¿Eres militar o civil?
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Respetados foristas.
Con el fin de no caer inconcientemente en off topics, le recomiendo comedidamente al forista DANIEL VEGA que siga este enlace:
http://www.militar.org.ua/foro/post932119.html#932119
Mil gracias
Sensei
Con el fin de no caer inconcientemente en off topics, le recomiendo comedidamente al forista DANIEL VEGA que siga este enlace:
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- DANIEL VEGA
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sensei, segui tus indicaciones y tus aclaraciones y aporte son muy buenos, el asunto es que siendo mi primer vez en este tipo de foros, no tengo todavia la autonomia, capacidad o requisitos necesarios para agradecerte en el mismo enlace... de todas formas le agradezco y cuando tenga los requisitos me unire a este enlace que es mi verdadero interes.
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- DANIEL VEGA
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DANIEL VEGA escribió:MILLAN ASTRAY, quisiera saber a que te refieres con "oposicion al cuerpo juridico militar?"... acazo se trata de "oposicion a la Justicia Penal Militar?... es que en mi país seria esto... mas no oposicion al cuerpo militar.
Si, basicamente corresponde a eso que tu has dicho, pero aqui se llama asi. Lo que pasa es que no solo se ejercen funciones en la Justicia penal militar, sino tambien funciones administrativas ( de asesoriamiento principalmente) es un cuerpo comun de las Fuerzas Armadas.
Aqui estan los 3 Ejercitos ( Tierra, Armada y Aire) y los cuerpos comunes ( Intervencion, Sanidad, Juridico y Musica militar)
- DANIEL VEGA
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bien Millan Astray por tu comentario... no sabia lo de las fuerzas comunes... es interesante.... aca, en cuanto a la justicia penal militar, es un fuero especial que se le concede a las fuerzas militares, exclusivamente a su regimen y se adelantan investigaciones por delitos cometidos por militares con ocasion de su permanencia y dentro del servicio que prestan... claro que en ocasiones los militares pueden ser juzgados por la Justicia permanente (cuando no obedecen a su funcion o no estan dentro del servicio)... suerte.
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DANIEL VEGA escribió:bien Millan Astray por tu comentario... no sabia lo de las fuerzas comunes... es interesante.... aca, en cuanto a la justicia penal militar, es un fuero especial que se le concede a las fuerzas militares, exclusivamente a su regimen y se adelantan investigaciones por delitos cometidos por militares con ocasion de su permanencia y dentro del servicio que prestan... claro que en ocasiones los militares pueden ser juzgados por la Justicia permanente (cuando no obedecen a su funcion o no estan dentro del servicio)... suerte.
Claro, igual que aqui entonces, lo que pasa es que la Justicia Militar solo conoce de los delitos establecidos en el Codigo Penal Militar, cometidos por militares, claro esta.
Alli supongo que tambien tendreis sanidad militar y demas,no??
Un saludo.
- DANIEL VEGA
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Millan Astray y Terreros escribió:DANIEL VEGA escribió:bien Millan Astray por tu comentario... no sabia lo de las fuerzas comunes... es interesante.... aca, en cuanto a la justicia penal militar, es un fuero especial que se le concede a las fuerzas militares, exclusivamente a su regimen y se adelantan investigaciones por delitos cometidos por militares con ocasion de su permanencia y dentro del servicio que prestan... claro que en ocasiones los militares pueden ser juzgados por la Justicia permanente (cuando no obedecen a su funcion o no estan dentro del servicio)... suerte.
Claro, igual que aqui entonces, lo que pasa es que la Justicia Militar solo conoce de los delitos establecidos en el Codigo Penal Militar, cometidos por militares, claro esta.
Alli supongo que tambien tendreis sanidad militar y demas,no??
Un saludo.
correcto aca existe tambien lo de sanidad, en algunos casos como batallon en otros casos como seccion.. pero igualmente lo hay... lo de músicos, cada batallon tiene esta parte, pero no un batallon como tal cino como una parate del batallon... es decir un personal destacado del batallon encargado de la parte .... por decirlo asi... "marcial", de toque musical (marchas, himnos... etc). y se toca en eventos especiales donde los requiere su batallon o en representacion del batallon. suerte.
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