Luis M. García escribió:Reytuerto, no solo muestras tu nobleza, sino que también nos apuntas un argumento que a mí también me hace cavilar: La retroactividad en la aplicación de una ley que no existía para los condenados en Nüremberg, un caso palmario donde el principio de nulla pena sine lege, se lo pasaron por el arco de triunfo a fin de condenar a los jerarcas nazis por sus horrendos delitos, acción loable donde las haya. En fin, Doctores tiene la Iglesia...
Se ha discutido si la Carta de Londres puede considerarse o no "ex post facto", pero lo cierto es que existían acuerdos previos como el Pacto Kellogg-Briand o los mismos principios fundacionales de la Sociedad de Naciones que pueden justificar los juicios de Nürnberg. En cualquier caso hablamos de contextos distintos y de casi siete décadas atrás. Inés del Río fue juzgada y condenada por sus crímenes, aunque a cualquiera con un mínimo sentido común le deba resultar que la cantidad de años que ha pasado en prisión es insuficiente teniendo en cuenta el daño que ha causado. Pero de no ser por los Juicios de Nürnberg, los responsables de la muerte de millones de personas no habrían pasado un sólo día en la cárcel, ni siquiera se les habría juzgado, lo que me hubiese parecido mucho más injusto, si cabe.
Luis M. García escribió:Pues bien, esta asociación de ex asesinos declara que "la sociedad está en deuda con aquellos que han contribuido a cambiarla y que los que en su día fueron detenidos han contribuido a dicha transformación y por tanto se les debe un reconocimiento por su colaboración en pasar de una sociedad injusta -la que los metía entre rejas- y otra más justa -la que los pone en la calle-". Y yo digo que sí, que les debemos mucho, pero más les vale que no nos pongamos a pagarles todo lo que les debemos. Por otro lado, el Gobierno bien podría pedir al Fscal General del Estado que valorara hasta que punto este tipo de escarnios declarativos pudieran ser perseguidos, que el cumplimiento con el TEDH no excluye otras acciones.
Pues sería tan sencillo como aplicar el artículo 578 del Código Penal, pero para ello es necesario una voluntad que parece no existir. Así como he dicho que poco se podía hacer con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya que es más que impecable, el Estado cuenta con muchos más instrumentos para impedir que se humille a las víctimas del terrorismo. Si estos no se aplican, será por algún motivo, que desde luego no pasa por Estrasburgo. Igual es que sigue lloviendo mucho, no sé, yo ya no vivo en España y no sé como andará el tiempo por allí.




