Loneagle escribió:Helboy escribió:la ley no puede estar por encima de la constitución Política art. 4, "CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991 PREAMBULO, EL la paz, dentro de un marco jurídico, la prevalencia del interés y asegurar la
convivencia pacifica. Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad
entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones
constitucionales"
apartes de nuestra carta magna en donde dispone que la Paz es deber del estado,la convivencia pacifica igual y que en caso de incompatibilidad de normas y los principios constitucionales prevalece la constitucional, entonces santos esta haciendo valer dichos principios por encima de la ley.
Ordonez siempre ha sido un legalista a carta cabal y no un Constitucionalista, en su tiempos en el Consejo de Estado siempre tuvo pugnas como se denominaba y se denomina "choque de trenes" con los fallos proferidos por la Corte Constitucional, que en muchas eventualidades tumbaba fallos del Consejo de Estado por ser violatorios de los principios cosntitucionales y actualmente con fallos como los derechos de parejas del mismo sexo, dosis personal, aborto etc
Ese argumento se cae por su propio peso, porque se supone que la leyes se promulgan en concordancia con la constitución y sirven como mecanismos para interpretación mas profunda de la carta magna, porque si nos ponemos a interpretar livianamente la constitución por encima de las leyes, entonces podríamos hacer muchas cosas ilegales porque la constitución las "ampara" y por ejemplo las farc no vendrían siendo un grupo terrorista si a ese argumento nos atenemos.
Santos bien pudo haber buscado mecanismos para poder enviar a ese jefe terrorista a Cuba en el marco del proceso de paz, pero el eligió hacerlo por la vía difícil, porque si bien la negociación puede hacerse de forma hermética hay cosas que no se pueden hacer a espaldas del país.
Bueno, pues no se supone y no se cae por su propio peso, de allí que en contadas y muchas, muchísimas normas y leyes, son declaradas inexequibles por la Corte Constitucional al hacer una interpretación de principios constitucionales y derechos fundamentales y por otro lado lamentablemente quienes hacen la leyes no tienen ese conocimiento o no hacen dicha interpretación de antecedentes jurisprudenciales a la hora de hacer las leyes, o no miran el espíritu del constituyente por falta de conocimiento dado que no son abogados y al congreso llega no el mas capaz sino el que mas votos consiga, si la interpretación la hace un ciudadano del común créame que si se harían cosas ilegales, pero estamos hablando del Presidente de la República, por otro lado es muy obvio que el mandato constitucional al estado es la búsqueda de la paz, partiendo de ese principio muchos gobiernos incluso el anterior a Santos tomo decisiones en pro de ese mandato, por ejemplo el hoy senador cuando era presidente decidió liberar a Granda, allí donde estaba el procurador nadie en este país le pidió explicaciones, por que, por que era una cuestión de índole superior proteger la vida de unos Colombianos y fomentar un posible acercamiento para unos diálogos, así mismo en el Caguan el jefe de estado despejo áreas de nuestro país a efectos de buscar eses mandato constitucional la PAZ.
Otra cosa, si lo ampara la constitucional es ley superior, recuerde el articulo 4 Artículo 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones
constitucionales" si usted invoca su articulado no es ilegal, por que ese es el pilar de cualquier interpretación normativa, debe ser el origen de toda actuación y de toda normativo y legislación pero que lamentablemente eso no pasa a menudo en le congreso y tenga que salir la Corte Constitucional atreves de sus fallos a decirles como es que debe ser, nada puede esta por encima de la Constitucional es la madre de las leyes vuelvo y reitero articulo 4.
Pues lo de grupo terrorista si lo creo, pero como esta en juego un fin y principio superior Constitucional como es la PAZ y el deber del Estado en buscarla y como jefe de estado el Presidente de la República es quien tiene que ejecutar esa orden Constitucional que es la norma de normas, osea la ley primogénita que origino esta República actual, el presidente no puede estar haciendo cosas ilegales si se sustenta en dichos principios constitucionales, ademas por liberar a un terrorista como Granda nadie dijo que el hoy senador ex presidente no reconoció como terroristas a los Farianos y lo sigue haciendo, lo uno no implica lo otro.
Cosas a espaldas del país, en ningún proceso de paz o de cese de hostilidades en el mundo es publica la negociación, todo no se pude conocer, y como le digo liberar a un terrorista o permitirle que negocie si esta sustentado en el principio constitucional de la paz, que emana de la constitucional política no es ilegal.