2020, 12:36
Hola muy buenas.
De antemano pedir disculpas si mi duda ya se ha aclarado, pero he estado ojeando por el foro y no encuentro respuesta.
Mi duda es la siguiente:
Si estoy de reserva en "x" plaza y de titular en otra con un orden de preferencia menor, ¿se puede dar el caso de que estando ya en el centro de formación para la que soy titular, me llamen de "x" para incorporarme si se dieran bajas en esta? ¿ o una vez me he presentado en el centro de formación ya no cabría posibilidad de cambio?
Aclarar que una plaza es en aire y la otra en tierra por si influyera en algo.
Muchas gracias de antemano.
Una vez entras por la puerta del centro de formación, ya no hay vuelta atrás, se considera que has aceptado esa plaza. Únicamente llaman a la gente que ha quedado fuera de la lista, que seguiría de civil si no. No sé si se ha dado alguna vez el caso de que te llamen si la otra persona renuncia a la plaza antes de incorporarse, o el primer día, pero juraría que no.
Voodoo escribió: ↑06 Oct 2020, 16:53
Hola buenas,
Vengo a preguntar una duda de caracter administrativa de la cual tengo duda y me serviría de mucha ayuda que quien la sepa me pudiese responder.
La servidumbre de los suboficiales es de 5 años en todos los ejercitos. Durante los años de formacion en las Academias Basicas correspondientes se imparten una serie de Grados superiores o Titulos de Tecnico Superior en caso de que la via de entrada sea sin una titulacion previa. Mi duda es la siguiente: una vez obtenido el Real Despacho de Sargento por ejemplo de Sargento de Artilleria y obteniendo un Grado superior de Mecatronica en la Academia de Artilleria, en caso de querer pasar al ejercito del aire y cumpliendo los requisitos de edad y en caso de que se ofertaran plazas para ingresar por acceso directo con titulacion previa con ese titulo de Grado Superior para este ejercito, seria posible o entraria a jugar la servidumbre? Porque en el BOE aparece servidumbre para poder perder la condicion de militar, pero en este caso no se estaria perdiendo la misma.
Espero que alguno pueda responder a esta duda porque me crea una duda que la normativa no aclara.
Un saludo.
Pues la verdad es que es una pregunta muy buena y nunca me la había planteado, efectivamente la servidumbre es para poder irte de las FAS, no sé si entrar por acceso directo (que básicamente es entrar "desde la calle") cuenta como eso. Creo que la servidumbre tiene que ver con tu plaza en el ejército concreto. Si consigues resolver tu duda por favor ponlo aquí, creo que te la podría resolver el Mando de Personal del ejército concreto, o en SAPROMIL.
Sergiorl13 escribió: ↑18 Oct 2020, 13:11
Hola, si fuera militar y aprobara una oposición con bolsa de empleo podría acudir a cuando me llamen de la bolsa y luego seguir con mi actividad en el ejército? O esto sería imposible?
Depende. Si eres militar temporal no podrías, tendrías que dejar las FAS. Si eres militar de carrera y ya has cumplido tu plazo de servidumbre, puedes pedir una excedencia (por prestación de servicios en el sector público, por ejemplo). Pero siendo ya militar de carrera sería raro que alguien hiciera eso (ya eres "funcionario").