Buenos dias, hoy buscando en internet encontre esto. Que posibilidades piensan ustedes que tiene Colombia de reclamar soberania en esta costa o por lo menos contraatacar con este argumento para ganar nuevamente de manera juridica y/o militar soberania en el mar? Saludos
LA VERDAD SOBRE SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA
nov 01, 201025 Commentsby Cali Cultural
Por: HERNANDO J. VALENCIA TEJADA*
En el año de 1970, prestándole mis servicios a la Universidad Santiago de Cali como catedrático de Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado, me permití hacer las siguientes apreciaciones personales sobre la titulación de nuestro dominio por soberanía de las islas de San Andrés y Providencia, manifestaciones que resumo así:
ANTECEDENTES HISTORÍCOS
PRIMERO. Es indispensable tener a mano un mapa oficial de Colombia sobre el territorio Nacional y las Costas de la República de Nicaragua. Con posterioridad a eso verán ustedes qué es la Costa de Mosquitos en Territorio Continental de Nicaragua y las Islas Mangles. Estos dos territorios pertenecía n al Virreinato de la Nueva Granada, según lo dispuesto por la Corona de España y fue confirmado esto por el UTTI POSSIDETTIS JURIS de 1810. Pero aquello que era simplemente un hecho se convirtió en derecho y Nicaragua quedó dueña o propietaria de las Islas Mangles y la Costa de Mosquitos (Mosquitia). Con el posterior tratado Esguerra Bárcenas de 1928, que más adelante se podrá desconocer por parte de la República de Nicaragua, porque en mi sentir no es suficiente claro. (Esto lo dije en 1.970 ante mis alumnos de la Universidad Santiago de Cali). Por extraño que parezca, el tratado tiene un solo Folio y su Tenor Literal es el siguiente:
TRATADO SOBRE CUESTIONES TERRITORIALES ENTRE COLOMBIA Y NICARAGUA
Managua, marzo 24 de 1.928. La República de Nicaragua y la República de Colombia, deseosas de poner término al litigio territorial entre ellas pendiente, y de estrechar los vínculos de tradicional amistad que las unen, han resuelto celebrar el presente tratado, y al efecto han nombrado sus respectivos plenipotenciarios, a saber: Su excelencia, el Presidente de la República de Nicaragua, al Doctor Don José Bárcenas Meneses, Subsecretario de Relaciones Exteriores; y su Excelencia el Presidente de la República de Colombia, al Doctor Manuel Esguerra, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en Nicaragua. Quienes, después de canjearse sus plenos poderes, que hallaron en debida forma, han convenido en las siguientes estipulaciones: ARTÍCULO 1. La República de Colombia reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Nicaragua sobre la Costa de los Mosquitos comprendida entre el Cabo de Gracias a Dios y el río San Juan, y sobre las Islas Mangle Grande y Mangle Chico, en el Océano Atlántico (Great Corn Island, Little Corn Island); y la República de Nicaragua reconoce la soberanía y pleno dominio de la República de Colombia sobre las islas de San Andrés y Providencia, Santa Catalina y todas las demás islas, Islotes y cayos que hacen parte de dicho archipiélago de San Andrés. No se consideran incluidos en este tratado los Cayos Roncador, Quitasueños y Serrana, el dominio de los cuales está en litigio entre Colombia y los Estados Unidos de América. ARTÍCULO 2. El presente tratado será sometido para su validez a los congresos de ambos Estados, y una vez aprobados por éstos, el canje de las ratificaciones se verifica en Managua o Bogotá, dentro del menor término posible. En fe de lo cual, nosotros, los respectivos Plenipotenciarios, firmamos y sellamos. Hecho en duplicado, en Managua, a veinticinco de marzo de mil novecientos veintiocho. (L.S.) J BARCENAS MENESES. (L.S.) MANUEL ESGUERRA
En el momento de canjearse las ratificaciones procedimiento final que pone en vigor lo pactado los dos países introdujeron en el Acta correspondiente una cláusula según la cual “el archipiélago de San Andrés y Providencia no se extiende al occidente del meridiano 82”. Desde entonces, esta línea ha sido el límite marítimo entre los dos países. SEGUNDO: La República de Colombia, como estado fue la sucesora del Virreinato de la Nueva Granada, y heredó el título sobre el territorio insular en forma clara e irrefutable. La real orden del 20 de Noviembre de 1803 ordenó la segregación de la Capitanía General de Guatemala, haciendo depender del Virreinato de Santa Fe las islas de San Andrés y la Costa de Mosquitos (su nombre surge de los habitantes de esta Costa, ubicada en Nicaragua, llamados los indios Moscos), desde el Cabo de Gracias a Dios hasta el río Chagres. TERCERO: La mencionada orden real de 1803 se fundamenta en la concepción de la Corona Española en esa época para el manejo o control de sus territorios de ultramar, ya que estaba en boga en el naciente Derecho Internacional, la expresión que decía: “ La tierra domina el mar”. Esto equivale a que los territorios o las islas adyacentes a la masa continental y separados por un brazo de mar debían depender de una misma jurisdicción. Revisando el mapa puede constatarse que la Costa de Mosquitos y la isla de San Andrés están separados por un brazo del mar Caribe y por ellos, según la corona, estuvieron sujetos a la jurisdicción del Virreinato de la Nueva Granada, cuya capital era Santa Fé.
Debe tenerse en cuenta que a partir de 1928 el Archipiélago de San Andrés perteneció por medio de un tratado Internacional a la República de Colombia, y por medio del mismo tratado la Costa de Mosquitos perteneció a Nicaragua. El Archipiélago de San Andrés está a una distancia de 310 millas náuticas de Cartagena que es el punto más próximo del territorio Continental Colombiano, pero queda únicamente a 90 millas de la Costa de Nicaragua. Afirmé ante mis antiguos alumnos lo anterior pero las cosas han cambiado ahora de forma radical. (Continuará)
*Doctor en Ciencias Jurídicas y Ciencias Económicas de la Pontificia Universidad Javeriana. Presidente Honorario Colegio de Abogados del Valle. Árbitro en la Cámara de Cio. de Cali.
Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – En una tarde dominguera de hace 30 años, el abogado Andelfo José García González–considerado como la persona que más conoce de límites internacionales en América como lo demuestra el gran número de contratos de asesoría a la OEA y la ONU-, me enseñó:
“La Costa Atlántica de Nicaragua conocida como Costa Mosquitos es colombiana, si no se aceptara la validez del tratado Esguerra-Bárcenas de 1928, ya que los límites entre Colombia La Nueva Granada y Veragua Nicaragua subordinada y dependiente del Virreinato de la Nueva Granada según las Cédulas Reales de 1739 y 1803”. Sí que el título y subtítulo de esta nota no es sino la actualización de la afirmación que el experto en límites internacionales de América -Andelfo García-, me anticipó hace 30 años.
Hoy vísperas de conocerse le fallo de la Corte Internacional Justicia de la Haya respecto a la demanda que en 2001 presentó Nicaragua sobre su supuesta propiedad del Archipiélago de SanAndres incluyendo las tres Islas: San Andrés, Providencia y Santa Catalina, además de los siete cayos: Cayo Bajo Nuevo, Serranilla, Serrana, Quitasueño, Roncador East SouthEast y Arburquerque y de la plataforma marítima a su alrededor.
Si el fallo fuera contrario a la historia documentada y al tratado Esguerra-Bárcenas, así como Nicaragua en caso de que el fallo no sea a su favor se ha reservado el derecho a acudir a instancias diferentes a la Corte Internacional de Justicia, Colombia debe reservarse el derecho de acudir a otras vías. De manera que si mañana a las 9 de la mañana los siete cayos en cuestión y el mar Caribe desde el meridiano 82 hacia el Oriente, según la CIJ, no es Colombia. Colombia entera debe preparase para mantener la posesión no solamente de los siete cayos, sino del mar territorial hasta la Costa de Mosquitos y de la misma Costa de Mosquitos, todo es territorio de Colombia desde las Cédulas Reales de 1739 y 1803.
Colombia no tenía por qué aceptar que esta abusiva aspiración territorial de Nicaragua fuera tratada, decidida y fallada por la Corte Internacional de Justicia. En estos fallos no basta con tener la razón histórica, geográfica y jurídica, las tendencias e intereses políticos juegan mucho en esto y Colombia no tenía por qué razón jugar a la ruleta por una actitud típica de Nicaragua que disputa límites a todos sus vecinos.
Historia
La costa Atlántica desde el Golfo de Urabá hasta lo que hoy es la frontera entre Honduras y Nicaragua –El Cabo Gracias a Dios- se le llamó Veragua - Golfo de Urabá y le fue asignado a Cristóbal Colón quien lo descubrió en su cuarto viaje. En la Real cédula Real del 9 de junio de 1508, la Corona Española se lo asignó a Diego de Nicuesa y Alonso de Ojeda.
La Real Capitulación del 29 de noviembre de 1540 negó la solicitud de otorgarle salida al Mar Caribe a la provincia de Nicaragua.
En 1542 fue creada la Audiencia de los Confines de Guatemala y Nicaragua que no incluían la provincia de Veragua.
A partir de 1700 España ordenó desterrar del archipiélago de San Andrés y de la Costa Mosquitos a los ingleses.
En 1786 una convención firmada en París acordó la evacuación de los indios Mosquitos de la Costa Mosquitos y de las Islas caribeñas, debían dirigirse a Jamaica. La Corona accedió a que algunos residentes de San Andrés se quedarán como residentes si aceptaban acatar las leyes españolas.
El 20 de noviembre de 1803 se expidió la Real Orden por la cual se dispuso en forma clara: La Costa de Mosquitos desde el Cabo de Gracias a Dios hasta el Río Chagres en Panamá y el archipiélago de San Andrés quedan segregados al Virreinato de la Nueva Granada.,
El 3 de junio de 1804, el Capitán General de Guatemala escribió: “… la segregación de territorio resuelta por Su Majestad es un gran alivio para mi en esta Capitanía…”.
Hasta el Obispo de Cartagena fue notificado que de acuerdo a la Real Orden de 1803, tomó medidas sobre su nueva responsabilidad.
En 1806 fragatas inglesas atacaron San Andrés y la acuparon hasta 1807, en 1809 la Corona ordenó ocupar militarmente al archipiélago. Todas las negociaciones y órdenes venían desde España hasta la Nueva Granada quien dominaba esos territorios.
En 1811 con la declaración de Independencia de Colombia, la Junta Suprema de Cartagena nombró un Cabildo para el Archipiélago. En 1815 el Pacificador Pablo Murillo ordenó por decreto promulgado alrededor del mundo que ordenaba bloquear las costas de la Nueva Granada hasta el Cabo de Gracias a Dios.
El 15 de febrero de 1819 en el Congreso de Angostura, Simón Bolívar proclamó la República de Colombia.
El 7 de agosto de 1819, en la batalla de Boyacá se culminó la independencia total de la República de Colombia.
En 1821 y 1822, ciudadanos del Archipiélago confirmaron su adhesión a la República de Colombia
El 22 de noviembre de 1822, la República de Colombia tomó medidas respecto a la Costa de Moquitos.
En 1824 durante una reunión en Bogotá, Las Provincias de Unidas de Centroamérica no objetaron la posesión de la Costa Mosquitos por Colombia y aceptaron dejar y respetar los límites que venían.
Acordado en el tratado Esguerra-Bárcenas 1928
Por este tratado;
- Colombia el cedió a Nicaragua la Costa de Mosquitos.
- Colombia el cedió a Nicaragua las Islas Mangle.
- La soberanía de los cayos Quitasueño, Serrana y Roncador, no se incluyó en este tratado por estar estos en disputa entre Colombia y Estados Unidos. Pero si reconoció la soberanía de Colombia sobre los demás cayos al Oriente del meridiano 82. Nicaragua también reconoce que no busca ni aspira a la soberanía de lso cayos en disputa.
- Nicaragua reconoció la soberanía de Colombia sobre el mar al Oriente del meridiano 82.
Que falló ya la Corte Internacional Justicia
La CIJ ya afirmó en su fallo inicial preliminar Que no hay duda alguna en que las tres islas son colombianas y ratifica el tratado Esguerra-Bárcenas. Aparentemente deja pendiente de fallo la propiedad de los siete cayos mencionados antes y del área marítima. Colombia exige que se ratifique el tratado que claramente indica que del meridiano 82 hacia el oriente es plataforma marítima de Colombia.
Más exactamente hago referencia a este concepto y lo complemento con una investigación en Internet. Herramienta que hace 30 años no disfrutaba aunque cinco años después si comencé a usufructuar la red Compuserve.