Eso no es del todo cierto, Cataluña puede entrar en la ACP (África, Caribe, Pacifico), eso países reciben fondos estructurales europeos, ayudas a la agricultura, en especial al plátano.
Y no pagan un duro en aduanas por exportar sus productos a la UE, porque tiene la misma condición que los países comunitarios, por ser antiguas colonias.
Marco general
El acuerdo de Cotonú, fue firmado el 23 de junio de 2000 por un período de 20 años, y revisado por primera vez en 2005. Se basa en el acervo de treinta años de experiencia, y tiene por objeto promover y acelerar el desarrollo económico, social y cultural de los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), contribuir a la paz y la seguridad y fomentar un entorno político estable y democrático. De conformidad con lo dispuesto en su artículo 95, este Acuerdo puede revisarse cada cinco años (excepto las disposiciones relativas a la cooperación económica y comercial).
El Acuerdo constituye una nueva fase en la cooperación entre los países ACP y la Unión Europea (UE), que se inició en 1964 con la firma del primer Convenio de Yaundé y continuó con los cuatro Convenios de Lomé.
El Acuerdo establece un nuevo enfoque, teniendo en cuenta el escaso éxito del planteamiento principal de las preferencias comerciales no recíprocas de los antiguos convenios y la necesidad de adaptarse a procesos internacionales (como la globalización, la evolución tecnológica y los profundos cambios sociales que se han producido en los países ACP). Este enfoque se propone reforzar la dimensión política, garantizar una nueva flexibilidad y conceder más responsabilidades a los Estados ACP.
La nueva asociación se basa en cinco pilares interdependientes:
* el refuerzo de la dimensión política de las relaciones entre los Estados ACP y la UE;
* el fomento de los métodos participativos, la apertura a la sociedad civil, al sector privado y a los otros agentes no estatales;
* las estrategias de desarrollo y el objetivo de luchar contra la pobreza;
* la creación de un nuevo marco de cooperación económica y comercial;
* la reforma de la cooperación financiera.
Pilar IV: nuevo marco de cooperación económica y comercial
El nuevo marco introduce modificaciones importantes en el sistema existente para ajustarlo a las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y permitir a los Estados ACP participar plenamente en el comercio internacional.
El Acuerdo prevé la negociación de acuerdos regionales de colaboración económica destinados a liberalizar el comercio entre ambas Partes, poniendo fin al régimen de preferencias comerciales no recíprocas del que disfrutan actualmente los Estados ACP. La cooperación comercial no se limita a las actividades comerciales tradicionales, sino que afecta también a otros ámbitos relacionados con el comercio, como la protección de los derechos de propiedad intelectual, el comercio y la normativa laboral, etc.
El régimen comercial concedido por la UE al conjunto de los PMA (39 de los cuales pertenecen al grupo ACP) se ha mejorado mediante un proceso que se desarrolla a lo largo de cinco años. A partir de 2005, los exportadores PMA se beneficiaran de un acceso al mercado de la UE con franquicia de derechos para prácticamente la totalidad de sus productos.
http://europa.eu/legislation_summaries/ ... 101_es.htm
Como ves no es necesario estar en la UE para exportar a la UE sin pagar arancel.