Armada de la República Bolivariana de Venezuela - ARBV

Las fuerzas navales de Latinoamérica. Su estructura, marinos y buques de guerra.
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Ildefonso Machuca
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Mensaje por Ildefonso Machuca »

hola REYTUERTO.... mis notas
reytuerto escribió:Estimado el Druso:
reytuerto escribió:Bienvenido al FMG. Me gustaría matizar tus puntos de vista:
"...RESOLUTE estaba en nuestras aguas..."
En la ZEE, pero no en aguas territoriales.
segun la ARV a 7 millas de la costa de la isla de la tortuga (aguas territoriales en toda regla) y segun el RESOLUTE a 13 y pico millas = aguas territoriales por definicion de la zona contigua de 12+12 millas ginebra 1958
reytuerto escribió:"...No acata ninguna de las legitimas y soberanas ordenes de apagar los motores...."
Tal vez, porque en lugar de exigir hacer una revision (que es lo primero que se hace, una inspección) del barco de bandera portuguesa, el capitán del patrullero hundido exigió que se dirigiese a Margarita.
:thumbs:
reytuerto escribió:"...y "colisiona al GC NAIGUATA"..."
Todos tenemos bastantes elementos de juicio para suponer que el buque que cruza la proa del otro es el Naiguatá. El Resolute tampoco iba a "ramming speed", debe haber estado a unos 4 nudos o menos. Lo que me pregunto es si el capitán venezolano no calculó que la maniobra que estaba realizando (y era buena y razonable con respecto a un barco de la mitad de su desplazamiento) y que era un completo despropósito para un barco como el Resolute que le triplicaba el desplazamiento.
creo que esta mas que claro que con las dos versiones contradictorias la una de la otra y un video que no muestra detalles de la evolucion de la maniobra de los buques previo al impacto, ambas opciones RESOLUTE vs NAIGUATA y NAIGUATA vs RESOLUTE son validas, aunque se haya explicado los diferentes riesgos e intenciones en cada uno de los casos para un mismo resultado
reytuerto escribió:"...se da a la fuga y deja en hundimiento a toda una tripulación..."
Aparentemente, el patrullero venezolano demoró varias horas en hundirse, lo suficiente como para que no hubiesen victimas (ni muertos ni heridos), y se haya podido retirar parte del armamento. Aunque no es exculpatorio, el Resolute avisó a Curazao del estado del buque venezolano, y tengo entendido que desde esa isla lo autorizaron a partir. El crucero tampoco se fue muy rápido. Demoro casi medio día en llegar a Curazao.
YA EXPLIQUE el RESOLUTE ha indicado haber recibido ordenes al respecto.... ADEMAS no hay constancia (por ahora) del MAY DAY del NAIGUATA comunicando su inminente hundimiento y para colmo del males "hay declaraciones publicas" de que antes del hundimiento dio tiempo para desembarcar material de guerra...

https://www.hispantv.com/noticias/venez ... ve-tortuga
min def. PADRINO dixit escribió:Padrino dijo que fue rescatado “casi todo el material de guerra”
esto restaria mucha fuerza a cualquier reclamacion por falta de ayuda y prestar asistencias a un salvamento... aunque desde luego para los "hombres de mar" con justificación o no el capitan del RESOLUTE es persona no grata desde luego.
reytuerto escribió:"... le vas a meter misiles sin saber si hay gente civil y turistas a bordo?..."
Unos disparos unos cables a proa del Resolute de M2, o una ráfaga cortita en la noche del Millenium (dirigido a cualquier parte, desde su posición y hacia esa banda, la pieza tiene 30 grados hacia proa, lo que ignoro es si el control optrónico también puede "mirar" tan hacia adelante, pero de cualquier forma, el fogonazo es acojonante) no ponen en riesgo la vida de nadie y demuestra la determinación del patrullero venezolano. La pregunta es, el cruce de la proa del Resolute no era una maniobra igualmente riesgosa, tanto para el buque nacional como para el crucero portugués?

Saludos cordiales.
https://i.postimg.cc/NjyB151g/milenium-mirador.jpg

la posición del director de tiro del milenium MIRADOR restringe el angulo de "visión hacia proa" y por ende restringe el uso de esta arma hacia blancos situados a proa de la nave...

TODO ABORDAJE EN LA MAR es altamente riesgoso... y para muestra un boton...

agur


No pierdas el tiempo dando tantas explicaciones, tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las quieren creer y los estúpidos no las van a entender
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Ildefonso Machuca
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Mensaje por Ildefonso Machuca »

hola DRUSO...
EL DRUSO escribió:Buenas noches
Para los efectos del abordaje que tan importante es eso? era ilegal la solicitud del capitan del GC23?
esta solicitud

Imagen

SI es ilegal (de hecho pudiera declarase pirataeria... uso de la fuerza para detener una embarcacion en la mar)

de cambiar rumbo a puerto venezolano es ilegal, pues el NAIGUATA no ha acreditado ningun delito o infraccion grave del RESOLUTE como las que ya he expuesto anteriormente...

y una cosa son las 12+12 millas criterio del que Venezuela es signataria (ginebra 1958) y otra cosa muy distinta es los derechos de venezuela sobre la ZEE que le puede corresponder se acuerdo a UNCLOS 1982, convenio que no ha suscrito ni firmado ni ratificado, por lo que sus aspiraciones al respecto serian eventualmente discutibles...
EL DRUSO escribió:
.."No acata ninguna de las legitimas y soberanas ordenes de apagar los motores...."

Tal vez, porque en lugar de exigir hacer una revision (que es lo primero que se hace, una inspección) del barco de bandera portuguesa, el capitán del patrullero hundido exigió que se dirigiese a Margarita.
Eso no lo podemos afirmar al 100% puesto que solo hay un video editado , y entiendo que hay cosas que NO SE PUEDEN DECIR por SECRETO SUMARIAL , independientemente de la revisión o del desvio a margarita el BARCO DE TURISMO debió acatar la orden... APAGAR LAS MAQUINAS no lo hizo ...
DRUSO... las ordenes son como el uso de las armas... DEBEN LLEVAR UNA SECUENCIA LOGICA Y PROCEDENTE...

si la primera orden dada es "sigame a puerto venezolano", que no es una orden procedente en vista de la situación del RESOLUTE, aunque luego le repitas mil veces que pare maquinas, es evidente que... SI PARAS MAQUINAS te abordan, te quitan el mando del buque y te llevan al puerto que les de la gana...

por esa misma "regla de tres".... (sic) "...Eso no lo podemos afirmar al 100% puesto que solo hay un video editado , y entiendo que hay cosas que NO SE PUEDEN DECIR por SECRETO SUMARIAL ..." pues afirmar que el RESOLUTE EMBISTIO AL NAIGUATA sin ver la evolucion previa de las naves en el "video editado" es toda una temeridad
EL DRUSO escribió:
"...y "colisiona al GC NAIGUATA"..."

Todos tenemos bastantes elementos de juicio para suponer que el buque que cruza la proa del otro es el Naiguatá. El Resolute tampoco iba a "ramming speed", debe haber estado a unos 4 nudos o menos. Lo que me pregunto es si el capitán venezolano no calculó que la maniobra que estaba realizando (y era buena y razonable con respecto a un barco de la mitad de su desplazamiento) y que era un completo despropósito para un barco como el Resolute que le triplicaba el desplazamiento.
Eso no lo podemos afirmar al 100% puesto que solo hay un video editado , y entiendo que hay cosas que NO SE PUEDEN DECIR por SECRETO SUMARIAL En el video se ven a ambos barcos DETENIDOS , si fuese verdad que el Naiguata lo cruza... en el video se vería un ATROPELLAMIENTO bárbaro un BARRIDO PUES y nada de eso se ve ...supongo que gente del RESOLUTE debe tener videos de cuando el GC23 se cruza si eso fuese verdad ...
DRUSO... a 2-3 nudos o quizas 4 como se ve en las imagenes del video el maniobrar un buque es un tanto complicado, pues los timones que dependen en buena parte de la velocidad y del empuje de agua de las helices no responden a veces como uno espera... debes conocer muy bien tu nave para hacerlo y aun asi es riesgoso...

tal y como se ve el golpe y como se deforma la amura... es evidente que no iban a mucha velocidad... PERO INSISTO a falta de imagenes de la evolucion de las maniobras de ambos buques, es muy aventurado afirmar quie colisiono con quien... o quein se pudo delante de quien...
EL DRUSO escribió:
"...se da a la fuga y deja en hundimiento a toda una tripulación..."

Aparentemente, el patrullero venezolano demoró varias horas en hundirse, lo suficiente como para que no hubiesen victimas (ni muertos ni heridos), y se haya podido retirar parte del armamento. Aunque no es exculpatorio, el Resolute avisó a Curazao del estado del buque venezolano, y tengo entendido que desde esa isla lo autorizaron a partir. El crucero tampoco se fue muy rápido. Demoro casi medio día en llegar a Curazao.
Tampoco podemos afirmar eso al 100% , el RESOLUTE impacta deja un forado en el casco y se VA ... y para colmo no obedece la orden del capitan del GC23 , pero si de CURAZAO que estaban bien lejos del lugar del incidente y sin saber la verdad del episodio ..eso es mas que delictivo es complicidad o digamos inocencia ..
esto sera una de las grandes preguntas del juicio si es que se llega a dar... con la informacion aportada de parte y parte y vistas las contradiciones... es tema de un juez...
EL DRUSO escribió:
"... le vas a meter misiles sin saber si hay gente civil y turistas a bordo?..."

Unos disparos unos cables a proa del Resolute de M2, o una ráfaga cortita en la noche del Millenium (dirigido a cualquier parte, desde su posición y hacia esa banda, la pieza tiene 30 grados hacia proa, lo que ignoro es si el control optrónico también puede "mirar" tan hacia adelante, pero de cualquier forma, el fogonazo es acojonante) no ponen en riesgo la vida de nadie y demuestra la determinación del patrullero venezolano. La pregunta es, el cruce de la proa del Resolute no era una maniobra igualmente riesgosa, tanto para el buque nacional como para el crucero portugués?

Saludos cordiales.
Los protocolos para esos casos BUQUE DE TURISMO ... NO LOS SABEMOS , el por eso que Maduro le dice, a Padrino aquella noche al soltar la noticia : "Debemos revisar esos protocolos para estos casos" ..
Ahora fijese estimado dada la coyuntura politica tan delicada, donde medio mundo esta buscando un solo pretexto para descargar los titulares de prensa, ya me imagino uno de ellos. "fragata misilera , dispara e incendia a barco de TURISMO que iba a MARGARITA con varios enfermos de COVID19"

el tema jurídico legal , si no me meto, por el tema de el no reconocimiento al gobierno actual .. (argumento del que se han valido para apropiarse de recurso de TODOS NOSOTROS en el exterior )... solo sé que esto tardara varios años ... y espero que el GC24 sea lanzado al mar lo mas pronto posible.

saludos y gracias por su tiempo estimado reytuerto
DRUSO... si el RESOLUTE tubiera acreditada una falta o delito graves (trafico de drogas, contaminacion, pesca ilegal, etc.) al negarse a un reconociomiento (no detencion como intento el NAIGUATA), el caso seria "igualitico" que el de los argentinos con los chinos... disparar al buque hasta detenerlo...

y en cuanto al "ambiente politico mundial de venezuela"... ahi esta el detalle de lo ocurrido...

ya lo explique... el capitan del NAIGUATA esta en la posición mas dificil que un capitan se pueda imaginar.... detener un buque que lo supera sin hacer uso de la fuerza... PERO DETENERLO A TODA COSTA... no valia dejarlo ir... HABIA QUE DETENERLO SIN TOCAR UN PETALO DE LA FLOR... y es por ello que la primera orden lamentablemente fue detengase y sigame a puerto venezolano... al YAVIRE en el atlantico le funciono la primera vez... pero no la segunda... y tuvo que dejar huir el barco pues no habia delito ni falta grave en su navegacion... el NAIGUATA se consiguio con un buque "caliente"... venia de una detencion embargo en buenos aires... navegando sin rumbo ni destino... pero sin detenerse.... ESTO NO ES FALTA GRAVE... pero el capitan del NAIGUATA en aras de intentar ganar un punto frente al lider supremo... ordeno PARESE Y SIGAME... craso error... pues la tripulacion entro en panico.... asi reza en el video por cierto... y con ello de hecho el capitan del RESOLUTE podria alegar que hubo un motin abordo y a consecuencia de ello la tripulacion decidio la huida... esto le releva de responsabilidad (cuanto truco hay en la mar)... asi el dilema del capitan del NAIGUATA que debia parar y detener el buque a toda costa, sin empleo de la violencia (armamento) pues sabe que puede ser declarado responsable de los daños y perdidas de vidas humanas si luego tras la detencion no "pueden sembrar en la mar"... es por ello que muy probablemente yendo a baja velocidad y considerando por lo tanto un riesgo bajo, el capitan del NAIGUATA decide abordar por un costado al RESOLUTE con el resultado que todos dabemos...

agur


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Mensaje por ALEXC »

EL DRUSO escribió: vamos a tratarnos con RESPETO
y ahorrate esos comentarios de trolles y fantasmas
Ok, vamos entonces a respetarnos, pero tienes que enteder que si tu citas a un forista - en este caso a mi- para preguntar o refutar algo, por lo menos hazlo dentro del contexto del debate o sobre lo que yo he afirmado y en ningun lado yo he dicho que se le tiene que disparar a un area del casco del Resolute donde se ponga en riesgo la tripulacion del Resolute ni mucho menos que se le lanze un misil por Dios !!

Sobre si se puede usar la fuerza contra un buque civil, ya he citado documentos sobre los derechos que tiene cada estado para utilizar la fuerza contra buques civiles si estos presentan opocision al requerirseles para un registro.... y cito dos pantallasos: el primero corresponde a un documento redactado por un abogado especializado en derecho maritino y el segundo, un documento de la ARC sobre los protocolos de interdiccion maritima, que muestra el escalamiento de la maniobra amtes de utilizar la fuerza y el momento en que se debe de utilizar:

Imagen

Imagen

Entonces si, si se puede utilizar la fuerza contra un buque Civil si se llegan a presentar los atenuantes en una mision de interdiccion donde el buque civil este en aguas soberanas y se niegue al requeirmiento de registro y emprenda la huida.... lo mismo pasa en la aviacion, donde se pueden derribar aeronaves civiles llegado el caso.

Tambie las ROE establecen que las armas se tienen que utilizar de forma escalonada y proporcional, donde se hacen disparos de advertencia frente al buque civil, hasta disparar contra areas del casco que no impliquen poner en riesgo la tripulacion del buque civil como la parte baja de la Proa, Antenas de radar y satelital en el mastil.
Última edición por ALEXC el 14 Abr 2020, 17:31, editado 1 vez en total.


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Mensaje por ALEXC »

Ildefonso Machuca escribió:apuntas que el uso del MILENIUM era papita que se podria haber empleao "quizas" tras los disparos de fusil...

PERO y las ametralladoras "manuales" .50"...
Y ess que el Naiguata no tiene reflectores en las bandas para haber podidio iluminar el Resolute ???.... el Naiguata no estaba a kilometros del Rsolute, es mas, lo que muestra el video es que no estaba a mas de cien metros y una .50 manual con un par de relfectores iluminando el blanco es mas que factible para fallar el tiro, porque la idea de los primeros disparos de advertencia es fallar no impactar el buque.... solo para que la tripulacion del Resolute vea la traza del arma como forma de diasuacion.

Pero vamos a suponer que tampoco el Naiguata llevaba reflectores en sus bandas para alumbara de noche o que estaban dañados :asombro:, entonces con mayor razon el uso del Millenium para apuntar de noche con su EO y hacer un rafaga delante del puente del Resolute como forma disuaciva... ¿ tu te imaginas como suena un cañon de estos y como se ve la trazadora a media noche ??

Eso es disuacivo :cool: ..... y mira que el anterior video es de un C-RAM ( la version terrestre del Phalanx ) de 20mm, ahora imaginate el de 35mm del Millenium.

No hay excusa idelfonso.
Ildefonso Machuca escribió:en la posicion mostrada en las "escasas" imagenes hechas publicas EL MILENIUM no se podia operar y por ende habia que maniobrar el NAIGUATA para poner a tiro del MILENIUM la proa del RESOLUTE

Claro que habia que adelantarlo un poco mas y el Naiguata podia perfectamente hacer esa maniobra...¿ o sera que tambien tenia dañado el sistema de propulsion y el sistema de navegacion ??.. :asombro: ... simplemente el Capitan del Naiguata no utilizo las "herremintas" - todas- que le daba su buque para disuadir al Rsolute.
Última edición por ALEXC el 14 Abr 2020, 17:36, editado 1 vez en total.


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KL Albrecht Achilles
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Mensaje por KL Albrecht Achilles »

Carlos Bautista escribió:Hay que adicionar en este punto que cabe la posibilidad de la existencia en el lugar de otra nave venezolana que -presuntamente- autorizó al Resolute continuar a su destino...
Esto es nuevo, ¿podrias por favor poner donde dice eso?.

Saludos :cool2:


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Mensaje por Robert_ »

Ildefonso Machuca escribió: de cambiar rumbo a puerto venezolano es ilegal, pues el NAIGUATA no ha acreditado ningun delito o infraccion grave del RESOLUTE como las que ya he expuesto anteriormente...
Saludos Ildefonso,

En este punto, no lo tengo muy claro, y me genera dudas que asegures de forma tajante, que el desviar un buque para una inspección, sea, de por sí, una acción ilegal ilegal, y más aún ser considerado piratería...

Empecemos por la legislación Venezolana
Visita y registro Artículo 40.
Los buques de pabellón nacional o extranjero, están sujetos a visita y registro por parte de buques y aeronaves de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en los espacios acuáticos de la República Bolivariana de Venezuela y en la alta mar, cuando existan motivos fundados para creer que cometen o hayan cometido violaciones a las leyes nacionales o internacionales. Los Comandantes de buques y aeronaves de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana podrán interrogar, examinar, registrar y detener a personas y buques.

El Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de seguridad y defensa, establecerá el procedimiento para la visita y registro en tiempo de paz y de emergencia o en conflicto armado, el cual deberá ajustarse a los usos y normas del Derecho Internacional.
En este punto, dado las facultades que da la ley a los comandantes para examinar y entre otras cosas detener a un buque, supongo que debemos ir a los manuales de interdicción Marítima de la Armada Venezolana, y si en ellos se establece elementos, de los cuales el Comandante del Naigata, decidió esa opción

Vemos como la OTAN realiza en sus operaciones de interdicción, entre otros procedimientos, el desvío de buques a puertos, para sus posterior inspección (supongo que en algunas condiciones, no se pueden realizar siempre abordajes o asaltos)
Dos recientes Operaciones Marítimas de Interdicción (MIO) muestran el papel activo asumido por la OTAN en este campo (ver detalles en el cuadro adjunto). En la Operación Sharp Guard, realizada en el Mar Adriático entre 1992 y 1996, las fuerzas de la Alianza, en colaboración con las de la Unión Europea Occidental, controlaron más de 74.000 buques, abordaron y revisaron cerca de 6.000 y condujeron a puerto a unas 1.500 embarcaciones para proceder a su inspección.
https://www.nato.int/docu/review/2007/i ... ysis4.html
Allí no me queda claro que es obligatorio, enviar efectivos abordo, antes de hacer un desvío a puerto, sino que en algunos casos, puede ser posterior a ello

Pero, como no encuentro manuales de interdiccion Marítima de la Armada Venezolana, me apoyo en esta publicación, que habla de otras fuerzas...

Y tomó estractos...
En lo relativo al procedimiento de las Operaciones de Interdicción Marítima, la Organización del Tratado del Atlántico Norte mediante su manual Allied Maritime Interdiction Operations (ATP 71), inició un estándar de prácticas, el que es utilizado por varios Estados que operan de forma conjunta con la OTAN, pero al mismo tiempo limitado a las operaciones de mantenimiento de la paz autorizadas por el Consejo de Seguridad de la ONU
La Interdicción Marítima en la Doctrina Naval de la OTAN

Los miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte han creado doctrina y manuales navales para la operación conjunta de sus fuerzas, el presente análisis se refiere al “OTAN, ATP 71, Allied Maritime Interdiction Operations” manual el cual considera la Operación de Interdicción Marítima, MIO, como aquella que incluye medidas de aplicación por vía marítima para interceptar el movimiento de ciertos tipos de embarcaciones designadas dentro o fuera de una nación o área. Las MIO se limitan normalmente a la interceptación y si es necesario en caso de apresamiento de verificar, reorientar o confiscar sus cargas en apoyo de la aplicación de sanciones económicas o militares. Durante la ejecución de estos operativos se puede encontrar que las unidades encargadas de la realización de estas operaciones ejercen diferentes derechos tales como:

I. Interrogar a embarcaciones por razones distintas a aquellas concernientes a una navegación segura.

II. Enviar grupos armados de abordaje para visitar los buques con destino a través o fuera de un área definida.

III. Examinar los documentos de cada buque y la carga.

IV. Búsqueda de evidencia de los artículos prohibidos.

V. Desviar los barcos que no cumplan con los lineamientos establecidos por el ente fiscalizador.

VI. Apoderarse de los buques y sus cargas en caso de negarse a ser desviados.
En general los procedimientos al interior de las MIO, son regulados por las reglas de enfrentamiento que se plantean para las fuerzas navales en el teatro operacional; en la actualidad estos procedimientos se han ido unificando gracias a acuerdos como el “Acuerdo entre el gobierno de la República de Colombia y el gobierno de los Estados Unidos de América para suprimir el tráfico ilícito por mar” y la realización de entrenamientos y operaciones conjuntas entre las fuerzas navales de diferentes Estados como las UNITAS.
Los procedimientos que se llevan a cabo dentro de una Operación de Interdicción Marítima y los mecanismos de constreñimiento son de manera general

I.Salvaguardias.

II.Comunicación/Entrevista inicial.

III.Aproximación.

IV. Abordaje y búsqueda. También denominado Visita y Registro

V. Examinar los documentos y carga de la embarcación.

VI. Desviar buques que no cumplan con la normativa a una zona determinada o puerto, o detenerlo

VII. Vigilancia e interceptación de buques comerciales o privados.

VIII. Disparos de advertencia, uso de la fuerza.
Desvío o Detención

El desvío o la detención de una embarcación es un procedimiento realizado para asegurar la correcta ejecución de la visita, registro y examen de documentos y carga. Es un procedimiento preventivo el cual se realiza mediante guiones y advertencias, es lógico que para que se ejecute este procedimiento se debe haber realizado la comunicación y avisos pertinentes.

Práctica

En la doctrina de la OTAN el procedimiento de desvío de una embarcación es siguiente al interrogatorio realizado a la misma y si se hace aparente que el buque esta transportando material ilegal o que proviene de un puerto prohibido, este conocimiento presenta la opción de desviarse a otro puerto o regresar de donde proviene, las embarcaciones también pueden ser desviadas a un puerto en el cual se les realizará la inspección o fondear cuando las condiciones climáticas no permiten el abordaje.

Se plantean diversas guías para poder desviar una embarcación, estas consisten en guiones mediante los cuales se les da la orden pertinente y las consecuencias de no realizar el desvío. Las medidas para detener una embarcación dependen de varios factores y de las instrucciones específicas de la operación; se entiende que detener un buque no implica una parada completa de máquinas sino una disminución de la velocidad que conlleve a una parada completa. Esto para posibilitar las acciones de botes más pequeños en el procedimiento de acercamiento y abordaje. De igual forma esto dependerá del tipo de abordaje que se vaya a realizar. Los desvíos pueden ser voluntarios, involuntarios u oponerse al desvío lo cual implica la necesidad de un equipo de abordaje para ganar acceso al puente de mando y al área de ingeniería y forzar de esta forma el desvío.

Conclusiones

El procedimiento de desvío y detención contiene una uniformidad clara en sus fines, propósitos y realización, las fuerzas navales en sus ROE determinan guiones y comunicaciones similares o idénticas sobre el procedimiento a seguir por parte de la embarcación objeto del desvío o detención, al igual que las consecuencias. De igual forma el procedimiento es flexible y su ocurrencia determinada por el comandante de la operación. Por parte de Colombia existe una solicitud de parar máquinas la cual se ha interpretado no como una detención total sino como una gradual detención de la embarcación, no un “Full stop” de acuerdo a las ROE practicadas por Colombia en conjunto con las fuerzas navales Norte Americanas.
https://repository.urosario.edu.co › ...PDF
1 PRACTICAS DE INTERDICCIÓN MARÍTIMA COMO DERECHO ... - Universidad del Rosario


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Mensaje por KL Albrecht Achilles »

EL DRUSO escribió:Los protocolos para esos casos BUQUE DE TURISMO ... NO LOS SABEMOS , el por eso que Maduro le dice, a Padrino aquella noche al soltar la noticia : "Debemos revisar esos protocolos para estos casos" ...
Los protocolos estan establecidos en la ARV desde siempre, y Padrino lo sabe.
EL DRUSO escribió:...y espero que el GC24 sea lanzado al mar lo mas pronto posible.
Seria justicia, llevan su tiempito en eso.

Saludos :cool2:


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Mensaje por KL Albrecht Achilles »

Ildefonso Machuca escribió:en el caso expuesto (que no es para nada igual por el simple heco de haber pasado en aguas del canal de panama...
Por eso escribi: "Guardando las distancias..."
Ildefonso Machuca escribió:... y aunque vancuver podria alegar dercho a juzgar el caso, su intervencion era meramente ocasional y circunstancial por ser el ultimo puerto de recalada del buque tras el accidente
Al igual que Curacao.
Ildefonso Machuca escribió:NO... ACHILES... PARA NADA ESTA DEFINIDO...
En el Art 97 del convenio se menciona "Alta Mar", que se entiende serian aguas internacionales y de alli que se den las recomendaciones que se leen en el articulo. Sin embargo toda la cadena de eventos que llevaron al abordaje y posterior hundimiento del patrullero se dieron en aguas jurisdiccionales venezolanas, a eso me refiero, que el ambito del caso esta bien definido, luego viene la decision de donde protestar el hecho que fue definitivamente dentro la jurisdiccion del Estado venezolano.
Ildefonso Machuca escribió:PERO MAS IMPORTANTE AUN...
Aja, yo lo habiamos mencionado.
Ildefonso Machuca escribió:
KL Albrecht Achilles escribió:Hay algo que juega a favor del Estado, el Resolute no tiene como salir de Curacao sin que le salte toda la Armada encima.

A FAVOR... venga... "por favor"....
SI... como se dice el RESOLUTE HUYO TRAS HABER EMBESTIDO DELIVERADAMENTE AL NAIGUATA... este capitan es capaz de hacer milagros...


Escaparse de Curacao no lo veo facil ni logico (seria echarse otro muerto encima), quizas me puedas dar luces al respecto.
Que lo dejen ir es otra cosa, y eso ya seria culpa de los bandidos por no hacer la tarea.
Ildefonso Machuca escribió: recuerda... Curazao como territorio holandes y signatario del UNCLOS, no va a pemitir ningun tipo de persecuncion y hundimiento en sus aguas... y hablamos "de su ZEE"... y mucho menos como parte de una "revancha"... sumandole que portugal como miembro de la UE que tambien ha ratificado el UNCLOS como union, puede pedir proteccion particular y especial a holanda de su buque/bandera...
Es posible que pida proteccion, pero de nuevo tendrian que dejarlo ir y la unica manera que eso suceda es que los de aqui no hagan los tramites legales pertinentes para retener el buque en Willemstad.
Ildefonso Machuca escribió: la correspondiente fianza e incluso la detencion penal del capitan por su "posible abandono de un lugar de accidente grave y su omision de asistencia y ayuda a los naufragos"
Si es cierto que la JRCC de Curacao le dijo al Resolute que prosiguiera a instancias del a JRCC de La Guaira dudo mucho que arresten al Capitan por eso.
Ildefonso Machuca escribió:
KL Albrecht Achilles escribió:*La jurisdiccion.
VEAMOS ACHILES...
Creo que no me entendiste o no leiste con atencion, solo es un fe de arrata, no estaba afirmando nada.
Tu escribiste Jurisprudencia, yo le coloque un asteristico y abajo coloque *Jurisdiccion. Creo que se aplica mejor a lo que tu querias decir (maxime si este caso a todas luces parece inedito).

Saludos :cool2:


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Andrés Eduardo González
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Mensaje por Andrés Eduardo González »

:cool: :cool:
CUIDADO... dices que los argentinos son unos gatillos alegres que "matan chinos como moscas"...
No, cuidado usted por insinuar que he escrito cosas así cuando jamás lo he hecho. No ponga palabras que no he escrito en mi teclado, ojo con eso, caballero.

Yo en ningún lado he escrito que los argentinos "son unos gatillos alegres que matan chinos como moscas". Lo que he escrito es que los argentinos no han tenido ningún problema en hundir los barcos chinos cuando estos no acatan las órdenes recibidas de la PNA y se distancian completamente de los protocolos de interdicción. Yo en los videos de argentinos jamás he visto que ellos tiren a matar a alguien, lo que hacen es disparar bajo la línea de flotación, donde evidentemente es muy complicado herir y menos matar a algún civil, pero si inhabilitan al barco y lo llegan a hundir. Ya después recogen a los náufragos.

Cuidadín, cuidadín, don Ildefonso.


"En momentos de crisis, el pueblo clama a Dios y pide ayuda al soldado. En tiempos de paz, Dios es olvidado y el soldado despreciado».
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Ildefonso Machuca
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Mensaje por Ildefonso Machuca »

hola ALEXC...

veo que no me se explicar... o no me quieres entender...

SI... el NAIGUATA cuenta con dos reflectores por banda, que podian medianamente iluminar el RESOLUTE...

PERO... (no me canso de explicartelo)... el uso de la .50" (manomaticamente) supone un riesgo de daño incontrolado usandola de noche y para "intentar" causar un daño puntual o "quirurgico"... SI HUBIERAN SERVIDO... para los avisos a proa del RESOLUTE... pero su calibre no seria apreciable... a menos que empleasen municion trazadora...



y de nuevo...

Imagen

el arco de tiro del milenium hacia la proa es limitado... Y SI quizas por ruido y luces... pero disparando a la popa (bien a popa) no impresionaria y seria "gastar polvora en zamuro"

[youtube]wiMMZ8RzeIg[/youtube]

"lo ideal" que no se hizo, era tras varias rafagas de 0.50" con trazadoras, y reiterada la intencion de no detenerse para inspeccion/visita, un solo tiro al mastil del radar del RESOLUTE...

pero ya explique por que creo que esta no fue la maniobra ejecutado a favor de "otra" mas peligrosa...

agur


No pierdas el tiempo dando tantas explicaciones, tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las quieren creer y los estúpidos no las van a entender
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Andrés Eduardo González
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Mensaje por Andrés Eduardo González »

KL Albrecht Achilles escribió:
Carlos Bautista escribió:Hay que adicionar en este punto que cabe la posibilidad de la existencia en el lugar de otra nave venezolana que -presuntamente- autorizó al Resolute continuar a su destino...
Esto es nuevo, ¿podrias por favor poner donde dice eso?.

Saludos :cool2:
:cool: :cool: Aquí creo que el amigo Carlos se confundió. Por lo que se ha leído, la orden no la recibió de otro buque sino del MRCC La Guaira, vía JRCC Curazao.


"En momentos de crisis, el pueblo clama a Dios y pide ayuda al soldado. En tiempos de paz, Dios es olvidado y el soldado despreciado».
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KL Albrecht Achilles
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Mensaje por KL Albrecht Achilles »

Andrés Eduardo González escribió:Aquí creo que el amigo Carlos se confundió. Por lo que se ha leído, la orden no la recibió de otro buque sino del MRCC La Guaira, vía JRCC Curazao.
Gracias, asi tambien lo habia entendido yo. :thumbs:

Saludos :cool2:


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Seaman
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Mensaje por Seaman »

Con respecto al cambio de rumbo solicitado por el GC al Resolute.

Los últimos operativos que hizo guardacosta venezolana a buques sospechosos, todos fueron desviados a Pampatar para las revisiones. En Pampatar se encuentra la sede de gurdacosta de la REDIMAIN, que es la región de defensa a la cual está asignada las aguas en dónde se dieron los hechos. En un año se han capturado dos barcos extranjeros incursos en contrabando de combustible y ambos operativos se efectuaron por Pampatar.

Ese a sido el procedimiento. Ahora que fuese necesario o no hacer el registro en alta mar o en puerto, ya eso queda para la discución.

Saludos


Igneo
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Mensaje por Igneo »

Al momento de ser detectado el RCGS Resolute cuanto tiempo le tomo al GC-23 llegar al lugar :?:

Desde que el GC-23 realizo contacto visual con el RCGS Resolute cuanto tiempo paso hasta la colisión :?:

Que otras naves de la Armada se encontraban cercanas a la zona antes, durante y después de la colisión :?: Y cuales fueron los buques que socorrieron a la tripulación del GC-23 :?:

Cuanto tiempo le llevo al RCGS Resolute llegar al puerto en Curazao :?:

Son algunas preguntas para entender un poco del porque ningún otro buque de la armada dio seguimiento al RCGS Resolute para interceptarlo.

Dentro de mi ignorancia sobre el tema, porque no se desplegó un Sukhoi o una unidad de ala rotatoria para seguir/abordar el RCGS Resolute ? O no están en la capacidad de realizar vuelos y operaciones nocturnas en alta mar.

Pensé que siempre habían equipos activos para responder rápidamente ante un caso como este.

Lo del Helicóptero lo pregunto, porque ahorita recuerdo que al día siguiente vi a un helicóptero volando posiblemente desde el Apostadero Naval de Turiamo hacia la Base Aérea libertador. Creo que era un Bell de pintura Gris.

Saludos,


spooky
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Mensaje por spooky »

Yo creo que todos quedaron tan sorprendidos con lo sucedido que ni se les ocurrió tratar interceptar al Resulte.


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