DTrajano escribió:Me alegro jlarroyobazan, si tienes cualquier duda ya sabes, que yo hice la prueba hace unos días. Ahh y suerte para el examen.
Gracias amigo! Que tal se te dio a ti? es dificil? para cuando te han dado las fisicas?

DTrajano escribió:Me alegro jlarroyobazan, si tienes cualquier duda ya sabes, que yo hice la prueba hace unos días. Ahh y suerte para el examen.

jlarroyobazan escribió:DTrajano escribió:Me alegro jlarroyobazan, si tienes cualquier duda ya sabes, que yo hice la prueba hace unos días. Ahh y suerte para el examen.
Gracias amigo! Que tal se te dio a ti? es dificil? para cuando te han dado las fisicas?



AlejandroSuárez escribió:Muy buenas.
Ando un poco perdido. También tengo intención de ingresar en las FF.AA en el ejercito de tierra, no me queda otra que entrar por tropa y marinera ya que solo tengo la titulación de la ESO.
Para ingresar por tropa y marinería solo tienes que pasar las pruebas físicas y un psicotécnico no?
La nota de la que habláis vosotros de que es? Para ascender por promoción interna o acceso directo?!


AlejandroSuárez escribió:A vale muchas grácias.
El psicotecnico exactamente en que consiste? Es como una especie de prueba de CI no?
Y la entrevista de que suele tratar?


AlejandroSuárez escribió:ya he encontrado alguna página con la que practicar, muchas grácias!
Una vez transcurridos los tres meses en el CEFOT, ya puedes escoger especialidad dentro de lo que pueda cada uno o te destinan ellos a donde quieran?



AlejandroSuárez escribió:Gracias.
Es lo que tenia entendido pero a veces leyendo me lío un poco.
Y el tema para poder pedir especialidad, también va por nota mínima no? En mi caso para poder ingresar en montaña tendría que sacar alguna nota mínima en el psicotecnico? Y en caso de que si algun lugar donde conocerla?
En la parte física se que si, todo de nivel D


jaea escribió:Todo va por nota.
Tu nota no es la misma para todas las plazas, ya te lo dirán cuando hagas los psicotécnicos.
No se puede saber que nota hay que sacar, porque no se sabe que nota han sacado los demás y no se sabe que es lo que han pedido.
Hasta que no publiquen el 27 de marzo la lista con los que pasan a la segunda fase no sabrás en que puesto estás para cada una de las plazas que hayas solicitado.
Un ejemplo para que lo entiendas, si hay 40 plazas para montaña en Jaca y hay 600 tíos que han pedido esas plazas, se ordenan los 600 por la nota que tienen para esa vacante concreta y se las adjudican a los 40 primeros.
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Artículo 109 Situación de servicios especiales
1. Los militares de carrera y los militares de tropa y marinería con compromiso de larga duración, serán declarados en situación de servicios especiales cuando:
(...)
d) Sean designados como candidatos a elecciones para órganos representativos públicos en ejercicio del derecho de sufragio pasivo o resulten elegidos en las mismas.
(...)
2. Percibirán las retribuciones del puesto o cargo que desempeñen y no las que les correspondan como militares profesionales, sin perjuicio del derecho a percibir los trienios que tuviesen reconocidos.
3. El tiempo permanecido en esta situación será computable a efectos de tiempo de servicios, trienios y derechos pasivos.
4. El militar profesional en situación de servicios especiales podrá ascender si tiene cumplidas las condiciones de ascenso establecidas en esta ley.
5. El militar profesional durante el tiempo de permanencia en esta situación tendrá su condición militar en suspenso y, en consecuencia, dejará de estar sujeto al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Artículo 15 Derecho de sufragio
1. Los miembros de las Fuerzas Armadas tienen derecho de sufragio activo; lo pueden ejercer de conformidad con lo establecido en la legislación sobre régimen electoral general. Las autoridades competentes y los mandos militares establecerán los procedimientos y medios necesarios para facilitar el voto de los militares que se encuentren en cualquier destino y misión, en especial fuera del territorio nacional o cuando estén de servicio o guardia coincidiendo con jornadas electorales.
2. Los militares se encuentran incursos entre las causas de inelegibilidad que impiden el ejercicio del derecho de sufragio pasivo. Para ejercer este derecho deberán solicitar el pase a la situación administrativa prevista, a estos efectos, en la Ley de la carrera militar.


falco10 escribió:Con respecto a todo esto mi duda es la siguiente, ¿cuando tendría que solicitar el pase a la situación de servicios especiales?¿Cuando se entregasen las listas electorales para su inscripción, cuando empezase la campaña electoral o solo en el caso de que saliese elegido? Un saludo y gracias por adelantado.


jaea escribió:falco10 escribió:Con respecto a todo esto mi duda es la siguiente, ¿cuando tendría que solicitar el pase a la situación de servicios especiales?¿Cuando se entregasen las listas electorales para su inscripción, cuando empezase la campaña electoral o solo en el caso de que saliese elegido? Un saludo y gracias por adelantado.
Del contenido del segundo texto que ha insertado yo deduzco que debería solicitar el pase a esa situación administrativa antes de la publicación de las listas con las candidaturas (para ser candidato hay que solicitar el cambio de situación), pero esa es solo mi opinión personal sobre el asunto, una opinión sin ningún valor.
Me parece a mí que este asunto es lo suficientemente serio como para elevar una consulta oficial a los servicios jurídicos del Ministerio.
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