CAPACIDAD DE CARGA MODULARIZADA
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico tendrá la posibilidad de incrementar su capacidad en determinadas funciones específicas mediante la instalación temporal de contenedores en la cubierta toldilla y/o en la cubierta de vuelo. En principio, se contemplarán para el diseño las siguientes funcionalidades:
Lanzamiento de UAV’s
Lanzamiento de blancos de tiro
Simulador de señales
Medios de lucha contra la contaminación
Apoyo a operaciones de buceo
Talleres portátiles
Capacidad de habilitación adicional en Contenedores Vida y/o abluciones.
Para proporcionar las capacidades indicadas anteriormente el buque dispondrá de los sistemas necesarios para la estiba y trinca de contenedores.
El tamaño máximo de los contenedores que pueden ser estibados en la Cubierta Toldilla y en la cubierta de vuelo serán las correspondientes a las de los contenedores ISO de 20 pies con una capacidad máxima unitaria de 16 toneladas.
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico tendrá capacidad para estibar de forma simultánea la configuración de contenedores ISO de 20 pies que se describe a continuación:
Tres contenedores en la Cubierta Toldilla con un peso total máximo de 32 toneladas y un peso máximo unitario de 16 toneladas
Tres contenedores en la Cubierta de Vuelo, en una zona situada inmediatamente a popa del hangar, con un peso total máximo de 15 toneladas
La capacidad de carga modularizada indicada anteriormente es simultánea con la estiba del helicóptero orgánico del buque en el hangar.
En caso de no transportar el helicóptero orgánico en el hangar, el buque tendrá capacidad adicional de carga en la Cubierta de Vuelo y será capaz de estibar tres contenedores ISO de 20 pies con una carga máxima total aproximada de 25 toneladas y un peso máximo unitario de 16 toneladas.
Cualquier configuración alternativa a las indicadas anteriormente será aceptable si se obtiene una flotación de equilibrio resultante adecuada (asiento, escora) y se garantiza el cumplimiento de los criterios de estabilidad aplicables.
En alguno de los perfiles de misión podrán resultar necesarios otros talleres específicos que se montarán alojados en contenedores, siempre que no se superen los pesos máximos y distribución de cargas indicados anteriormente. Los contenedores podrán ir estibados en la cubierta de vuelo o en la cubierta toldilla.
El buque dispondrá de las conexiones necesarias para suministrar a los contenedores energía eléctrica, refrigeración, ventilación, transmisión de datos, suministro de agua potable, descargas sanitarias y los servicios que se requieran en función de las necesidades asociadas a cada misión.
CAPACIDAD AÉREA
El buque dispondrá de una cubierta de vuelo situada a popa del hangar con una eslora total aproximada de 24,7 m y una manga máxima aproximada de 13,5 m. Las dimensiones de la cubierta de vuelo serán dimensionadas de acuerdo con la publicación D-AV-21, “Instalaciones Aeronáuticas en Buques de la Armada”.
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico tendrá capacidad para que los helicópteros Augusta Bell AB-212, Sikorsky SH-3D y NH-90 puedan efectuar operaciones de despegue, toma, reabastecimiento de combustible en vuelo estacionario (HIFR) y de aprovisionamiento vertical (VERTREP), en condiciones meteorológicas visuales (VMC) Nivel II, tanto de día como de noche. Adicionalmente, el buque estará preparado para la instalación de un equipo TACAN con lo que podría certificarse como un buque Nivel I es decir, para poder realizar operaciones en condiciones meteorológicas instrumentales (IMC).
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico dispondrá de un hangar integrado en la superestructura y situado inmediatamente a proa de la cubierta de vuelo. El hangar tendrá las dimensiones y espacios libres suficientes para la estiba de un helicóptero Agusta-Bell AB-212 o un NH-90 de acuerdo con la publicación D-AV-21, “Instalaciones Aeronáuticas en Buques de la Armada”.
El buque tendrá un sistema de ayudas visuales al aterrizaje compatible con gafas de visión nocturna.
El buque estará preparado para la operación de vehículos aéreos no tripulados (UAVs) modelo Northrop Grumman SCOUT y de blancos aéreos Northrop Grumman Chukar.
VELOCIDAD
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico alcanzará una velocidad máxima de 20,5 nudos en la condición de Plena Carga (Configuración Básica) incluyendo el Margen de Futuro Crecimiento en las siguientes condiciones:
- Sistema de Propulsión al 85% de su Potencia Nominal
- Estado de limpieza de casco equivalente a 6 meses después de una varada
- Estado de mar 1 y viento no superior a Beaufort 2
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico alcanzará una velocidad máxima sostenida de 19,0 nudos en la condición de Plena Carga (Configuración Básica) incluyendo el Margen de Futuro Crecimiento en las siguientes condiciones:
- Sistema de Propulsión al 85% de su Potencia Nominal
- Estado de limpieza de casco equivalente a 6 meses después de una varada
- Estado de mar 4 y viento no superior a Beaufort 5
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico alcanzará una velocidad económica entre 12 y 15 nudos con el modo de propulsión que proporcione un menor consumo por milla navegada de acuerdo con las conclusiones incluidas en el documento “Cálculo de Autonomía” (Doc. Nº 835-8.04). La velocidad económica será la que consiga minimizar el consumo de combustible y será función del modo de propulsión (diesel, eléctrico), modo de operación (una o dos líneas de ejes) y compatible con los regímenes adecuados de funcionamiento de los motores diesel de forma que no se penalicen sus periodos de mantenimiento (TBO).
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico alcanzará una velocidad de patrulla de 6,0 nudos utilizando el sistema de propulsión eléctrica. Adicionalmente, el sistema de propulsión eléctrica del buque permitirá alcanzar una velocidad máxima de 12,0 nudos y una velocidad máxima sostenida de 10,0 nudos aunque se intentará que ambas velocidades sean superiores a las indicadas. Las condiciones de referencia para alcanzar las velocidades contractuales indicadas anteriormente son análogas a las consideradas para la definición de la velocidad máxima y velocidad máxima sostenida del buque, aunque los motores eléctricos de propulsión podrán funcionar a su régimen máximo de modo continuo.
La potencia nominal de los motores diesel propulsores será definida como “ISO Standard Fuel Stop Power - ICFN” de acuerdo con ISO 3046/1, “Reciprocating Internal Combustión Engines - Performance – Part 1 – Declarations of Power, Fuel and Lubricating Oil Consumptions and Test Methods”. Esta potencia nominal está asociada al perfil operativo y a los intervalos de mantenimiento (TBO) descritos en la sección 233 de la Especificación de Contrato.
El Buque de Acción Marítima “BAM” Oceánico alcanzará una velocidad máxima atrás de aproximadamente 8,0 nudos manteniendo una estabilidad de rumbo adecuada.
Las pruebas de mar se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en la sección 095 de la Especificación de Contrato.
Las condiciones ambientales de diseño aplicables a la planta de propulsión y al sistema de generación eléctrica están definidas en la sección 070 de la Especificación de Contrato.
AUTONOMÍA
El radio de acción máximo del buque para la realización de operaciones sin apoyo externo será de 3500 millas náuticas en las condiciones que se indican a continuación.
El buque tendrá autonomía de combustible suficiente para efectuar los siguientes tránsitos sin necesidad de efectuar operaciones de aprovisionamiento:
- Tránsito a la zona de operaciones de 3500 millas náuticas a 15 nudos en modo de propulsión diesel
- Operación en zona durante 12 días a velocidad de patrulla (6 nudos) utilizando el sistema de propulsión eléctrica
- Tránsito de vuelta 3500 millas náuticas a 12 nudos utilizando el modo de propulsión adecuado
El cálculo de la capacidad de combustible requerido para cumplir con la autonomía del buque se encuentra detallado en el documento “Cálculo de Autonomía” (Doc. Nº 835-8-04). Se utilizará como referencia el estándar DDS 200-1, “Calculation of Surface Ship Endurance Fuel Requirements” de fecha 1 de Marzo de 1982.
El buque dispondrá de una autonomía equivalente de aproximadamente 8000 millas náuticas a la velocidad de 15 nudos utilizando el sistema de propulsión diesel y de acuerdo con la carga eléctrica media 24-h descrita en el documento “Cálculo de Autonomía”.
