ñugares escribió:Por que hay un articulo de la constitución que dice que el ejercito es el garante de la indivisibilidad de estado ?
claro que este es matizable , verdad![]()
Hombre, no dice eso. Pero no importa.
¿Así que el ejercito debe dar su consentimiento a ciertas reformas constitucionales?
Revelador punto de vista, sin duda.
Primera
La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía.
Donde pone que no se aplicara algo de la constitución o de las leyes del estado Español ?.
Claro que se aplica la Constitución. La Disposición Adicional Primera es tan "Constitución" como todos los demás artículos. Y las leyes del Estado no se aplicarán en los territorios forales cuando hacerlo suponga quebrantar los derechos históricos de los territorios forales ¿Por qué? Porque la Constitución los ampara y respeta.
El estatuto de gernica dirá lo que le de la real gana , no esta por encima de la constitución .
No, lo que está es por encima de la Ley 2/1986. Y LA PROPIA LEY 2/1.986 LO RECONOCE