Por lo demás, la independencia o no de un nuevo Estado es una cuestión de Derecho Internacional ¿Me puedes decir cuantos Estados del mundo recocieron a los C.S.A.? Pues ya sabes.
Al igual que pusiste, hace unas fechas, en respuesta a un post mío, yo también voy a poner:
Ejem ...
Carta de la OEA (Bogotá 1948), cuyo art. 9. Actualmente es el:
Artículo 13
La existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados. Aun antes de ser reconocido, el Estado tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su conservación y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdicción y competencia de sus tribunales. El ejercicio de estos derechos no tiene otros límites que el ejercicio de los derechos de otros Estados conforme al derecho internacional.
http://www.oas.org/dil/esp/tratados_A-4 ... icanos.htm
Ya se que esto te importa un bledo, ya que no concuerda con lo que quisieras que fuere, pero ... voy a continuar explicando algunas cosas; si no para tí, sí para quienes nos léen (anteayer tuvimos cuatrocientas [400] lecturas).
En la práctica Internacional el Reconocimiento es un acto libre y discreccional y, por tanto, sus efectos son declarativos.
El Reconocimiento de un Estado puede hacerse de "Jure" o de "Facto".
El "Reconocimiento de Jure": Se entiende que es terminante y, si dejan de cumplirse sus condiciones, debe ser retirado expresamente.
El "Reconocimiento de Facto": Es provisional, desaparece automáticamente con el derrocamiento del Gobierno así reconocido. Normalmente, no se mantienen completas relaciones diplomáticas con un Gobierno al que no se ha reconocido de jure. Su distinción expresa diferentes grados de confianza en la estabilidad del régimen implicado, y en la actualidad se halla en decadencia.
Entre las diferentes Doctrinas que se han manejado en el campo del Derecho Internacional corresponde, a mi entender, la Doctrina Jefferson, que es la que ha sido aplicada desde 1792 por los EE.UU.
Doctrina Jefferson:
Se denomina así al pronunciamiento hecho en 1792 por el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Thomas Jefferson, en relación con la actitud del Gobierno Norteamericano frente a los acontecimientos en Francia, que determinaron la muerte del Monarca y el establecimiento de la República. Jefferson, en una instrucción a Morris, Ministro de Estados Unidos en París, de 7de noviembre de 1792, dijo lo que constituyó después la parte capital de la doctrina:
“Va de acuerdo con nuestros principios determinar que un Gobierno legítimo es aquel creado por la voluntad de la Nación, sustancialmente declarada.”
Y en otra comunicación posterior al mismo agente diplomático:
“Evidentemente, no podemos negar a ninguna Nación ese derecho sobre el cual nuestro propio Gobierno se funda: que cualquier Nación puede gobernarse en la forma que le plazca, y cambiar de esa forma su propia voluntad; y que puede llevar sus negocios a Naciones extranjeras a través de cualquier órgano que estime adecuado, sea Monarca, Convención o Asamblea".

Yo creo que la C.S.A. fue reconocida de "facto" por Gran Bretaña en, al menos, dos ocasiones:
El 24 de agosto de 1862, el CSS ALABAMA, zarpa del puerto de Liverpool, donde había sido construido, enarbolando la bandera de la Confederación. Después de dos meses de crucero de guerra contra el tráfico mercante de los EE.UU., se dirige hacia las costas del Estado de Texas y de allí a Ciudad del Cabo, ya colonia británica, donde entra enarbolando la bandera de la Confederación. Considero esto un reconocimiento de facto, ya que si no lo fuera, se le hubiera impedido zarpar de un puerto y entrar en el otro, ya que debiéra ser considerado "buque pirata". Considero que el reconocimiento de la Bandera es el reconocimiento de la Nación a la que representa.
Decíos como curiosidad que, el CSS Alabama, zarpó de Liverpool en Agosto de 1842, y fue hundido por el USS Kearsarge frente a las costas de Cherburgo (Francia) en Junio de 1864. En sus veintidos (22) meses de crucero de guerra hundió o capturó a 70 buques, por una cuantía aproximada de 6.000.000 $ de la época. Ni una sola vez en toda su vida, entro en un puerto de America del Norte. Ni Canadiense, ni Federal, ni Confederado. Tocó también en puertos de Perú y Chile (no fué el único buque de guerra de la Confederación que lo hizo).








