Kalo96 escribió:Como dije antes, siento mi ignorancia (soy más de números

). Me refería al boletín publicado el 27 de marzo, si venía en algún lugar de él explícitamente eso.
¡¡Gracias a las respuestas destinoagm y bitacora!!
Y otra cosilla más, quiero suponer que RD 35/
2010 y RD 378/
2014 son los años de publicación. Es decir, ¿que estuvo 4 años vigente una edad y el año pasado se cambió?
Soy un poco pesado con la edad, lo sé, pero es mi mayor miedo.
Gracias de antemano.
Si has leído la Disposición transitoria quinta del RD 35/2010 has podido comprobar que hablaba de años máximos para los años 2010, 2011 y 2012.
En el 2013, año del que no decía nada el RD 35/2010, la convocatoria decía “no cumplir o haber cumplido los 20”.
Y ya el año pasado, sacaron la modificación que te comentaba antes, y estipulaba “no cumplir o haber cumplido ese año 21 años”.
En definitiva, y a menos que lo modifiquen, a día de hoy lo que está en vigor es lo del párrafo anterior.
No le des mas vuelta, si en este año cumples o has cumplido 21 años, me parece que estas fuera, a día de hoy.