Me parece que para usar el Millenium se tenía que adelantar al Resolute. Creo que nadie está pidiendo un imposible lógico. El GC-23 es más veloz y maniobrable. Sin embargo, por lo que veo, a esos BVL les hace falta algo más de armamento en puente y proa, algo como lo que tienen las OPV-80 de la ARC.AQUI TE PREGUNTO... puede el otobreda de popa de las PADILLA disparar hacia la proa para dar un disparo de aviso sin sobrepasar al buque a interceptar????
Armada República Bolivariana de Venezuela
- Andrés Eduardo González
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En año pasado la Armada hizo unos ejercicios creo que con ese mismo CG-23 donde interceptaban un buque tanquero, hacian disparos de adventencia con el cañon de 76mm a proa del tanquero, el tanquero desobedecio y un grupo comando en un Bell 412EP que estaba estacionado en el guardacostas hizo el descenso en rapel para tomar el control del buque.
Estoy buscando el video pero no lo encuentro, los ejercicios deben haber sido en Febrero 2019 en el climax de las presiones politicas.
Con respecto al arco del Millenium, es como unos 240 grados. Eso lo muestran los monitores de estos patrulleros,en este video lo pueden ver en el minuto 1:18
No puedo pegar videos de Youtube pero este es el codigo 03XxnjNSyX4
Asi mismo el titulo es Ejercicio de Acción Conjunta de la Armada Bolivariana y la Aviación Militar Bolivariana
En el canal oficial de la Armada.
Estoy buscando el video pero no lo encuentro, los ejercicios deben haber sido en Febrero 2019 en el climax de las presiones politicas.
Con respecto al arco del Millenium, es como unos 240 grados. Eso lo muestran los monitores de estos patrulleros,en este video lo pueden ver en el minuto 1:18
No puedo pegar videos de Youtube pero este es el codigo 03XxnjNSyX4
Asi mismo el titulo es Ejercicio de Acción Conjunta de la Armada Bolivariana y la Aviación Militar Bolivariana
En el canal oficial de la Armada.
- sahureka
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no solo BVL, sino que me alegra que al menos no luches por encontrarlos, sino que debo admitir que incluso si escribes Nilo y .....zas.. ... hay imágenes y noticias igualmente interesantesIldefonso Machuca escribió:que va SAHUREKITA...
TU popularidad excede google... pones SAHUREKA BVL y zas... salen todas las imagenes
agur
sahureka escribió:....
Pd
Esto en cambio para el amigo Machuca:
¿Te veo mantener mi viejo photoshop?
También una idea de una fragata Lupo modificada en OPV, (pero quién sabe ... si realmente se hace realidad ...)
Però ergo te gustan,
si quieres tambien tengo mas recientes
Ciao
Salud
Última edición por sahureka el 13 Abr 2020, 19:44, editado 2 veces en total.
- Andrés Eduardo González
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
Aqui esta el video que les comente:
En el video que es un ejercicio de hace un (1) año ejecutan la maniobra de manera impecable.
Los involucrados son el PG61, PO14, GC22 y el buque intruso.
Primero disparan 12.7mm, despues el 76mm, despues con la ayuda del 412EP efectuan el asalto del buque. No usan el Millenium.
El enlace es CceqPuI8lZ4
Y se llama Ejercicio de Acción Especifica de la Armada Bolivariana en el marco del Bicentenario de Angostura
Me dan sus comentarios y opiniones.
En el video que es un ejercicio de hace un (1) año ejecutan la maniobra de manera impecable.
Los involucrados son el PG61, PO14, GC22 y el buque intruso.
Primero disparan 12.7mm, despues el 76mm, despues con la ayuda del 412EP efectuan el asalto del buque. No usan el Millenium.
El enlace es CceqPuI8lZ4
Y se llama Ejercicio de Acción Especifica de la Armada Bolivariana en el marco del Bicentenario de Angostura
Me dan sus comentarios y opiniones.
- Andrés Eduardo González
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
En el primer video, en el minuto 1:18 se ve la informacion de la consola del millenium y el 76mm (el arco y alcance).
Me puedes ayudar con el ultimo enlace que coloque, es una maniobra "impecable" como la que debieron haber hecho al resolute en mi opinion.
Me puedes ayudar con el ultimo enlace que coloque, es una maniobra "impecable" como la que debieron haber hecho al resolute en mi opinion.
- Andrés Eduardo González
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
Claramente se ve que sí tenían un procedimiento y que supuestamente sabían cómo actuar. Y que las armas sí que las pueden usar escalonadamente, cómo debe ser. Nada de excusas que fueque, que fueque...
Como decimos por acá: ya están fritos.
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
Gracias Mcal.Sucre por los videos
!
Aparentemente, si había un protocolo, si se sabia que se debía utilizar armas escalonando su potencia (en los 20 minutos de video perdido, entre el disparo del AK y el abordaje deberíamos estar viendo el uso de la M2, me sigo preguntando por que se omitió este paso?).
Una pregunta medio necia. Que pasa si el Resolute se va de Curazao a la fuerza? Estando en aguas internacionales, quien lo debería re capturar? Holanda o Venezuela? La otra pregunta es mas de tinte político: las declaraciones oficiales del gobierno venezolano en relación a los mercenarios y la invasion con zodiacs debilita la posición jurídica del pías? Saludos cordiales.
Aparentemente, si había un protocolo, si se sabia que se debía utilizar armas escalonando su potencia (en los 20 minutos de video perdido, entre el disparo del AK y el abordaje deberíamos estar viendo el uso de la M2, me sigo preguntando por que se omitió este paso?).
Una pregunta medio necia. Que pasa si el Resolute se va de Curazao a la fuerza? Estando en aguas internacionales, quien lo debería re capturar? Holanda o Venezuela? La otra pregunta es mas de tinte político: las declaraciones oficiales del gobierno venezolano en relación a los mercenarios y la invasion con zodiacs debilita la posición jurídica del pías? Saludos cordiales.
La verdad nos hara libres


-
Robert_
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
Gracias por el enlace...KL Albrecht Achilles escribió: https://www.un.org/Depts/los/LEGISLATIO ... 202014.pdf
Condiciones para el paso inocente Artículo 18.
El paso inocente será rápido e ininterrumpido. Sólo se permitirá detenerse o fondearse, en la medida que tales hechos constituyan incidentes normales de la navegación, vengan exigidos por fuerza mayor o grave dificultad o se realicen con el fin de prestar auxilio a personas y buques o aeronaves en peligro. Los buques de pesca extranjeros deberán durante su paso guardar los aparejos, equipos y demás utensilios de pesca o recogerlos en una forma que impida su utilización. En el mar territorial, los submarinos y cualesquiera otros vehículos sumergibles, deberán navegar en la superficie y enarbolar su pabellón.
Hay que determinar, si apagar las máquinas y quedar a la deriva, constituye en este caso algún incidente normal en la navegación del Resolute
Mi pregunta iba diribida a eso, ¿la situación lo ameritaba?KL Albrecht Achilles escribió:Puede hacerlo si la situacion lo amerita.
Saludos
Básicamente ese es el protocolo a seguir.... Empezar por advertencia de fusil, hasta cañones con dirección a proa, terminando con el asalto por parte de los comandos...mariscalsucre escribió:En año pasado la Armada hizo unos ejercicios creo que con ese mismo CG-23 donde interceptaban un buque tanquero, hacian disparos de adventencia con el cañon de 76mm a proa del tanquero, el tanquero desobedecio y un grupo comando en un Bell 412EP que estaba estacionado en el guardacostas hizo el descenso en rapel para tomar el control del buque.
En este ejemplo, la Armada Española lo hace en una operación real
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Abordaje_al_So_San
- Ildefonso Machuca
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
hola ACHILLES
por mi experiencia...
buque con bandera venezolana es abordado y hundido por barco granelero de bandera liberiana en aguas de la "bocana" del canal de panama (costa pacifica)... el granelero abandona el lugar del accidente e interviene la guardia costera de los EEUU con base en el canal...
el capitan hizo protesta de mar en el puerto de colon (panama) y ratifica la misma ante el consulado de venezuela en panama, inscribiendo copia de la misma en la capitania de puerto de cumana (venezuela)
identificado completamente el granelero y habiendo este violado las normas de navegacion del canal, se apoderan e instruyen abogados en vancuver (canada) y se detiene y embarga el buque y a los aseguradores de este (P&I), que notificados abonan la correspondiente fianza de liberacion en un juzgado de panama, que retuvo la jurisdiccion legal del caso por 1) violacion de normar y reglas especifical que regulan la navegacion del canal de panama 2) el armador venezolano y su aseguradora vieron mas conveniente esta opcion que exigir el posible juicio en venezuela (panama no iba a dejar facilmente ceder el caso por la bandera de venezuela) 3) el armador del buque (griego) no opuso problema alguno, ni su P&I ni la bandera (liberia)
2) estas seguro???? no soy experto en la legislacion curazoleña ni holandesa, pero de seguro que sus tribunales pueden juzgar la materia objeto de discusion, por ser miembros de UNCLOS...
3) SI, las banderas/nacionalidades son venezolana y portuguesa, pero el barco es operado por una empresa canadiense y el armador creo que es aleman... si juzgas en venezuela corres el riesgo de que no se presente ningun defensor, pues para que van a hacerlo... luego juzgarias en ausencia de defensa y aplicar luego cualquier sentencia condenatoria en cualquier puerto del mundo donde puedas localizar dentro de n años al RESOLUTE o como se llame para la fecha y propiedad de sabe dios quien y transferida la nave libre de cargas por que nunca fue oportunamente embargada y demandada... venga!!!!
4) SI NADIE TIENE DOMICILIO EN LA ISLA... pero el barco, su valor e interes estan allí ahora (si no se ha ido ya) y por ende el buque, su bandera, su capitan, el operador y el armador "estan alli" junto al barco y lo que representa... cuando zarpe será "dust in the wind"
en derecho maritimo es IMPORTANTISIMO definir la jurisprudencia y desde luego es preferible demandar casos maritimos en tribunales anglosajones y no en tribunales de derecho romano, las aseguradoras y clubes de PANDI los respetan mas y sobre todo les temen mas por las repercusiones que tiene el no atender oportunamente a una defensa.
agur
por mi experiencia...
buque con bandera venezolana es abordado y hundido por barco granelero de bandera liberiana en aguas de la "bocana" del canal de panama (costa pacifica)... el granelero abandona el lugar del accidente e interviene la guardia costera de los EEUU con base en el canal...
el capitan hizo protesta de mar en el puerto de colon (panama) y ratifica la misma ante el consulado de venezuela en panama, inscribiendo copia de la misma en la capitania de puerto de cumana (venezuela)
identificado completamente el granelero y habiendo este violado las normas de navegacion del canal, se apoderan e instruyen abogados en vancuver (canada) y se detiene y embarga el buque y a los aseguradores de este (P&I), que notificados abonan la correspondiente fianza de liberacion en un juzgado de panama, que retuvo la jurisdiccion legal del caso por 1) violacion de normar y reglas especifical que regulan la navegacion del canal de panama 2) el armador venezolano y su aseguradora vieron mas conveniente esta opcion que exigir el posible juicio en venezuela (panama no iba a dejar facilmente ceder el caso por la bandera de venezuela) 3) el armador del buque (griego) no opuso problema alguno, ni su P&I ni la bandera (liberia)
KL Albrecht Achilles escribió:Estimado Ildefonso, nos guste o no la demanda va primero en un tribunal venezolano ya que el incidente fue en aguas jurisdiccionales de Venezuela. Antes de proceder con la demanda puedes dar conocimiento a las autoridades curazoleñas de que el buque tiene una querella legal con el Estado venezolano (aqui la cosa se pone interesante, ¿reconoceran a los bandidos?) y se le solicitaria la inmovilizacion del buque a traves de una fianza.
1) SI el accidente no ocurrio en aguas de curzao, pero si se hacen bien las cosas y se demanda el buque en la isla, un juzgado podrá atender el caso y sobre todo garantizar el deposito de la fianza por la indemnizacion de los daños, segun UNCLOS art. 97 la base de jurisprudencia serian las nacionalidades de los buques, portugal (RESOLUTE) y venezuela (NAIGUATA), paises ambos en los que ni el manager, ni el armador tienen a fecha de hoy ningun tipo de interes, por lo que no hay forma de que se establezca la correspondiente garantia o fianza... una opcion (y volvemos a curazao) es que demandado el buque en la isla, se pida que el buque (ya sea su propietario u operador) abonen la correspondiente fianza... en un juzgado venezolano o portuges... PERO, si el caso se juzga en curazao y se abona la fianza en esa jurisdiccion, el capitan de la nave puede ser detenido y retenido en la isla para el juicio... LO QUE ES MUY DIFICIL SI EL CASO SALE DE LA JURISDICCION CURAZOLEÑA, pues el capitan que sabe dios que nacionaldad tenga, quedara libre con el pago de la fianza y quedar libre de responsabilidad ante la justicia de la isla (no lo pueden detener, retener ni extraditar)KL Albrecht Achilles escribió:Curacao no tiene arte de ni parte para la demanda de manera directa porque:
1)El evento no sucedio en aguas jurisdiccionales de la isla.
2)Los tribunales en Curacao no tienen competencia para dirimir casos en aguas de un pais extranjero.
3)La bandera no es holandesa.
4)El armador del Resolute no esta domiciliado en Holanda o en la isla.
Saludos
2) estas seguro???? no soy experto en la legislacion curazoleña ni holandesa, pero de seguro que sus tribunales pueden juzgar la materia objeto de discusion, por ser miembros de UNCLOS...
3) SI, las banderas/nacionalidades son venezolana y portuguesa, pero el barco es operado por una empresa canadiense y el armador creo que es aleman... si juzgas en venezuela corres el riesgo de que no se presente ningun defensor, pues para que van a hacerlo... luego juzgarias en ausencia de defensa y aplicar luego cualquier sentencia condenatoria en cualquier puerto del mundo donde puedas localizar dentro de n años al RESOLUTE o como se llame para la fecha y propiedad de sabe dios quien y transferida la nave libre de cargas por que nunca fue oportunamente embargada y demandada... venga!!!!
4) SI NADIE TIENE DOMICILIO EN LA ISLA... pero el barco, su valor e interes estan allí ahora (si no se ha ido ya) y por ende el buque, su bandera, su capitan, el operador y el armador "estan alli" junto al barco y lo que representa... cuando zarpe será "dust in the wind"
en derecho maritimo es IMPORTANTISIMO definir la jurisprudencia y desde luego es preferible demandar casos maritimos en tribunales anglosajones y no en tribunales de derecho romano, las aseguradoras y clubes de PANDI los respetan mas y sobre todo les temen mas por las repercusiones que tiene el no atender oportunamente a una defensa.
agur
No pierdas el tiempo dando tantas explicaciones, tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las quieren creer y los estúpidos no las van a entender
- Ildefonso Machuca
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Armada de la República Bolivariana de Venezuela
hola ROBERT
por favor consultar
UNCLOS
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-3296
seccion 3
asi mismo...
agur
por favor consultar
UNCLOS
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-3296
seccion 3
LO IMPORTANTE de cara a la ley es que sea ininterrumpido... ya que cabe la excepcion de fuerza mayor tal y como alego el RESOLUTE, que desde luego sabe latin y algo mas....Articulo 17. Derecho de paso inocente.
Con sujeción a esta Convención, los buques de todos los Estados, sean ribereños o sin litoral, gozan del derecho de paso inocente a través del mar territorial.
Artículo 18. Significado de paso.
1. Se entiende por paso el hecho de navegar por el mar territorial con el fin de:
a) Atravesar dicho mar sin penetrar en las aguas interiores ni hacer escala en una rada o una instalación portuaria fuera de las aguas interiores; o
b) Dirigirse hacia las aguas interiores o salir de ellas, o hacer escala en una de esas radas o instalaciones portuarias o salir de ella.
2. El paso será rápido e ininterrumpido. No obstante, el paso comprende la detención y el fondeo, pero sólo en la medida en que constituyan incidentes normales de la navegación o sean impuestos al buque por fuerza mayor o dificultad grave o se realicen con el fin de prestar auxilio a personas, buques o aeronaves en peligro o en dificultad grave.
asi mismo...
la ARV deberá probar que el RESOLUTE haya incurrido en alguno de los perjuicios antes señalados... al no haber abordado el RESOLUTE en la mar, el no haber hecho la correspondiente demanda en curazao que obligue a las autoridades a hacer un acta legal de visita e inspeccion de la nave que incluso puede ser diriguida por el demandante en busca de pruebas especificas (como los supuestos mercenarios a bordo).... PERO ese es el problema de no ahcer bien los deberes... te raspa el profesorArtículo 19. Significado de paso inocente.
1. El paso es inocente mientras no sea perjudicial para la paz, el buen orden o la seguridad del Estado ribereño. Ese paso se efectuara con arreglo a esta Convención y otras normas de derecho internacional.
2. Se considerará que el paso de un buque extranjero es perjudicial para la paz, el buen orden o la seguridad del Estado ribereño si ese buque realiza, en el mar territorial, alguna de las actividades que se indican a continuación:
a) Cualquier amenaza o uso de la fuerza contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política del Estado ribereño o que de cualquier otra forma viole los principios de derecho internacional incorporados en la Carta de las Naciones Unidas;
b) Cualquier ejercicio o práctica con armas de cualquier clase;
c) Cualquier acto destinado a obtener información en perjuicio de la defensa o la seguridad del Estado ribereño;
d) Cualquier acto de propaganda destinado a atentar contra la defensa o la seguridad del Estado ribereño;
e) El lanzamiento, recepción o embarque de aeronaves;
f) El lanzamiento, recepción o embarque de dispositivos militares;
g) El embarco o desembarco de cualquier producto, moneda o persona, en contravención de las leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios del Estado ribereño;
h) Cualquier acto de contaminación intencional y grave contrario a esta Convención;
i) Cualesquiera actividades de pesca;
j) La realización de actividades de investigación o levantamientos hidrográficos;
k) Cualquier acto dirigido a perturbar los sistemas de comunicaciones o cualesquiera otros servicios o instalaciones del Estado ribereño;
l) Cualesquiera otras actividades que no estén directamente relacionadas con el paso.
agur
Robert_ escribió:Aquí se me presenta la duda: ¿el paso inocente no debe ser rápido e ininterrumpido?Ildefonso Machuca escribió:d) no habiendo fondeado y aun yendo a la deriva sin maquinas el buque mantiene su status de paso inocente...
En todo caso, si presente alguna falla (que requiera apagar las maquinas) no debe hacer alguna notificación o dar alguna señal de socorro o algo que alerte a el Estado Ribereño la situación que amerita interrumpir el paso inocente?
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- Ildefonso Machuca
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hola ANDRES...
SI... efectivamente lo ahorrado por un lado es una perdida por el otro lado....
hoy la tendencia en casi todas las armadas debido al riesgo cierto de asalto de pequeñas embarcaciones, se esta optando por el uso de ametralladoras de pequeño y/o mediano calibre operadas con sistemas de control de tiro electroptico...
son economicas de comprar, economicas de operar y su uso es bastante seguro en lo que a causar daños de forma muy controlada cuando es necesario (muy buena punteria con independencia del estado de la mar
pero lo apuntado por ALEXC deja entrever que desde la posicion que muestra el video en que se hicieron los primeros disparos de advertencia, se habria podido emplear el MILENIUM y no es asi
agur
SI... efectivamente lo ahorrado por un lado es una perdida por el otro lado....
hoy la tendencia en casi todas las armadas debido al riesgo cierto de asalto de pequeñas embarcaciones, se esta optando por el uso de ametralladoras de pequeño y/o mediano calibre operadas con sistemas de control de tiro electroptico...
son economicas de comprar, economicas de operar y su uso es bastante seguro en lo que a causar daños de forma muy controlada cuando es necesario (muy buena punteria con independencia del estado de la mar
pero lo apuntado por ALEXC deja entrever que desde la posicion que muestra el video en que se hicieron los primeros disparos de advertencia, se habria podido emplear el MILENIUM y no es asi
agur
Andrés Eduardo González escribió:![]()
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hola MARISCAL
en video es de un POV... tiene mucho mayor arco de tiro que el BVL

agur
en video es de un POV... tiene mucho mayor arco de tiro que el BVL

agur
mariscalsucre escribió:En año pasado la Armada hizo unos ejercicios creo que con ese mismo CG-23 donde interceptaban un buque tanquero, hacian disparos de adventencia con el cañon de 76mm a proa del tanquero, el tanquero desobedecio y un grupo comando en un Bell 412EP que estaba estacionado en el guardacostas hizo el descenso en rapel para tomar el control del buque.
Estoy buscando el video pero no lo encuentro, los ejercicios deben haber sido en Febrero 2019 en el climax de las presiones politicas.
Con respecto al arco del Millenium, es como unos 240 grados. Eso lo muestran los monitores de estos patrulleros,en este video lo pueden ver en el minuto 1:18
No puedo pegar videos de Youtube pero este es el codigo 03XxnjNSyX4
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No pierdas el tiempo dando tantas explicaciones, tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las quieren creer y los estúpidos no las van a entender
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hola ANDRES...
ese ejercicion es con un POV... que tiene unos arcos mucho mas amplios tanto para los cañones en si como para los directores de tiro...
Y UN APUNTE
la maniobra se hizo de dia y no de noche...
echo en falta la .50 que se ve en el video y que tambien tienen los BVL
agur
ese ejercicion es con un POV... que tiene unos arcos mucho mas amplios tanto para los cañones en si como para los directores de tiro...
Y UN APUNTE
la maniobra se hizo de dia y no de noche...
echo en falta la .50 que se ve en el video y que tambien tienen los BVL
agur
Andrés Eduardo González escribió:![]()
Pues los videos que nos ha compartido el Mariscal Sucre le ponen la puntilla final a la acción torpe del GC-23 y de la ARBV en general.
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Claramente se ve que sí tenían un procedimiento y que supuestamente sabían cómo actuar. Y que las armas sí que las pueden usar escalonadamente, cómo debe ser. Nada de excusas que fueque, que fueque...
Como decimos por acá: ya están fritos.
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