SG1_Rommel escribió:Nemo escribió:
Mi intención no era comparar a un segundo teniente de West Point con un alférez reservista español, sino decir que a quien le ha costado muchos años conseguir algo le puede parecer mal que otros lo consigan en poco tiempo.
Es que no consiguen lo mismo en menos tiempo. Consiguen otra cosa, que es ser reservista, nada de ser oficial o suboficial o tropa.
En mi opinión personal y repito, sólo personal, un reservista no es oficial, ni suboficial, ni tropa. Tendrá "categoría de", pero que se comparen con los profesionales me parece demasiado.
Y vuelvo a decir que me parece estupendo que hubiese una reserva efectiva, que haya españoles que quieran involucrarse en la defensa nacional. Pero sed realistas y no os equipareis a lo que no podéis equipararos.
y vuelvo a citar el mismo ejemplo que ya he dado: si yo, en primero de carrera estudié Introducción al Derecho Constitucional (con unos 30 créditos en la AGM), no sería muy lógico que me comparase con un profesor de la Facultad de Derecho de Zaragoza, no? Podría involucrarme en que la Defensa Nacional llegara a las facultades y dar alguna que otra charla, pero de allí a lo otro hay un abismo.
Un saludo
Lo que es un reservista está claramente definido en la ley 1691/2003 de doce de Diciembre en su artículo 12 que dice textualmente "los reservistas voluntarios tendrán el empleo que establezca la ley 17/1999 de 18 de mayo" en esta se precisa que los reservistas ostentaran el empleo de alférez, sargento o soldado, sin perjuicio de mantener aque que ostentasen en su anterior condición de militar, si es el caso.
Por tanto esto no admite apreciaciones personales.
Si admite apreciaciones personales, aunque es meridiamamente claro, que no se puede comparar un RV con un profesional, pues es evidente que son totalmente diferentes.
Un militar profesinal dedica el 100% de su tiempo a al desarrollo de su profesión, ademas de a la formación continuada para el mejor desempeño de la misma. Un RV va unos días al año a su destino para recibir formación, para el hipotético caso de que los profesionales no fueran suficientes para cubrir las necesidades de defensa en un momento dado. Esto es así por que ningún estado de nuestro entorno se atreve a asumir la imprevisión de esta contingencia.
Y el resto del año se van a su casa a realizar lo que en realidad es su trabajo. Fuera de ese tiempo en que ambos tipos de figuras comparten normas, derechos y obligaciones cada uno está a lo suyo.
El problema que subyace en todo esto es que habiendo profesionales y reservistas que no tienen claro lo anteriormente expuesto, ponen en duda que esos derechos y obligaciones, que durante ese tiempo comparten, sean aplicables tal como están escritas y defienden que están sujetas a interpretación.
Tampoco puedo estar de acuerdo en el ejemplo, que ya he leído con anterioridad, por la razón que también he escrito con anterioridad, y que no es más que repetir que ningún reservista tiene cometidos (de la simple lectura de cualquier convocatoria se puede extraer esta conclusión) en áreas de las armas, lo cual es normal y lógico. Sí es posible que se vea a RV´s en la unidades realizando alguna actividad equiparable a estas, pero solo como parte de su formación militar básica que le sirve para desarrollar sus otros cometidos conociendo mejor el entorno de trabajo.
Es decir, no hay reservistas que con 15 días de formación tengan cometidos en áreas que corresponden a profesionales que han de formarse en la AGM o AGBS etc. Como tampoco un militar con 30 créditos de formación en derecho constitucional podrá ejercer de abogado. Una charla si la podrá dar donde sea, si los oyentes creen que su conocimiento tiene algún interés. Lo que nadie pondria en duda es su idoneidad para encargarse de la seguridad en los juzgados, la facultad, etc. por poner un ejemplo. Y esto lo ha tenido en cuenta defensa al diseñar la RV pues conoce las limitaciones de la misma.
Los reservistas, tienen cometidos en áreas en las que (salvo excepciones imputables a los defectos del proceso de selección) acreditan suficiente experiencia en el ambito civil, ya que ostentan la titulación que el ministerio de educación determina como requisito para ello en cualquier ámbito y acreditan años de ejercicio de los mismos.
Hoy en día que esta abierto el debate y el proceso de homologación de las enseñanzas y titulaciones impartidas y obtenidas en las FAS, no es aceptable que se pretenda que los conocimientos profesionales obtenidos en este ámbito sean válidos para el ejercicio en la vida civil y dudar del caso contrario.
Vamos, que cualquiera podría decir que sacarse dentro de las FAS el graduado en 2 horas al día, y no siempre, es un agravio contra los que se lo sacan asistiendo 8 horas al dia a un instituto. Pero si educación lo da por válido, válido es. O si obtener un ciclo medio de FP en las FAS, es equiparable a pasar 9 meses teóricas + 340 horas de prácticas en centro de trabajo como sucede en un centro de FP, pero si educación dice que es válido, válido es. O si los años de formación en la AGM se pueden equiparar a una licenciatura, pero si educación lo da por válido, valido es.
Bueno lo que quiero expresar con todo esto es que no es tanto la empresa o el entorno donde trabajas, sino si tienes o no la capacitación para la función que te encomiendan. En el caso de los reservistas las funciones estan muy definidas y la capacitación se determina en el sistema educativo como acabo de exponer y todos conoceis.
En lo que estamos de acuerdo es en que si hubiera reservistas con cometidos propios de las capacidades que se obtienen unica y necesariamente en AGBS o AGM pues no sería normal, cualquier gestor de recursos humanos te diría lo miasmo, en las FAS o en la vida civil. Cada tornillo encaja en su lugar, sino no se puede armar la estructura. Pero a día de hoy no hay reservistas con esos cometidos. Si los hay con otros, en los que por lo expuesto anteriormente tienen un encaje adecuado.
Un saludo SG1-Rommel