¿VM quiere que le de la razón?.

Yo se la doy, si a estas alturas a mí me da igual. Total...









Almogàver escribió:El 500 y el 556 se refieren respectivamente al atentado, la resistencia y la desobediencia. En esos artículos no se hace ninguna referencia a faltas de respeto a los agentes porque una falta de respeto a un agente siempre es una FALTA y nunca un delito. Una cosa es un acometimiento, una resistencia grave o una desobediencia grave, que son delito y otra cosa es una falta de respeto, que no es delito.
Las faltas de respeto a los agentes se encuadran en el artículo 634 en el apartado de las FALTAS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO:Artículo 634
Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días.
Dado que la pena mínima económica diaria es de 3 euros, una condena mínima de diez días a razón de 3 euros=30 euros. Cuando los insultos son algo más graves se impone la de tres euros a veinte días=60 euros. La tendencia es a imponer las mínimas.
Eso es lo que hay, Carlos, no le des más vueltas.

ñugares escribió:En un juicio normal entre 2 particulares la palabra de uno vale lo que vale la palabra de otro , por eso ante la duda no se condena a nadie y las tasas y gastos del juicio a partes iguales .
la palabra de un agente de la autoridad prevalece sobre la de un ciudadano y es el ciudadano el que por lo menos tiene que hacer dudar al juez de la palabra del madero, si no9 es así date por jodido .
hasta no hace mucho ( ahora no se como estará el tema ) si te ibas a poner una denuncia por agresión de un agente automáticamente tenias otra en contra por agresión a la autoridad y siempre salia antes en el que eras tu el imputado ( si eras listo quitabas la denuncia echando leches o tenias el tema bien atado y demostrabas que el agredido eras tu . Cambien es cierto que la mayoría ( un poco tontos ) ponían la denuncia en una comisaria en vez de irse al juzgado y poner una querella contra el agente en cuestión.
Un saludo
Edito para añadir : que para poner una querella en el juzgado debe presentarla un procurador y suscrita por un letrado , eso hay que reconocer que no ayuda mucho al ciudadano .

Almogàver escribió:¿De verdad crees que no se absuelve a gente omitiendo lo declarado por agentes de la autoridad, incluso aportando indicios?. Alucinarías...


ñugares escribió:Pues depende , en principio al agente se le da mayor veracidad , el ciudadano podrá aportar testigos , pruebas ( grabaciones de comercios ) etc y si demuestra que tiene razón el juez se la da .
Otra cosa es que el personal se comporta en plan chulesco y sus testigos si es que lleva o son amiguetes o mas falsos que un € de madera .
No se puede ir en plan de: yo iba tranquilamente por la calle y el HP ese me pide la documentación yo le digo que me enseñe la placa y me forra a palostiene usted testigos ? Si , todos mis colegas estaban allí vieron con el madero me insultaba . han venido a apoyar su declaración? No , tenían cosas que hacer pero si hace falta ya vienen otro día
.
pero esto pasa en cualquier juicio como no lleves pruebas , testigos y todo aquello que pueda apoyar tu tesis date por jodido
Un saludo .










o al menos eso creo...negar las pelotitas de goma (el primero fué el consejero ) fué una estupidez de tal magnitud que da pena...ñugares escribió:La palabra del agente de la autoridad y el testimonio del varios de sus compañeros que inevitablemente ven la agresión del civil al policía y no vieron al agente hacerle nada al civil o simplemente las lesiones se ocasionaron al reducirle por que se resistió al arresto .
el juez no duda . ¿que sea totalmente la realidad ?, lo dudo pero ..........
Un saludo .
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