Crisis de la República romana

Los conflictos armados en la historia de la Humanidad. Los éjércitos del Mundo, sus jefes, estrategias y armamentos, desde la Antiguedad hasta 1939.
de guiner
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Crisis de la República romana

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Continuando con el anterior post (Los aliados itálicos) ...


La cuestión de los socii, hasta mitad del decenio, fue olvidada. Las concesiones de la ciudadanía que había hecho Mario no fueron cuestinadas e incluso los censores Lucio Valerio Flaco y Marco Antonio no tuvieron reparo a la hora de admitir a un buen número de itálicos en las listas de ciudadanos.

FC:

97 L. Valerius L.f. [L.n.] Flaccus , M. Antonius [M.f. M.n. - completaron el 65º lustrum]


Muchos itálicos lograron registrar su nombre en el censo de forma un tanto irregular:


"Cierto es que Tito Matrinio, uno de los que Mario hizo ciudadanos, fue acusado; pero era de Spoletum, ilustre y poderosa colonia latina. Le acusó Lucio Antistio, también de Spoletum ... Pero como la ley Apuleia, que Saturnino había hecho aprobar para Mario, autorizaba a éste a hacer tres ciudadanos romanos por cada colonia que se fundara, Antistio sostenía que, no habiendo sido fundadas las colonias, tampoco debía subsistir este favor"

Cicerón, en defensa de Cornelio Balbo

La emigración itálica a Roma empezó a ser preocupante, por lo que los cónsules (de este año 95 por el que vamos) Lucio Licinio Craso y Quinto Mucio Escévola se vieron obligados a tomar medidas legales. Es aquí donde aparece la llamada Lex Licinia Mucia de civibus redigundis:

http://droitromain.upmf-grenoble.fr/Leg ... _mucia.htm

Legem Liciniam et Muciam de civibus redigendis video constare inter omnis, quamquam duo consules omnium quos vidimus sapientissimi tulissent, non modo inutilem sed perniciosam rei publicae fuisse

Traducciones del texto de Asconio Pedanio, sólo he encontrado una publicada por Oxford University Press en el 2006: "Asconius, Commentaries on Speeches of Cicero". Tampoco es que sea importante para el caso


La Lex Licinia Mucia de civibus redigundis eliminaba de las listas de ciudadanos a todos aquellos itálicos que hubieran sido incluidos por medios fraudulentos, creándose un tribunal para los casos que albergaran dudas o dieran lugar a interpretaciones (con esto de dudas e interpretaciones me refiero a que ante cualquier dato que no estuviera lo suficientemente acorde con la ley, el itálico investigado, fuera de las listas).

Con esta medida se pretendía frenar la emigración itálica a Roma (entre otras cosas); detrás de la misma estaba la factio Metella, con el beneplácito de Marco Emilio Escauro, Princeps senatus.

Sobre si esta medida escondía motivos partidistas, posiblemente no, pues aunque impulsada por los Metelos, cabe decir que Mario, en su plan de reforzar alianzas, incluía a la factio (o fracción de factio) de los dos cónsules. Sea como fuere, los socii se vieron abandonados por Mario, el mayor defensor de sus reivindicaciones.



"La ley Licinia resultó ingrata a todo el mundo a este lado del Po"

Salustio, Historias - 20* Cledonio , Arte gram. V 76, 24




"Puede que no sea cierto para aquellos a los que no se les permite ejercer los derechos y privilegios de la ciudadanía, pues no son ciudadanos; la ley en este punto fue promulgada por dos de nuestros cónsules más sabios, Craso y Escévola; pero el no permitir a los extranjeros disfrutar el uso y el comercio en nuestra ciudad es totalmente contrario a las leyes de la humanidad"

Cicerón, De Offic. III, 11

Si a la continua denegación de las exigencias de los aliados se añadían medidas, llamémoslas, innecesarias (y como no, inoportunas) como la Lex Licinia Mucia, abandonados por sus principal valedor (Mario no supo reaccionar), se iba llegando a una situación que podía hacer bascular los sentimientos de los aliados hacia un extremo opuesto, esto es, la búsqueda de un nacionalismo en oposición a Roma.


Nota: Cicerón, en su pro Cornelius Balbus, del que he puesto unas líneas, trata ciertos aspectos de este asunto:

http://www.perseus.tufts.edu/hopper/tex ... ext%3dBalb.

Por ahí se puede encontrar una traducción en castellano; ¡ojo! tiene muchos errores y puede, de hecho lo hace, llevar a confusión


de guiner
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94



Entran en funciones los cónsules Caio Celio Caldo y Lucio Domicio Ahenobarbo


FC:

C. Coelius C.f. C.n. Caldus , L. Domitius Cn.f. [Cn.n. Ahenobarbus]



Quinto Mucio Escévola en Asia


Debido a su rango consular del año anterior, Escévola fue elegido para trasladarse, en calidad de procónsul, a la provincia de Asia a fin de establecer las reformas necesarias en la administración para acabar con los abusos de los publicani .

"Quinto Scevola puso el mayor celo para reformar los modales corruptos de otros hombres con su propio ejemplo virtuoso. Para cuando fue enviado como procónsul de Asia, eligió a Publio Rutilio, el más digno de sus amigos, para ser su legado, y siempre siguió su consejo en el gobierno de su provincia, y en la aplicación de las leyes. Todos los costos y gastos, tanto de sí mismo y su séquito se los costeó de su propio bolsillo; y por su moderación y frugalidad, junto con su trato justo y recto, liberó la provincia de sus antiguas miserias y opresiones, porque los anteriores procónsules de Asia habían conspirado con los publicanos, que en esos momentos controlaban la administración de justicia en Roma, y ​​habían oprimido toda la provincia con sus exacciones ilegales.

Mucio Scevola administró justicia con integridad e imparcialidad; no sólo suspendió todas las acusaciones falsas, también reprimió las iniquidades cometidas por los publicanos. Cada vez que alguno de los que había sido oprimido por los recaudadores de impuestos apeló a él, se encargó el asunto a jueces rectos, que condenaron en todos los casos a los demandados, y les obligaron a pagar la multa que se les impuso a las personas que habían perjudicado; para los delitos capitales se aplicaron sentencias de muerte. Uno de los principales administradores de estos publicanos, que había contraído con su amo un compromiso por su libertad a cambio de una gran suma de dinero, fue condenado a morir antes de ser manumitido, y terminó crucificado"


Diodoro Sículo XXXVIII Frag. Excerpt. de Virt. et Vit., p. 610.



Traducción libre de un texto en inglés ( [5] G y 2 G):

http://www.attalus.org/translate/diodorus37.html

Y otro en francés:

http://remacle.org/bloodwolf/historiens ... vre37a.htm

-De esos textos he cambiado nombres como el de Lucius Scœvola (en francés lo confunden con Mucius) y, sobre todo, Quintus Rutilius (en ambos), pues era Publio Rutilio Rufo.


Cumplida su misión antes de finalizar el año, Mucio Escévola regresó a Roma, dejando las tareas rutinarias en manos de su legado, Publio Rutilio Rufo.


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Inciso




Antes de seguir, aclarar cierto asunto que dejé caer al estimado Apónez:

Valerio escribió:Si me hubiera preguntado VM el porqué no está marcada esa Cilicia a la que fue enviado Sila como propretor (que en el mapa parece caer en ese "Imperio Seleúcida") ...


Para esto hay que remontarse al año 102, concretamente a la Campaña contra los piratas cilicios:

crisis-de-la-republica-romana-t37134-195.html

De ese post:

Sus principales bases de acción estaban situadas en la costa meridional de Asia Menor (la Cilicia Traquea) y en Creta


Tras la campaña de Marco Antonio "El Orador", la Cilicia Traquea continuó siendo un nido de piratas pero la Cilicia Oriental, o Cilicia Pireas (Cilicia llana; en asirio Kue), quedó en manos romanas, como atestigua el envió de Sila en calidad de propretor.

Según la innombrable:

Cilicia Pedias (Cilicia llana; en asirio Kue), al este, incluía parte de las estribaciones del Tauros y la amplia y rica llanura costera, regada por los ríos Cidno (Tarsos Çay), Saros (Seyhan Nehri) Píramo (Ceyhan Nehri). El Saros que desemboca hoy al sur de Tarso, antiguamente se unía al Píramo, para desembocar al oeste de Kara-tash. A lo largo de la llanura de Issos discurría la vía que proseguía hacia Siria y en la que se encontraban las ciudades de Tarso (Tarsa) en el Cidno, Adana (Adanija) en el Saros y Mopsuestia (Misis) en el Píramo.

https://es.wikipedia.org/wiki/Cilicia

En el mapa que viene en ese artículo y que perpetra una de las suyas: Provincia romana de Cilicia, en el año 120 a. C.. No es el 120, sino el 102; y la zona romana sería ésta (la del óvalo verde):

Imagen

De la zona roja fuera de lo marcado, la Cilicia Traquea o Trachea, ya se ocupará Pompeyo en su momento (bueno, y de la Cilicia Pedias también).

Otro apunte sobre el dichoso mapa (la verdad es que los hay mucho peores). Eso que viene como "Imperio Arsácida" se correspondería a la zona ocupada por los partos (Dinastía arsácida de Partia).

Más cosas. En el post anterior, Quinto Mucio Escévola en Asia, al decir Asia me refiero a la provincia romana, para asuntos como el que viene a continuación, seguiré refiriéndome a oriente (Cilicia incluida, claro).


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Situación en Oriente




Sila se entrevista con una delegación de los partos.



Arsaces, forma et virtute praecipuus, cuius posteri Arsacidae cognominati sunt, qui pacem cum Sulla imperatore fecit

Lucio Ampelio, Liber Memorialis XXXI Reges Parthorum 2

Veleyo Patérculo, con un margen de cerca de diez años de error, menciona los contactos de Sila con el rey Arsaces:


"Entonces Sila, dejando solucionados los conflictos del otro lado del mar, habiendo sido el primero de los romanos en recibir una delegación de los partos, y entre ellos a unos magos que le predijeron, basándose en determinados rasgos físicos, que su vida estaba marcada en los astros y que sería recordada, ... "

II, 24, 3


"Embajadores de los partos enviados por el rey Arsaces se presentaron ante Sila para solicitar la amistad del pueblo romano"

Periochae LXX


Plutarco narra este hecho con mucho más detalle:

"Sucedió que, mientras se encontraba a orillas del Eufrates (Sila), tuvo un encuentro con el parto Orobazo, embajador del rey Arsaces. Era la primera vez que se producía un contacto entre los dos pueblos y fue un gran éxito para Sila, ya que se convirtió en el primer romano al que los partos pidieron llegar a un acuerdo de alianza y amistad. Se cuenta que Sila ordenó poner tres sillas curules: una para Ariobarzanes, otra para Orobazo y la tercera para sí mismo y que él se sentó en medio de ellos durante las negociaciones. Esa fue la causa de que el rey parto, al poco tiempo, diera muerte a Orobazo. Hubo algunos que elogiaron a Sila por tratar a los bárbaros con tanta arrogancia, otros le echaban en cara su grosería y su excesivo desdén. Cuenta que un caldeo, que acompañaba la comitiva de Orobazo, estuvo mirando el rostro de Sila y anduvo muy atento al modo en que se comportaba tanto en su ánimo como en su cuerpo, y, a partir de los supuestos de su ciencia, analizó su naturaleza y concluyó que ese hombre llegaría necesariamente a ser grande y además que era sorprendente que en aquel entonces pudiera tolerar no ser el primero de todos"


- A Ariobarzanes ya lo vimos repuesto en el trono de Capadocia por el mismo Sila. Por lo que respecta a la ejecución posterior de Orobazo, el general parto, al parecer fue debida a que Arsaces estimó que debería haber negociado en igualdad de condiciones y no haber permitido que Sila se arrogara una situación de poder al sentarse entre el general parto y Ariobarzanes.


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93



Entran en funciones los cónsules Caio Valerio Flaco y Marco Herenio

FC:

C. Valerius C.f. L.n. Flaccus , M. Herennius M.f. [. .]



Poco que decir para este año. La tarea llevada a cabo por Quinto Mucio Escévola en la provincia de Asia había afectado los intereses de publicani y negotiatores que allí operaban. El orden ecuestre no se atrevió a atacar directamente a Mucio Escévola cuando éste regresó a Roma (un tal Quinto Vario Hybrida lo intentará inutilmente en el 90); prefirieron esperar a la vuelta de su legado, Publio Rutilio Rufo.


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92



Entran en funciones los cónsules Caio Claudio Pulcro y Marco Perperna

FC:

C. Claudius Ap.f. C.n. Pulcher , M. Perperna M.f. [M.n.]




Situación en Roma: Los tribunales



El orden ecuestre no tardó mucho en atacar al legado de Quinto Mucio Escévola:

"Publio Rutilio, un hombre absolutamente intachable, por haber defendido Asia de los abusos de los publicanos cuando era legado del procónsul Caio (praenomen equivocado en el original) Mucio, era odiado por el estamento ecuestre, que controlaba los tribunales; fue condenado por cohecho y enviado al destierro"

Periochae LXX

"¿Qué hay más miserable que una condena o que el exilio?. Pues, pese a ello, ambos castigos no bastaron para mermar la autoridad de Publio Rutilio, abatido por una conspiración de los publicanos. Al partir éste para la provincia de Asia, todas las ciudades de aquella provincia enviaron legados que le ofrecieron asilo. Cualquiera podría decir con justicia que en este caso celebraba un triunfo más que iba al exilio"

Valerio Máximo II, 10, 5


La condena de Rutilio Rufo sacó a relucir la pugna por los tribunales. En ocasiones anteriores ya se habían creado fricciones entre el senado y los iudices Gracchani ecuestres, después de la aparente reconciliación que parecieron tener tras unirse para acabar con Saturnino. Desde la muerte de éste, el orden ecuestre se desentendió de la lucha entre facciones, pero las acciones llevadas por Quinto Mucio Escévola en Asia afectaron gravemente a sus intereses.

Hay quien ve la mano de Mario tras este ataque (en la persona de Rutilio, claro) a Escévola. Como no hay nada al respecto que avale esta teoría, lo dejo abierto para que cada uno ...

Ha partir de estos momentos, la nobilitas, consciente de que los tribunales ya no necesitaban de pretextos plausibles en su uso para servir a las ambiciones e intereses del orden ecuestre, intentará hacerse con ellos.


Si seguimos la cronología que di para la pretura y propretura de Sila, Rutilio Rufo no fue el único acusado este año:


"Cuando regresó (de Cilicia), Censorino [•] le denunció por soborno, ya que había recibido de un reino amigo y aliado una cantidad de riquezas superior a la que permitía la ley. Pero Censorino no se personó en el juicio y se retiró la acusación"

Plutarco, Sila

[•] A este Caio Marcio Censorino lo veremos más tarde en las filas de Mario.


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Inciso


Buscando una llamada Lex Minicia, que en algunos lados venía como Mincia o Minucia, he encontrado una cronología de las leyes de la República, que nunca está de más:

http://www.unrv.com/government/legal-in ... nology.php

Lex Minicia de Conubium

Ordered that children born of parents of mixed status civitatis receive lower status. (Gaius Inst.1.78)

Eso de "lower status" viene a significar que hasta el momento, los hijos de un matrimonio recibían el estatus del padre. En caso de ser fuera del matrimonio, si la madre era romana (y el padre extranjero - "peregrinus"), el hijo recibía la ciudadanía romana. Esta Lex Minicia disponía que si el padre era extranjero (léase latino, aliado), aunque no existiera matrimonio, el hijo ya no recibía la ciudadanía de la madre, sino la del padre.

La referencia (Gaius Inst.1.78), osea, los latinajos, aquí (con el #78, va directo al sitio):

http://www.thelatinlibrary.com/gaius1.html#78

Por si a alguien le interesa lo del estatus, las Iustae Nuptiae, la adquisición de la ciudadanía y demás:

La persona en el Derecho Romano

http://www.monografias.com/trabajos50/d ... ano2.shtml



Nota: Lo he puesto a modo de inciso pero valga como complemento a esa Lex Licinia Mucia de civibus redigundis del 95, dentro del asunto de los aliados.


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Sucesos en el exterior





Para el 97 puse una breve referencia:

Celtiberi Medi Dardani subacti

"Celtíberos, medos y dardanos fueron subyugados"

Julio Obsecuente 48. Cn. Cornelio Lentulo P. Licinio cons. AUC 657/97 aC


De la misma fuente:

"La tribu de los medos asoló cruelmente la provincia de Macedonia"

Julio Obsecuente 53. cons C. Claudio M. Perpenna. [AUC 662/92 aC]



Estos Medos o Maidios, Maedos, o Medi eran una tribu que habitaban la zona al oeste de Tracia.


"El pretor Caio Sencio sufrió una derrota combatiendo contra los tracios"

Periochae LXX

• Caio Sencio había sido pretor urbano en el 94. Recuerdo:

94

Praetors

C. Sentius C. f. (3) Pr. Urbanus SIG 732.


crisis-de-la-republica-romana-t37134-285.html


Desde el 93 era propretor en Macedonia.

Apuntar que las expediciones de las tribus tracias sobre Macedonia no eran nada nuevo.

Imagen
Thracians: Military expedition to Macedon, 429 BC, Radoslav Georgiev

O su uso como mercenarios:

Imagen
Thracian warriors as mercenaries in the armies of Syria, Macedonia, Pergamum and Bactria, III-I BC, Radoslav Georgiev


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91



Entran en funciones los cónsules Lucio Marcio Filipo y Sexto Julio César


FC:

L. Marcius Q.f. Q.n. Philippus , Sex. Iulius C.f. [L.n. Caesar]



"Faltaban las enseñas, las águilas y los estandartes; por lo demás, una ciudad única se encontraba dividida en un enfrentamiento propio de dos campamentos"

Lucio Anneo Floro II, 5,5



El senado, indignado por el agravio inferido a Publio Rutilio Rufo, cuya condena ofendía a toda la institución, va a recibir un último toque antes de reaccionar. Quinto Servilio Cepión (el hijo del derrotado en Arausio) se prestó a llevar a los tribunales a Marco Emilio Escauro, princeps senatus.


"Cepión fue el primero en atacar al Senado, eligiendo a Escauro y a (Lucio Marcio) Filipo, líderes de la nobleza, para acusarlos de corrupción electoral"

Lucio Anneo Floro II, 5,5

En la figura de Escauro se concentraron los rencores de todos aquellos que habían sido perjudicados por la reforma administrativa en la provincia de Asia, al reconocerle como uno de los principales instigadores de la misma.


"Fue procesado por Quinto Servilio Cepion, bajo la ley Servilia, en el momento en que los tribunales estaban formados exclusivamente por el orden ecuestre; y después de que Publio Rutilio fuera condenado, nadie podía parecer tan inocente como para temer a esos tribunales"

Cicerón, pro Emilio Escauro 2


Los ataques del orden ecuestre habían tenido, especialmente, como blanco a la facción de Metelo, y es de ésta de la que va a partir la reacción, con un fin principal, arrebatar los tribunales al orden ecuestre.


"Con el fin de resistir esos ataques, Druso se atrajo hacia sí a la plebe con las leyes gracanas, y, con estas mismas, a los aliados hacia la plebe, con la esperanza de que obtendrían el derecho de ciudadanía. Se conserva su frase: «Que no había dejado nada para repartir a nadie, a no ser que alguien quisiera dividir el cieno o el cielo»"

Lucio Anneo Floro II, 5,5


Es aquí en donde aparece la figura de Marco Livio Druso, sobrino de Publio Rutilio Rufo e hijo de aquel tribuno prosenatorial del 122:

crisis-de-la-republica-romana-t37134-60.html

Para encabezar la reacción senatorial, Livio Druso iba a usar la misma plataforma que utilizó su padre: el tribunado de la plebe. La operación había sido cuidadosamente elaborada por la factio Metela; detrás estaba gente como Licinio Craso, Emilio Escauro y Marco Antonio, entre otros. Para llevarla a cabo se requería, en primer término, la atracción del cuerpo ciudadano, que era desde donde debía partir la transferencia de los tribunales a través de su decisión en los comicios.


Nota: Quinto Cecilio Metelo Numídico falleció por estas fechas (entre el 92 y el 91, antes de que estallara la Guerra Social). Cicerón, en su obra "Sobre la Naturaleza de los Dioses" señala a Quinto Vario Severo (será tribuno de la plebe en el 90, así como promotor de la Lex Varia de maiestate) como responsable:

"Mejor habría sido dificultarle e impedirle que asesinase a tantos varones excelsos, que hacerle pagar a él un día su castigo. Pereció entre la mayor tortura y el mayor suplicio un hombre tan indeseable como Quinto Vario; si fue porque había eliminado a Druso mediante el hierro y a Metelo mediante un veneno ..."


III, 81


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Tribunado de Livio Druso




Livio Druso inició su actividad como tribuno, disfrazando sus verdaderas intenciones, recogiendo las reivindicaciones populares que habían sido hasta el momento contestadas por la nobilitas senatorial.

"El tribuno de la plebe Marco Livio Druso, a fin de sostener con mayores fuerzas la causa del senado que había hecho suya, trató de atraerse a los aliados y a los pueblos itálicos con la esperanza del derecho de ciudadanía romana, y, contando con su apoyo, después de sacar adelante por la fuerza leyes agrarias y frumentarias consiguió también la aprobación de una ley judicial disponiendo que los procesos judiciales se repartieran a partes iguales entre el senado y el orden ecuestre"

Periochae LXXI

Este pasaje resume a grandes rasgos la política de Druso.

Recordemos lo que se habló sobre la Lex Caecilia Didia del 98:

ley propuesta (y aprobada) por los cónsules de este año (Quinto Cecilio Metelo Nepote y Tito Didio), la cual prohibía que en el futuro se propusieran ante la asamblea popular distintos proyectos de ley, esto es en bloque, regulándose a la vez el periodo de tiempo que debía transcurrir entre la promulgación de un proyecto de ley y su presentación ante la asamblea para la votación. El propósito perseguido era evidente:

- Evitar que una ley comprometida se aprobara con el recurso de insertarla en un paquete atractivo para la asamblea.
- Aumentar el tiempo del senado, entre la propuesta y la votación, para tomar medidas en caso de que la ley fuera adversa a sus intereses.


crisis-de-la-republica-romana-t37134-270.html


De ahí, ese "sacar adelante por la fuerza", toda vez que la factio senatorial estaba a su favor.



En ese paquete de proyectos presentados por Livio se habla de "leyes agrarias y frumentarias". La lex frumentaria incidía directamente sobre la plebs urbana, al proporcionarle repartos de trigo a precios muy bajos, mientras que la lex agraria (ley muy discutida por los historiadores) parecía resucitar en parte los repartos de parcelas individuales con cargo al ager publicus. Al menos, se creó una comisión de diez miembros, en la que él mismo se incluyó, para llevar a efecto los repartos:

M(arcus) Livius M(arci) f(ilius) C(ai) n(epos) Drusus / pontifex tr(ibunus) mil(itum) Xvir stlit(ibus) iudic(andis) / tr(ibunus) pl(ebi) Xvir a(gris) d(andis) a(dsignandis) lege sua / et eodem anno Vvir a(gris) d(andis) a(dsignandis) lege Saufeia / in magistratu occisus est

CIL 06, 01312 (p 3134, 3799, 4678) = CIL 01, p 0199 = InscrIt-13-03, 00074 = D 00049

http://db.edcs.eu/epigr/epi_einzel_en.p ... +06,+01312

● Lo reseñable de esa inscripción:

"(Marco Livio) decemviro para dar y asignar la propiedad de la tierra, en los términos de su propia ley; y el mismo año quinqueviro para dar y asignar la propiedad de la tierra bajo los términos de la Lex Saufeia"

- En base a esta inscripción, se habla de un tal Saufeius, que compartiría el tribunado de la plebe con Druso, y que habría propuesto, a su vez, otra lex agraria. Aquí no voy a entrar, ya que tampoco es que venga muy al caso. Baste, la mención.


Con la lex frumentaria se atraía a la plebs urbana, pero como hemos leído en el pasaje de las Periochae:

"trató de atraerse a los aliados y a los pueblos itálicos con la esperanza del derecho de ciudadanía romana"

Y ya vimos que la concesión de la ciudadanía a los aliados y demás pueblos itálicos no era del agrado de esa plebs urbana, celosa de unos privilegios que consideraba como propios. Livio debía contentar a los que iban a votar sus proyectos.


"...fue tribuno de la plebe Livio Druso hombre de muy ilustre cuna, que, a solicitud de los aliados itálicos, les prometió proponer, de nuevo, la ley referente a la ciudadanía; deseaban ésta sobre todo, porque creían que con este solo requisito se convertirían de inmediato en gobernantes en vez de súbditos. Y Druso, tratando de congraciarse al pueblo con vistas a esta ley, condujo muchas colonias a Italia y Sicilia las cuales habían sido votadas mucho tiempo atrás, pero todavía no habían sido enviadas"

Apiano, Guerras Civiles I, 35

Vuelvo a traer su frase:

«Que no había dejado nada para repartir a nadie, a no ser que alguien quisiera dividir el cieno o el cielo»


¿Y como pensaba financiar todos estos proyectos?, haciendo que el mismo estado falsificara la moneda por medio de la mezcla de 1/8 de cobre en cada pieza de plata:

Livius Drusus in tribunatu plebei octavam partem aeris [•] argento miscuit

Plinio el Viejo, HN XXXIII, 46

[•] Aeris viene de aes aeris n.: cobre; bronce. He mantenido cobre al ser más barato que el bronce.



Con todos estos proyectos, hasta el momento combatidos por todos los medios por la nobilitas cada vez que se habían presentado (desde los Graco), creyeron tener Livio Druso y la factio senatorial que lo apoyaba el camino libre para arrebatarle los tribunales al orden ecuestre.


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"Al senado y a los caballeros, que veían agudizadas entonces sus diferencias por la cuestión de los tribunales de justicia, intentó reconciliarlos por medio de una ley común, y como no podía transferir nuevamente al senado los tribunales de justicia, urdió para unos y otros el siguiente plan. Puesto que el número de senadores era por entonces de apenas trescientos, a causa de las sediciones, propuso que se añadiese un número igual a éste, elegido entre los caballeros en razón de mérito, y que en el futuro se eligieran de entre todos ellos los tribunales de justicia; y añadió como cláusula de la ley que los jueces estuvieran sometidos a rendición de cuentas por causa de venalidad, pues procesos de este tipo eran desconocidos, debido a que la corrupción se había convertido en moneda corriente"

Apiano, Guerras Civiles I, 35


Los autores no se ponen de acuerdo ante la naturaleza de esta lex iudiciaria de Livio Druso, a consecuencia de las contradicciones que presentan las fuentes antiguas.

En líneas generales, Livio Druso proponía transferir la confección de las listas de iudices a un senado cuyo número sería ampliado con la inclusión de 300 caballeros del orden ecuestre. Para los caballeros era evidente que esta medida constituía una trampa. Esa parte del texto:

"y añadió como cláusula de la ley que los jueces estuvieran sometidos a rendición de cuentas por causa de venalidad, pues procesos de este tipo eran desconocidos, debido a que la corrupción se había convertido en moneda corriente"

Los procesos eran desconocidos pero la ley si que existía:

Se desconoce si la Lex Sempronia de provocatione y esta Lex Sempronia ne quis iudicio circumveniatur eran puntos de una sola ley o se trataban de dos distintas. Ya fuera de uno u otro modo, su objetivo era el mismo: la prevención de que en el futuro se establecieran juicios capitales sin la explícita autoridad del pueblo y el castigo de los miembros del senado que usasen los tribunales para eliminar enemigos por vía fraudulenta (sobornos, pruebas falsas)


crisis-de-la-republica-romana-t37134-60.html

Si esa Lex Sempronia ne quis iudicio circumveniatur tenía carácter retroactivo, significaba que los caballeros que habían intervenido en el proceso contra Publio Rutilio Rufo podían ser llevados a juicio, pues una vez siendo senadores se les podía acusar de haber usado los tribunales, y repito, para eliminar enemigos por vía fraudulenta (sobornos, pruebas falsas).

Hay autores que descartan que esa ley tuviera retroactividad, pero la fuente que existe al respecto indica lo contrario:

"Cuando el Senado rechazó las leyes propuestas por Druso, dijo: «Aunque tengo el poder para oponerme a los decretos del senado, no voy a hacerlo, porque sé que el culpable pronto recibirá su castigo». Agregó que si se revocaran sus leyes, se daría lugar a la abolición de la ley sobre el poder judicial; por esta ley, todo hombre incorruptible era liberado del temor a la persecución, mientras que los que saquearon las provincias serían castigados como criminales"

Diodoro Sículo Frag. XXXVII, 10, 3


La negativa del orden ecuestre a aceptar esta reforma encontrará un valioso aliado dentro de la misma nobilitas, algunos de cuyos miembros, por muy distintos motivos, se prestaron a hacer causa común con los caballeros para arruinar la propuesta de ley de Livio Druso.




Nota: Esto es un ejemplo de lo que, a inicios del tema, llamé "una falsa visión de una Roma dividida en dos grandes facciones". Aquí entran los intereses de grupos rivales de la factio Metella, como es el caso de Quinto Servilio Cepión, enemigo de Livio Druso, e incluso hay motivaciones personales como las de uno de los cónsules de este año, Lucio Marcio Filipo, deseoso de borrar su, llamémoslo, pasado popular (fue partidario de Saturnino). Otra parte de la nobilitas (por eso dije distintos motivos):

"... se tomó muy a mal que se le sumaran de golpe un número tan elevado de personas mediante elección y que fueran transferidas del orden ecuestre a la máxima dignidad; y es que pensaban que era previsible que, llegando a ser senadores, se opusieran como bloque a los senadores antiguos con más poder aún"

Apiano, Guerras Civiles I, 35


de guiner
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Crisis de la República romana

Mensaje por de guiner »

Al principio, las fuentes establecían dos bandos con sus cabezas visibles:

"Había algunos otros jefes de facciones, pero la mayor fuerza la tenían sobre unos Marco (Livio Druso), sobre otros Quinto (Servilio Cepión), ansiosos de poder e insaciables de gloria y, desde entonces, proclives a la rivalidad"

Dion Casio Frag. XXVIII, 96


"defendieron, uno, Servilio Cepión, a los caballeros, otro, Livio Druso, a los senadores"

Lucio Anneo Floro II, 5, 4


La alianza inicial (antinatural, según algunos autores), entre parte del senado y el orden ecuestre, no tardó en prosperar con la atracción de nuevos círculos de la nobilitas, alarmados ante las propuestas, llamémoslas, populistas de Livio Druso.



"Druso tuvo en contra al senado, que no entendía que si trataba de obtener algún beneficio para la plebe, como para atraerse y arrastrar a la muchedumbre, la plebe, una vez conseguidos logros de menor importancia concedería licencia en cuestiones más importantes"

Veleyo Patérculo II, 13, 2

En un principio, Livio Druso consiguió mantener la viabilidad de su programa gracias al apoyo incondicional de la factio Metella, pero ante un senado dividido, o al menos indeciso, se vinieron a sumar, en detrimento del programa, las medidas que Druso consideró necesarias aplicar para sacarlo adelante. Una de las medidas, como no, la violencia: Servilio Cepión fue amenazado con ser arrojado por la Roca Tarpeya, mientras que el cónsul Lucio Marcio Filipo:

"A pesar de todo, el cónsul Filipo se atrevió a oponerse a sus propuestas de ley, pero un servidor público [•], manteniéndolo apresado por la garganta, no lo soltó hasta que le brotó sangre por la boca y los ojos"

Lucio Anneo Floro II, 5, 8


[•] Estos viatores, normalmente de baja extracción social o libertos, estaban al servicio de los magistrados y senadores; sus tareas iban desde transmitir sus mensajes hasta llevar a cabo arrestos o ejecutar las sentencias.


Posiblemente estas medidas, aunque parezca mentira, no fueron las más alarmantes. A Livio Druso le quedaba un potencial susceptible de utilización, con cuya fuerza podría arrollar todos los obstáculos, proporcionando toda vez un ilimitado capital político: los aliados itálicos.


Nota: Creo que si hasta el momento se va entendiendo todo, con esto que falta, de lo que ya di un adelanto en el apartado Los aliados itálicos, ya hemos pasado el tostón político y social (al menos lo más complicado). Una vez se termine, se entenderá mucho mejor la que se va a liar hasta casi el fin del tema.


de guiner
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Mensaje por de guiner »

Para ir situando geográficamente el tema:

Imagen

- En rojo, territorio romano y de sus colonias
- En verde, territorio latino y de sus colonias

El resto de la península es territorio de los aliados itálicos.

Las provincias (Sicilia, Córcega, África ...) fuera de la península, quedan en blanco.

Más detallado:

https://upload.wikimedia.org/wikipedia/ ... _Italy.jpg

-Vienen los colores al contrario, pero bueno es.
Última edición por de guiner el 20 Jun 2015, 03:23, editado 1 vez en total.


de guiner
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Mensaje por de guiner »

Inciso:


Que no se me olvide. Un integrante de la factio Metella (o Metela, como la escribí por ahí), que apoyó hasta el final a Livio Druso, fue Lucio Licinio Craso (cónsul del 95), el de la Lex Licinia Mucia de civibus redigundis. Digo hasta el final, porque falleció este año 91.

Valga como ejemplo de su actividad, su último acto (fallecería a los pocos días):

"Pero tampoco el cónsul Lucio Filipo tuvo dudas en expresarse libremente frente a ese mismo orden. No en vano, reprochando a los senadores su indolencia, delante de la misma tribuna, dijo que se necesitaba otro senado, y tan lejos estuvo de arrepentirse de sus palabras que, incluso, ordenó que arrestaran a Lucio Craso, persona de gran dignidad y elocuencia, porque le había criticado gravemente en la curia. Craso entonces, rechazando al lictor, dijo: «Para mí, tú no eres cónsul, Filipo, puesto que tampoco yo soy senador para ti»"

Valerio Máximo, VI, 2, 2

Hay muchas más referencias a Licinio Craso en la obra de Cicerón, pero baste decir que Livio Druso perdía con su muerte uno de los pocos apoyos que le quedaban.


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reytuerto
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Crisis de la República romana

Mensaje por reytuerto »

Salve Maese Valerio:
El mapa rosado y verde es revelador! Grafica con mucha claridad como era Italia incluso en tiempos tan avanzados como el siglo I AC. Muchas gracias, porque jamas lo habia visto y la idea del reparto territorial que tenia era muy diferente (una Roma mucho mas "universal", no se si se me entiende). Un abrazo.


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