chayane escribió: ↑16 Abr 2025, 22:14El propósito de esta norma, el espíritu de esta ley, es que el funcionario que espere relegirse deje momentáneamente el cargo para no tener ventaja sobre los otros candidatos en uso de recursos y difusión de su imagen, es una licencia obligatoria sin sueldo, en Ecuador se usa la forma "solicitar licencia obligatoria" para indicar los casos en que se debe abandonar temporalmente un cargo, la Asamblea no tiene que autorizarla, solo tiene que conocerla
Pero es que la Asamblea pretendía negarle la licencia. Eso es inconstitucional. Del resto, es pueril pensar que ese presidente que se presenta a la reelección no va a manejar el gobierno bajo cuerda.
Estoy seguro que en circunstancias normales se hubiera descalificado a Noboa tal como se haría si en una carrera ciclística apareciera un competidor en motocicleta, en este caso los oficiales de la carrera no vieron la moto pese a los señalamientos de los otros competidores.
Me temo que no es lo mismo que un árbitro pite una falta en una competición deportiva, a que se descalifique a un candidato presidencial sin un proceso.
El tema de la Vicepresidenta es muy largo para comentarlo aquí, pero en definitiva se violó los derechos de Verónica Abad con maniobras legales tiradas de los cabellos con la que se pretendía destituirla de facto o de jure inconstitucionalmente, maniobras que en algunos casos fueron rechazadas por jueces de garantías y hasta por la corte constitucional, pero Noboa al estilo de Trump obvió el cumplimiento de la ley aprovechando una serie sucesiva de abusos legales, la Vicepresidenta nunca estuvo ausente de su cargo, al menos voluntariamente, incluso se le impidió con fuerza armada acceder a su oficina, muy democrático.
En tal caso, la Constitución establece un mecanismo para reprobar al presidente ¿Se ha hecho? Si no se ha hecho, pues a callar.
El delito es tan evidente como si en una esquina ves a un conductor específico violar las normas de tránsito varias veces en presencia de varios agentes de tránsito entonces tu te acercas y les cuestionas su falta de acción ante la infracción y ellos te responden ¿Cuál infracción?
Una sanción de tráfico puede ser recurrida, y en tal caso no es firme hasta que haya un fallo judicial. No es lo mismo "delito flagrante" que "mira qué feo es eso". Si el candidato ha cometido un delito, se le denuncia y se le procesa. Pero no se le puede descalificar alegremente. Eso se llama "seguridad jurídica".
Así que la oposición ya sabe qué tiene que hacer. Si el presidente ha cometido un delito, en Quito hay jueces.
Eso, independientemente de cómo sea Noboa. De la misma manera, el incalificable que está de presidente en Madrid no me gusta ni un pelo, es más que dudosa su situación ante posibles delitos de varios familiares, pero su coalición ganó las elecciones. Al que no le guste, que se busque alguna dictadura.
Saludos