Manifestaciones - protestas de indignados y similares
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
El guardia hace de juez en el momento que te mete, con perdón, lo de "atentado contra la autoridad". No te libra ni Perry Mason
La única salida es que sus argumentos sean más falsos que un denario de cartón y entonces te ofrecen un juicio de faltas en lugar de ir por lo penal.
En los dos casos (raro sería lo contrario) el juez le va a dar más credibilidad al guardia que al ciudadano.
ºjº, esto sin que concurran causas o circunstancias extraordinarias. Hablo de casos generales.
¡ Jesús !, prepárate...
La única salida es que sus argumentos sean más falsos que un denario de cartón y entonces te ofrecen un juicio de faltas en lugar de ir por lo penal.
En los dos casos (raro sería lo contrario) el juez le va a dar más credibilidad al guardia que al ciudadano.
ºjº, esto sin que concurran causas o circunstancias extraordinarias. Hablo de casos generales.
¡ Jesús !, prepárate...
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
carlos perez llera escribió:...cambia el tono, por favor, que no me está gustando nada...almogaver, multa si es leve y delito tipificado en el código penal si es grave..
Dentro de ambas se diferenciará entre activa y pasiva...
http://legal15m.wordpress.com/2012/05/09/desobediencia-resistencia-y-desordenes-diferencias-entre-la-valoracion-en-via-administrativa-y-en-via-penal/
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200809-25878963145238.html
Espero que tu me ilumines sobre quién y como define los hechos acecidos...
No me estoy refiriendo a la vía administrativa (equivalente a sanción de tráfico), me estoy refiriendo a la vía penal cuando la falta de respeto es grave y se va a juicio. Son 60 euros y de 30 euros las hay también. Hablo únicamente de lo que es la falta de respeto a agentes (siempre falta, nunca delito), por lo que no viene a cuento un tratado legal sobre las consideraciones de la desobediencia, la resistencia o el atentado. La diferencia es que si no pagas la sanción administrativa es posible que te embarguen si tienes algo en la cuenta. Si no pagas la sanción en vía penal vas a prisión.
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
¿Y si el guardia falta al respeto?
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Puede acudir a la vía judicial o interponer una reclamación para que le sea aplicado el reglamento disciplinario.
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Eso será en Neverland porque en la España del "usted no sabe quien soy yo", "me quedo con tu cara", "no te enseño la placa porque no me sale..."
Por cierto, ya podían crear la figura jurídica del "Maestro Armero"
¡ Jesús !, prepárate...
Por cierto, ya podían crear la figura jurídica del "Maestro Armero"
¡ Jesús !, prepárate...
-
carlos perez llera
- General

- Mensajes: 31124
- Registrado: 03 Nov 2008, 11:08
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Almogàver escribió:carlos perez llera escribió:...cambia el tono, por favor, que no me está gustando nada...almogaver, multa si es leve y delito tipificado en el código penal si es grave..
Dentro de ambas se diferenciará entre activa y pasiva...
http://legal15m.wordpress.com/2012/05/09/desobediencia-resistencia-y-desordenes-diferencias-entre-la-valoracion-en-via-administrativa-y-en-via-penal/
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200809-25878963145238.html
Espero que tu me ilumines sobre quién y como define los hechos acecidos...
No me estoy refiriendo a la vía administrativa (equivalente a sanción de tráfico), me estoy refiriendo a la vía penal cuando la falta de respeto es grave y se va a juicio. Son 60 euros y de 30 euros las hay también. Hablo únicamente de lo que es la falta de respeto a agentes (siempre falta, nunca delito), por lo que no viene a cuento un tratado legal sobre las consideraciones de la desobediencia, la resistencia o el atentado. La diferencia es que si no pagas la sanción administrativa es posible que te embarguen si tienes algo en la cuenta. Si no pagas la sanción en vía penal vas a prisión.
El artículo 550 y el 556 del código penal habla de faltas graves de respeto castigadas con penas de 6 meses a un año de prisión...
Si la falta es leve ya te dije que multa...
Y vuelvo a preguntarte a quién hace caso un juez en la tipificación sobre si es falta o delito...
aun ciudadano particular, o en casi todos los casos a los agentes de la autoridad??
simplemente, hola
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
El 500 y el 556 se refieren respectivamente al atentado, la resistencia y la desobediencia. En esos artículos no se hace ninguna referencia a faltas de respeto a los agentes porque una falta de respeto a un agente siempre es una FALTA y nunca un delito. Una cosa es un acometimiento, una resistencia grave o una desobediencia grave, que son delito y otra cosa es una falta de respeto, que no es delito.
Las faltas de respeto a los agentes se encuadran en el artículo 634 en el apartado de las FALTAS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO:
Dado que la pena mínima económica diaria es de 3 euros, una condena mínima de diez días a razón de 3 euros=30 euros. Cuando los insultos son algo más graves se impone la de tres euros a veinte días=60 euros. La tendencia es a imponer las mínimas.
Eso es lo que hay, Carlos, no le des más vueltas.
Las faltas de respeto a los agentes se encuadran en el artículo 634 en el apartado de las FALTAS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO:
Artículo 634
Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días.
Dado que la pena mínima económica diaria es de 3 euros, una condena mínima de diez días a razón de 3 euros=30 euros. Cuando los insultos son algo más graves se impone la de tres euros a veinte días=60 euros. La tendencia es a imponer las mínimas.
Eso es lo que hay, Carlos, no le des más vueltas.
-
ñugares
- General de Cuerpo de Ejército

- Mensajes: 8756
- Registrado: 19 Jun 2012, 01:06

Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Pues depende , en principio al agente se le da mayor veracidad , el ciudadano podrá aportar testigos , pruebas ( grabaciones de comercios ) etc y si demuestra que tiene razón el juez se la da .
Otra cosa es que el personal se comporta en plan chulesco y sus testigos si es que lleva o son amiguetes o mas falsos que un € de madera .
No se puede ir en plan de: yo iba tranquilamente por la calle y el HP ese me pide la documentación yo le digo que me enseñe la placa y me forra a palos
tiene usted testigos ? Si , todos mis colegas estaban allí vieron con el madero me insultaba . han venido a apoyar su declaración? No , tenían cosas que hacer pero si hace falta ya vienen otro día
.
pero esto pasa en cualquier juicio como no lleves pruebas , testigos y todo aquello que pueda apoyar tu tesis date por jodido
Un saludo .
Otra cosa es que el personal se comporta en plan chulesco y sus testigos si es que lleva o son amiguetes o mas falsos que un € de madera .
No se puede ir en plan de: yo iba tranquilamente por la calle y el HP ese me pide la documentación yo le digo que me enseñe la placa y me forra a palos
pero esto pasa en cualquier juicio como no lleves pruebas , testigos y todo aquello que pueda apoyar tu tesis date por jodido
Un saludo .
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
En vía judicial el agente no tiene mayor veracidad, algo que sí sucede en vía administrativa. Lo que sucede normalmente es que el juez ve cómo se comporta el individuo en
la sala y los hay que han llegado a insultar al tribunal, cuando se le estaba juzgando por insultar a agentes. No es que la palabra del agente valga más sino que muchas veces
el denunciado suele delatarse con su mismo comportamiento. El que es maleducado y faltón lo es con la policía, delante del tribunal y en cualquier parte.
la sala y los hay que han llegado a insultar al tribunal, cuando se le estaba juzgando por insultar a agentes. No es que la palabra del agente valga más sino que muchas veces
el denunciado suele delatarse con su mismo comportamiento. El que es maleducado y faltón lo es con la policía, delante del tribunal y en cualquier parte.
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Almogàver escribió:En vía judicial el agente no tiene mayor veracidad
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Insisto, Valerio, no es que el agente tenga mayor veracidad sino que en la mayoría de los casos es el acusado el que pierde su credibilidad. Si en declaración delante de la policía se dice una cosa, en declaración en sede judicial después de ser asesorado por el abogado se dice otra y el día del juicio, a medida que éste avanza, se va cambiando de nuevo la versión, es el acusado el que pierde toda su credibilidad.
También hay que tener en cuenta que a veces hay abogados que, más que echar un capote, pueden echar una palada de mierda encima de su cliente casi sin quererlo. Eso
también pasa.
También hay que tener en cuenta que a veces hay abogados que, más que echar un capote, pueden echar una palada de mierda encima de su cliente casi sin quererlo. Eso
también pasa.
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Estimado Almogàver, olvídate de malos abogados, testigos conchabados o que si el acusado pierde o deja de perder veracidad en su testimonio. No seamos exégetas poniendo casos personalizados y partamos del principio de a quién va a creer u otorgar la credibilidad el juez.
Al ciudadano va a ser que no.
Al ciudadano va a ser que no.
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
¿De verdad crees que no se absuelve a gente omitiendo lo declarado por agentes de la autoridad, incluso aportando indicios?. Alucinarías...
-
de guiner
- General

- Mensajes: 27231
- Registrado: 17 Nov 2009, 02:53
- Ubicación: Usuario excluído
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
No me refiero a eso.
Tomemos dos testimonios igual de fiables. El juez, ante la duda, ¿a quién va a otorgar la credibilidad?.
Es que si nos ponemos en casos particulares el que alucina soy yo después de haber visto lo que he visto.
Tomemos dos testimonios igual de fiables. El juez, ante la duda, ¿a quién va a otorgar la credibilidad?.
Es que si nos ponemos en casos particulares el que alucina soy yo después de haber visto lo que he visto.
- Almogàver
- General de Brigada

- Mensajes: 5202
- Registrado: 05 Abr 2003, 15:08
- Ubicación: Barcelona
Manifestaciones-protestas de indignados y similares
Dos versiones contradictorias, pero ambas absolutamente creíbles desde el principio pueden dar lugar perfectamente a una absolución. Pero para eso están los juicios, para hacer preguntas y llegar al fondo del asunto.
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: Amazonbot [Bot], ClaudeBot [Bot] y 1 invitado