Ch0pos escribió:Artículo 43. La Milicia Nacional Bolivariana es un cuerpo especial organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación, para contribuir en garantizar su independencia y soberanía. Los aspectos inherentes a la organización, funcionamiento y demás aspectos administrativos y operacionales serán determinados por el reglamento respectivo.
Chicharron, lo que resaltaste no contradice nada en este artículo.

Lo siento Ch0pos, la constitución (y los textos constitucionales del modelo del derecho continental) tienen algunas características propias (principios base de los que parten su concepción de leyes madre), uno de los cuales es que lo que indican es taxativo hasta el punto donde la hermenéutica jurídica lo permite.
En este sentido, el legislador venezolano decidió, y con buen tino, que las funciones de seguridad del estado y defensa nacional serían asignadas por el articulado que presenté (y por otro que dejé de citar) en lo que se denomina una combinación de 6:1.
Son seis las instituciones autorizadas por el estado venezolano por medio del texto constitucional para ejercer las funciones de seguridad ciudadana, el CICP, la Policía Nacional, las Policias Estadales y Municipales, Defensa Civil y los Cuerpos de Bomberos.
Y es sólo una la institución encargada de la defensa de la soberanía nacional (por medio del poder militar), la FAN, conformada de manera TAXATIVA (por favor, RAE con el significado de ese término) por los componentes Armada, Aviación, Ejército, y GN.
Son las Leyes Orgánicas (de menor jeraraquía a la Constitución) las que se subordinan a esta, y no al contrario, cosa que como vemos, no es el caso.
El asunto pudo haber sido hecho de una forma más inteligente, armando un arma de reserva a nivel de componente (que incluyera las funciones de la Milicia y su peculiar organización), sometiendo a interpretación jurídica el texto que dice ''esencialmente profesional'' entre los atributos de la institución castrense de carácter CONSTITUCIONAL...
Pero se decidió hacer de otra forma ridícula, y bueno...