Límites Marítimos Chile - Peru (archivo)

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
Steinhoff Hartmann
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Mensaje por Steinhoff Hartmann »

http://peru21.pe/noticia/294084/peru-sa ... chile-haya

“Perú sabe que va a perder el litigio con Chile en La Haya”
El presidente de Bolivia, Evo Morales, arremetió contra el Gobierno de Alan García. Dijo que el mandatario peruano solo quiere revertir su desgastada imagen con esta denuncia ante la corte internacional.

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Agencias/Perú21.pe. Perú sabe que va a perder el litigio de límites planteado en contra de Chile en la Corte de Justicia de La Haya, afirmó el presidente boliviano, Evo Morales, en una entrevista con el diario La Tercera de Santiago, donde también asegura que esta acción busca solo perjudicar sus negociaciones con Chile.

“Tengo la información de que el gobierno peruano sabe que la demanda la va a perder. Lo saben ellos; hicieron la demanda para perjudicar a Bolivia”, señaló Morales en la entrevista.

“Si existiera un problema entre Perú y Chile sobre límites, la forma de resolverlo sería el diálogo, pero para perjudicar a Bolivia hacen una demanda, para que Bolivia no tenga acceso al mar”, agregó el mandatario.

Morales afirmó que el gobierno de Alan García quería sacar partido político de la situación. “Como la imagen de Alan García estaba tan desgastada, plantea esto para levantarse políticamente, para usarlo internamente (...), la demanda en La Haya es para mejorar su imagen y para perjudicar a Bolivia”, señaló.

“Quiero que se sepa que la demanda tiene como objetivo perjudicar a Chile y Bolivia en sus negociaciones”, agregó.
Perú demandó a Chile ante la Corte de La Haya en enero de 2008, y en marzo pasado presentó sus argumentos en los que señala que la delimitación marítima entre ambos países no está fijada.

Chile rechaza esa argumentación y estima que el límite quedó fijado en acuerdos firmados en 1952 y 1954.

La zona en disputa considera un espacio planteado en negociaciones entre Chile y Bolivia para establecer por ahí un corredor o salida al mar para los bolivianos.

Bolivia perdió su acceso al mar tras librar, aliada con Perú, una guerra a fines del siglo XIX. Peruanos y bolivianos resignaron territorio en favor de Chile.

Un tratado firmado tras ese conflicto estableció que cualquier negociación sobre esos territorios debe contra con el acuerdo de los tres países.


badghost
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Mensaje por badghost »

1.- La zona maritima general no la establece la Declaracion de Santiago, solo la nombra.

2.-El limite de la zona maritima tampoco esta establecida en esa Declaracion, de igual forma solo la nombra

3.-Segun la Declaracion de Santiago es aplicable el paralelo solo si existe territorio insular. No habla de limites maritimos. Ademas el parrafo que citaste esta incompleto, lo que puse fue asi: "...quedara limitado POR EL PARALELO DEL PUNTO EN QUE LLEGA AL MAR LA FRONTERA TERRESTRE DE LOS ESTADOS RESPECTIVOS"


Bueno, póngase no mas la bandera correspondiente a su país Chonix, que nadie le va a decir nada. Le recomiendo eso si que lea las decenas de páginas que se han escrito en este hilo sobre el punto y se dará cuenta (espero), de lo ilógico que es sostener dicha posición, o sea, según usted el instrumento estableció un criterio de excepción, la existencia o no de islas situadas a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general correspondiente a otro país, pero no dice donde ni como se establece la dicha zona marítima general y los 3 países dejaron el tema en el aire y firmaron felices de la vida...Yo me pregunto legítimamente entonces, ¿cómo saben entonces los países que tienen islas situadas a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general del vecino sino se sabe cual es esa zona?, ¿cómo aplicamos la regla del paralelo entonces?, ¿no será acaso que el criterio del paralelo es ANTERIOR y PRIMA por sobre las demás reglas posibles de aplicar? y, por lo tanto, la correcta interpretación indicaría que el criterio delimitatorio del paralelo debe aplicarse siempre AÚN CUANDO existan islas situadas a menos de 200 millas marinas (del paralelo) de la zona marítima general correspondiente a otro país.

La interpretación que usted plantea al parecer no tiene mucha relación con lo fáctico, lo lógico ni lo jurídico...pero allá usted, aunque le advierto que por repetir un argumento, no va a lograr cambiar el movimiento de rotación de la Tierra.


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Mensaje por badghost »

Pero el punto n°3 no queda alli, tambien dice claramente "...y de modificar dicha demarcacion de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razon de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fuesen advertidos en el futuro" y definitivamente este es el caso. Y no solo eso, sino que tambien tendriamos que analizar el porque la inclusion de este parrafo, obviamente porque no existia ningun Tratado de Limites Maritimos y no habia nada definido, por eso en ese mismo punto se habla del paralelo porque era la doctrina aplicada en esos tiempos y porque el unico tratado limitrofe con Chile fue el de 1929 el que despues de solo 18 años (el DS fue en 1947) no establece una frontera maritima.


JavierX, si el Decreto habla de MODIFICAR DICHA DEMARCACIÓN, es porque se fijó una demarcación, suceptible de ser modificada en el futuro, correcto, pero de que fijó una demarcación, lo hizo ¿o no?. Ahora el punto es contestar a la siguiente interrogante: ¿se modificó dicha demarcación?...por la Ley del Petróleo, NO...por la Ley de Bases de 2005, SI...¿tiene validez internacional la modificación unilateral hecha por Perú con la dictación de la Ley de Bases de 2005 durante el Gobierno de Toledo?...mi opinión es que NO, pero es solo mi opinión...jejeje.


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Mensaje por pupa »

badghost escribió:...póngase no mas la bandera correspondiente a su país... recomiendo eso si que lea las decenas de páginas que se han escrito en este hilo sobre el punto... no va a lograr cambiar el movimiento de rotación de la Tierra...

ya se ve el rabo de paja, entonces el sustento "logico, factico y juridico" de Chile no tiene resquicio ni duda alguna: faltan 20 días para ver quien tiene el "techo de vidrio".
saludos :twisted:


badghost
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Mensaje por badghost »

badghost escribió:
...póngase no mas la bandera correspondiente a su país... recomiendo eso si que lea las decenas de páginas que se han escrito en este hilo sobre el punto... no va a lograr cambiar el movimiento de rotación de la Tierra...

ya se ve el rabo de paja, entonces el sustento "logico, factico y juridico" de Chile no tiene resquicio ni duda alguna: faltan 20 días para ver quien tiene el "techo de vidrio".
saludos Twisted Evil


En esa parte, a mi juicio...NO!!!...jajajaja.


Saludos amigo pupa :cool:


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Mensaje por pupa »

badghost escribió:...¿tiene validez internacional la modificación unilateral hecha por Perú con la dictación de la Ley de Bases de 2005 durante el Gobierno de Toledo?...mi opinión es que NO...

ERGO tampoco tiene validez la creacion UNILATERAL hecha en 1947... claro que es mi opinión en base a su opinión
saludos estimado badghost


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Mensaje por Mentor »

Buenas:

Por fin se está llegando a algún acuerdo por acá!

Es más que claro que las acciones unilaterales no pueden ni deben tener el mismo peso en esto de los acuerdos limítrofes, que por definición, son entre dos o más, que los documentos firmados y aceptados por los todos los países involucrados(Dos o más).

Los únicos documentos válidos en relación al tema de la delimitación marítima , son los firmados y aceptados por representantes de los dos países (Chile y Perú)y estos son los acuerdos de 1952 y el de 1954, que establecen:

"...el paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países."

Y las actas de 1968 y de 1969 relacionadas con la construcción de los faros de enfilación, en los que se puede leer:

".... de sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno (N° 1)...”.

"han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno, situado a la orilla del mar,...”.

Todo lo demás, por tener el carácter de unilateral, no tiene el peso necesario para ser de igual consideración a estos documentos, que son eminentemente bilaterales( cuando no, TRI!)

Saludos.


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Mensaje por GRUMO »

Mentor escribió:Buenas:

Por fin se está llegando a algún acuerdo por acá!

Es más que claro que las acciones unilaterales no pueden ni deben tener el mismo peso en esto de los acuerdos limítrofes, que por definición, son entre dos o más, que los documentos firmados y aceptados por los todos los países involucrados(Dos o más).

Los únicos documentos válidos en relación al tema de la delimitación marítima , son los firmados y aceptados por representantes de los dos países (Chile y Perú)y estos son los acuerdos de 1952 y el de 1954, que establecen:

"...el paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países."

Y las actas de 1968 y de 1969 relacionadas con la construcción de los faros de enfilación, en los que se puede leer:

".... de sus respectivos Gobiernos en orden a estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito número uno (N° 1)...”.

"han acordado instalar ambos países para señalar el límite marítimo y materializar el paralelo que pasa por el citado Hito número uno, situado a la orilla del mar,...”.

Todo lo demás, por tener el carácter de unilateral, no tiene el peso necesario para ser de igual consideración a estos documentos, que son eminentemente bilaterales( cuando no, TRI!)

Saludos.


No te olvides que los Acuerdos a que te refieres, son "Convenios de Pesca"

Grumo


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por Mentor »

GRUMO escribió:
No te olvides que los Acuerdos a que te refieres, son "Convenios de Pesca"

Grumo


:lol: :lol: :lol:

Saludos DON Grumo


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Mensaje por GRUMO »

Mentor escribió:
GRUMO escribió:
No te olvides que los Acuerdos a que te refieres, son "Convenios de Pesca"

Grumo


:lol: :lol: :lol:

Saludos DON Grumo


Saludos estimado Mentor


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por Desinforumest »

pupa escribió:PUNTO de La Concordia está bien definido y puede buscar una copia en la documentación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile pues forma parte del portafolio del Tratado de 1929, al Hito 9 se le llamó HITO de La Concordia porque pasaba al costado de la línea férrea y por eso se construyó un monumento para que los pasajeros que pasaban de uno u otro lado lo pudieran ver.


Ah!...entionces como dice un ex-almirante peruano...es un hito "conmemorativo"...que pese a todo está en situado sobre un punto en la línea de frontera, que así y todo tiene sus coordenadas pertinentes fijadas bilateralmente y que ambos nominan "Concordia"...en todo caso la conmemoración es por ser el primer punto posicionado....y el primer Hito levantado sobre la línea de frontera...para mí es algo más que conmemorativo...y aparace en Actas.

Pero eso es una parte del asunto...luego Perú debe sortear la analogía ecuatoriana.

El Hito 1 con Chile es un punto referencial. Esto sucede también con Ecuador donde los hitos no marcan el fin del limite de la frontera terrestre. El Hito 1 esta en el lado de Ecuador y el Hito 2 está en el lado Peruano pero en este caso SI se tiene localizado el punto inicial de nuestras fronteras terrestres pero este cae en un lugar donde NO SE PUEDE CONSTRUIR UN HITO.


¿Sólo referencial sin efectos prácticos reales?...suena como "conmemorativo"...dime, ¿a partir de que paralelo Perú reconoce soberanía ecuatoriana?...desde aquel paralelo en que la frontera terrestre toca el mar...Boca de Capones...¿entiendes?...no fín de la frontera terrestre...no en Boca del Río...sino el punto práctico, reconocido e inamovible donde toca el mar...nada de bajas mareas.

¿Cual es el hito final entre Argentina Chile y que inicia el límite marítimo? no existe construido uno en el punto exacto de su inflexión pero no significa que la linea de la frontera terrestre no llegue hasta el inicio de la frontera marítima.


La metodología con Argentina es distinta...para los 4 del CPPS es el paralelo donde la "frontera terrestre toca el mar"...nada que ver Argentina...nada que ver el Punto de boca del río Ecuador-Perú...nada de bajas mareas sino donde la frontera terrestre toca el mar...¿por qué es tan difícil?

Ademas como ya lo demostre antes de 1929 por derecho consuetudinario los limites marinos empiezan en la baja mar, si nuestras fronteras en esa zona debe de estar limitado por un arco a una distancia constante de 10 km desde el primer puente ferroviario sobre el rio LLuta, entonces el punto de la bajamar (inicio de frontera maritima) debe estar a esa distancia.


A menos que los países hubiesen acordado el 29 que el punto es el punto situado a la "orilla del mar" y posteriormente que correspondiera al punto "donde la frontera terrestre toca el mar"...el 30 se fijó el Hito Nº1 el 52y 54...también....hechos prácticos.

Faltan pocos dias para la presentacion por parte de Chile de su excepción, si su argumento es tan solido aqui se acaba TODO y zanjamos una discusión de años, si no la presenta... ¿es que no sirvió el mapa de 1947?


Mira tú?...la misma argumentación propagandística de Torre-Tagle para sacar ventajas mediáticas...eres una buena caja de resonancia...felicitaciones!....Alan necesita una pequeña victoria mediática pronto.

Saludos

Des


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Desinforumest escribió:bla bla bla...eres una buena caja de resonancia...

me excuso amigo badghost ya encontre quien tiene el rabo de paja
:mrgreen:


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Mensaje por Desinforumest »

[quote="CHONIX]

Ahora bien, para realizar todo esto es indispensable que un Estado fije su dominio maritimo para aplicar lo proclamado. Este decreto declara que la soberania nacional se extienda hasta la plataforma submarina o zocalo continental adyacente a las costas. Como ni antes ni despues de este Decreto se ha firmado un Tratado de Limites Maritimos con algun pais, en el punto n°3 dice claramente "el Estado se reserva el derecho de establecer la demarcacion de las zonas de control...", igualmente, me imagino yo, como lo ha hecho Chile.[/quote]

Chonix, no es tan sencillo proclamar derechos a la comunidad internacional, a tus 2 vecinos adyacentes...establecer una forma de medición clara "siguiéndo la línea delos paralelos"...en acuerdos internacionales posteriores establecer una frontera...y luego decir...como la comunidad internacional en general no está de acuerdo en la extensión de las aguas adyacentes...nos reservamos el derecho de modificar a futuro, pero además respecto de nuestros adyacentes también nos reservamos el mismo derecho...ESO...ya es más dificil...cuando proclamas un derecho, cuando no hay nada de tu legislación interna que contradiga el DS 781, cuando no hay nada que lo contradiga en tratados internacionales posteriores, creas una expectativa, estableces una frontera y tienes un comportamiento acorde...es muy difícil que puedas decir...ahora no me gustó...y como se los advertí...ahora lo quiero cambiar.

Pero el punto n°3 no queda alli, tambien dice claramente "...y de modificar dicha demarcacion de acuerdo con las circunstancias sobrevinientes por razon de los nuevos descubrimientos, estudios e intereses nacionales que fuesen advertidos en el futuro" y definitivamente este es el caso.


¿Cuál es el caso?...¿cuáles son esas circunstancias sobrevinientes...descubrimientos...etc?

Te adelanto que razones de pesca no puede haber...ni de pescadores tampoco ya que la Corte tiende a no considerar circustancias socioeconómicas al no ser los fallos sobre las zonas materia de justicia distributiva. Entonces sería interesante que te refirieras a ¿lo firmado a través de los años entre Chile y Perú establecen una frontera?, ¿cuáles son los motivos de Perú para modificar lo que declaro firmó y respetó desde 1947?

Y no solo eso, sino que tambien tendriamos que analizar el porque la inclusion de este parrafo, obviamente porque no existia ningun Tratado de Limites Maritimos y no habia nada definido, por eso en ese mismo punto se habla del paralelo porque era la doctrina aplicada en esos tiempos y porque el unico tratado limitrofe con Chile fue el de 1929 el que despues de solo 18 años (el DS fue en 1947) no establece una frontera maritima.


Te ofreces a analizar...¿Entonces por qué Perú eligió el paralelo?

Lo del intercambio cartografico de 1930 no establece una frontera maritima tampoco. Si en 1947 fue necesario un decreto supremo reservandose el derecho de establecer una demarcacion, en 1930 (a un año del tratado de 1929) esto todavia estaba en pañales.


Ese tema no te toca a tí...es una derivada anterior dentro del mismo hilo.

Sitúa y Nomina "Concordia" al Hito Nº9.

Saludos

Des


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Mensaje por Desinforumest »

pupa escribió:
Desinforumest escribió:bla bla bla...eres una buena caja de resonancia...

me excuso amigo badghost ya encontre quien tiene el rabo de paja
:mrgreen:


¿Quién no contesta cuando no le conviene?... :lol:

Des


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Mensaje por Desinforumest »

JavierX escribió:La posicion peruana es sostenible, tanto asi que sus argumentos estan en la Haya a la espera de la Memoria Chilena.


AH! entonces eso basta para ser sostenible...el correo llegó a La Haya.

Aun cuando acudir a la Haya es considerado oficialmente "un acto inamistoso" en Chile.


Lo es, en contínuo desde la Ley de líneas de base del 2005...¿o fijar posicionando geográficamente y unilateralmente un punto al Oeste del Hito Nº1...que no contempla el Tratado del 29 ni sus actas...no lo es, es una sola línea de acción peruana destinada a satisfacer su pretensión.

Los documentos en su interpretacion exacta, son claros, siempre y cuando se considere que esos documentos no podian modificar lo ya firmado, por lo tanto, cualquier "INTERPRETACION" que diga que los actos posteriores modificaron lo firmado, es INSOSTENIBLE y no podrian generar ninguna espectativa a nadie. En resumen ningun documento firmado señala el Hito 1 como inicio de la frontera terrestre, la posicion Chilena trata de "interpretar" que eso es asi, pero eso no es posible, pues esa "interpretacion" contradice lo firmado en el 29.


¿Cuáles documentos...las instrucciones o las Actas?...
¿Cuál intepretación?...la válida a 1930...a 1952, a 1954...con plenipotenciarios con plenos poderes.
¿Sobre si establece una frontera...o serían tratados sucesivos sobre una misma materia?
¿votamos al tacho las interpretaciones auténticas de la CPPS y su Estados Partes...y de pasada votamos la analogía ecuatoriana?

Estimado...son los ex almirantes peruanos los que hablan a cada paso de los ERRORES, los ABSURDOS...que significaron el haber firmado lo que se firmó...

Es el paladín de la causa el mismo Arias-Shreiber quien realizó la preparación para llevar a cabo la demarcación el 68 y 69...¿Por qué nunca dice este caballero que en su momento oficializó por parte de Perú una respuesta donde indica que:

"...Gobierno del Perú aprueba en su totalidad los términos del documento firmado en la frontera chileno-peruana el 26 de Abril de 1968..."referente a la instalación de marcas de enfilación que materialicen el paralelo de la frontera marítima""



O anterior...el mismo caballero, aunque la opinión pública en su país aparece torciéndole el cuello a Peréz de Cuellar...bueno para el caso ambos hablaban de la misión encomendada que indican algunos aquí había sido sobrepasada...entonces digan uds. o le preguntan al Sr. Arias-Shreiber quién era el encargado directo...¿por qué la MISIÓN entregada a delegados con PLENOS PODERES era?
"estudiar en el terreno mismo la instalación de marcas de enfilación visibles desde el mar, que materialicen el paralelo de la frontera marítima que se origina en el Hito Nº1"
.

Por que esa Acta fué ratificada y canjeada en esos terminos...notas reversales les llamaron uds....luego "documentos" del 68 y 69.

"Interpretar" que el Hito 9, de clase "concordia" ubicado en Pampa Escritos, es donde la frontera "partira de un punto de la costa"... es asegurar que la costa esta en Pampa Escritos y eso es incoherente y ademas contrario al tratado de 1929, por lo que esa afirmacion es INSOSTENIBLE. El Acta Final de la Comisión de Límites con la descripción de los hitos colocados de Julio tampoco dice que el Hito 1 sea el inicio de la frontera terrestre, claramente señala que en inicio no es el Hito 1, sino el Oceano Pacifico, por lo que no se puede "INTERPRETAR" de esa forma.


Acta de Julio:
La línea de frontera demarcada parte del Océano Pacífico en un punto en la orilla del mar situado a diez kilómetros hacia el noroeste del primer puente sobre el río Lluta de la vía férrea de Arica a La Paz, y termina en la cordillera andina en el hito quinto de la antigüa línea divisoria entre Chile y Bolivia


Ud. más adelante dice que no se posicionó bilateralmente ningún punto al Oeste del Hito Nº1, y según Ud. su punto de Concordia tampoco aparece "demarcado" por la comisión mixta al Este del Hito Nº1.

La posicion que usted propone, es "INTERPRETAR" que el punto que parte del oceano pacifico EN la orilla del mar, es el hito 1, y digo interpretar, porque en todos los documentos se distingue claramente entre Oceano Pacifico e Hito 1, señalando claramente por tanto, que son dos ubicaciones o cosas distintas. Oceano Pacifico e Hito 1, no son equivalentes. Tampoco Hito 1 y Orilla del Mar.


No Sr., Chile no necesita interpretar...Perú necesita interpretar...Chile vá por lo firmado....y las Actas son claras...Chile no necesita ni siquiera del Hito Nº9 "Concordia"..le basta con que inicie en la "Orilla del mar".

Para INTERPRETAR que el Hito 1, ES la Orilla del Mar, usted señala el Acta de Ubicacion de Hitos en donde se lee:

...hacen constar que la relación detallada de la ubicación y características definitivas de los hitos que, partiendo ordenadamente del Océano Pacífico, marcan la línea de frontera chileno-peruana, es la siguiente:
Numero Clase Latitud y Longitud Ubicacion
1 Concreto 18-21-03 70-22-56 Orilla del Mar
2 Fierro 18-20-51,6 70-22-47,9 Borde de Pampa Escritos Frente al Mar
3 Concreto 18-20-26 70-22-36 Pampa de Escritos al Oeste del Ferrocarril de Arica a Tacna
4 Concreto 18-20-10 70-22-12 Pampa de Escritos al Oeste del Ferrocarril de Arica a Tacna
...



Nop, me refiero a las Actas...incluídas las de Julio...no se enrede :
La línea de frontera demarcada parte del Océano Pacífico en un punto en la orilla del mar situado a diez kilómetros hacia el noroeste del primer puente sobre el río Lluta de la vía férrea de Arica a La Paz, y termina en la cordillera andina en el hito quinto de la antigüa línea divisoria entre Chile y Bolivia


Efectivamente, el Hito 1 tiene como ubicacion: Orilla del Mar, pero no se puede leer solo esa linea, e interpretar que ese hito 1 es el Oceano Pacifico, sino que debe leerse desde el principio y asi queda claro que se refiere, a la ubicacion del primer hito "DESPUES" o SIGUIENTE de iniciada la LINEA que PARTE DEL OCEANO PACIFICO. Y efectivamente esta ubicado EN parte del territorio terrestre que puede ser considerado Orilla del Mar por estar cerca al Oceano Pacifico. Bajo su incorrecta interpretacion, los Hitos 3 hasta el 13, serian el mismo punto, pues cada uno seria LA Pampa Escritos, lo que no guarda logica. Para ser mas claro, si ponemos hitos sobre la linea del arco a 10 metros al este y oeste del Hito 1, esos nuevos Hitos, tambien tendran como ubicacion "ORILLA DEL MAR"


Pare ahí por favor....una cosa es orilla del mar y otra es un punto sobre la costa...su ud. tiene una casa en la orilla del mar se la azotan las olas...si ud tiene una casa en la costa...¿necesariamente la azotan las olas?

y asi si seguimos poniendo Hitos "hasta que la linea del arco llegue al mar", el Hito 1 es una marca, que señala la linea que parte del Oceano Pacifico, y que tiene como ubicacion "referencial y generica": orilla del mar, pero el Hito 1 NO es señalado como el inicio de la linea, ni esta ubicado en el Oceano Pacifico, porque segun las instrucciones "Se colocará un hito en cualquier punto del arco, lo mas próximo al mar posible, donde quede a cubierto de ser destruido por las aguas del océano." Asi se comprende claramente, que el Hito 1 esta "en cualquier punto del arco" NO en el punto de inicio del arco, ni en el Oceano Pacifico. Que es donde segun el Tratado de Limites de 1929 se inicia la frontera terrestre.


Sr. la línea demarcada inicia donde indican las actas demarcatorias...cualquiera otra cosa...pruébelo ante la Corte.

Pero piense además que en los hechos es lo mismo...el 29, el 47, el 52, el 54...y analogía ecuatoriana....cualquiera otra interpretación genera el triángulo de costa seca...un absurdo propuesto por Perú y que la Corte deberá resolver utilizando los métedods de interpretación correspondientes....Perú genera un absurdo...Chile no lo genera.

Por tanto cualquier interpretacion de actos posteriores, contrario a este sentido, es una interpretacion errada, siendo correctas y validas solo interpretaciones relacionadas a los fines que fueron asignados (la pesca artesanal, verificacion de la posicion de hitos, etc.).


¿Suena lindo lo que dice? nop, es una contradicción sobre otra..la interpretación no debe realizarse en form aislada...debe tener todas la cartas sobre la mesa.

Cuándo el 54 limita pesca....limita sobre la base zonas marítimas correspondientes a Estados adyacentes el 47 y 52...y para los firmante las zonas marítimas son una totalidad, así como la línea que sirve para delimitarlas...una unidad. El 68 y 69 se demarca con "plenos poderes"...no se sobrepasó ninguna misión que no hubiese estado encomendada...

Dígame Uds. entonces...si según las instrucciones entregadas por Arias-Shreiber la misón no fué sobrepasada, contaban con plenos poderes y Perez de Cuellar canjea y el Estado ratifica...no le parece OTRO ABSURDO el que Chile tenga que interpetar como Perú indica...nop, sugún lo firmado por Perú el 47, 52, 54, 55, 68 y 69...lo único absurdo que llevaría a error sería interpretarlo como Ud. indica y no como que
"la frontera marítima inicia en el punto donde toca el mar la frontera terrestre"


Y tal como usted lo señala, no ha sido señalado bilateralmente ningun punto al oeste del Hito 1, es decir, en la interseccion entre el oceano pacifico y la linea del arco, por tanto, eso da pie a la solicitud peruana, primero ante el gobierno chileno y luego ante la Haya, a definir dicho punto y a partir de el, señalar la frontera maritima.


Pídalo, está en su derecho....pero el efecto práctico del 29 y en derecho posteriormente...no lo podrá evitar...estimo será el punto donde la fronetra terrestre toca el mar ...mismo punto n que Chile y Perú lo situaron anteriormente : en el Hito Nº1 "orilla del mar"

Saludos Javierx

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