http://www.elmundo.es/economia/2014/02/ ... b4574.html
Menos mal que para aquellos que quieran invertir más siempre podrán hacer una donación a cualquier partido político, pues el tope de la aportación está en los 100.000 euros al año.
Artículo 5 Límites a las donaciones privadas
Los partidos políticos no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente:
1. Donaciones anónimas.
2. Donaciones procedentes de una misma persona física o jurídica superiores a 100.000 euros anuales.
Se exceptúan de este límite las donaciones en especie de bienes inmuebles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la letra f) del apartado dos del artículo 4.º
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 07.t2.html