Independencia de Cataluña (II parte)

Programas de Defensa Nacional, presupuesto militar. El nacionalismo, Cataluña y País Vasco. Ceuta y Melilla frente a Marruecos. Relaciones con la OTAN.
Isocrates
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Independencia de Cataluña (II parte)

Mensaje por Isocrates »

http://portaljuridico.lexnova.es/jurisp ... nes-por-im



I. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así:

"El día 30 de Marzo de 2007, aproximadamente sobre la 19,30 horas, Consuelo, nacida el NUM001 - 52 nacida en Oviedo, con DNI NUM002, mayor de edad y sin antecedentes legales, acudió a la estación de Atocha de Madrid, dejando el vehículo que conducía, con matrícula K-....-KM, estacionado en un lugar indebido cerca de la puerta para acceder al AVE, lo que le fue recriminado por el Agente de Movilidad número NUM000, quien se encontraba de servicio, requiriéndola para que se marchara del lugar, haciendo caso omiso Consuelo, dejando el coche aparcado y entrando en la estación en compañía de su hija. Minutos después al regresar al lugar, el referido Agente de Movilidad, le solicitó que se identificara para proceder a imponerle una multa, entrando Consuelo en el vehículo, poniéndolo en marcha y golpeando con él en el costado derecho al Agente que se encontraba junto al mismo. Abandonando el lugar Consuelo, si bien previamente otros Agentes de Movilidad le dieron el alto, y tuvieron que apartarse para no ser atropellados, siendo finalmente detenido el vehículo de la acusada en la Avenida Ciudad de Barcelona.

El Agente de Movilidad número NUM000 al recibir el golpe con el vehículo, fue desplazado contra un muro, y consecuencia de ello sufrió lesiones consistentes en contractura dorso lumbar y contusión en la hemipelvis derecha, y contracturas cervicales dolorosas, precisando para su sanidad de collarín, analgésicos, antiinflamatorios y rehabilitación, tardando en curar 49 días, todos ellos de incapacidad para sus ocupaciones habituales, y quedándole como secuela una cervicalgia ligera."

II. La resolución impugnada contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Consuelo como autora responsable criminalmente de un delito de atentado del artículo 550, 551-1° último inciso y artículo 552,1 y un delito de lesiones del artículo 147,1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, imponiéndole las penas:

-Por el delito de atentado cometido con medio peligroso, la pena de dos años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, al amparo de lo dispuesto en el artículo 56 del Código Penal.

-Por el delito de lesiones,la pena de seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, al amparo de lo dispuesto en el artículo 56 del Código Penal.

Igualmente se condena a Consuelo a indemnizar al Agente de Movilidad número NUM000 con 2940 euros por los días que tardó en curar de las lesiones sufridas y con 3000 euros por la secuela.

Con expresa imposición de las costas procesales, que incluyen las de la acusación particular."


Se estima parcialmente el recurso de apelación formulado por Consuelo contra la Sentencia n.º 598 de 01-12-2010, y su Auto aclaratorio de 22-12-2010, dictados en la causa arriba referenciada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal n.º 25 de Madrid, resolución que queda revocada parcialmente en el siguiente sentido:

-Absolvemos a Consuelo del delito de lesiones dolosas por el que ha sido condenada, declarando de oficio la mitad de las costas por delito.

-Condenamos a Consuelo como autora de un delito de desobediencia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

-Condenamos a Consuelo como autora de una falta de lesiones por imprudencia a la pena multa de 30 días con una cuota diaria de 6 €, apercibiéndola que queda sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

-Se mantienen el resto de los pronunciamientos de la sentencia de instancia.


¿Desobediencia al Agente de Movilidad en cuestión de Tráfico?
Delito de desobediencia.

De nada.


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Mensaje por capricornio »

El recurso de la "consulta alternativa" se plantea el día 31 de octubre, por lo que su efecto cuenta retroactivamente desde ese día aunque el TC se manifieste el día 4 de octubre.

Desde el momento en que el propio Mas el día después de su celebración se reconoce el responsable de lo ocurrido el día 9 de noviembre y se ordenó que los colegios públicos fuesen las sedes electorales, además de coincidir la consulta en fecha y contenido con lo que había convocado Mas, no se puede pretender que sea algo diferente a esto y no una burla a la Ley.

Además está el tema de que la anterior ley de consultas realizada en su día por la Generalidad en 2010 ya fue tumbada dejando únicamente como posibles las encuestas, audiencias públicas y foros de participación como posibles. En ningún caso una votación como se hizo y pretendía publicitar. Por lo tanto era algo ilegal para lo que se el gobierno autonómico requería la complicidad de los medios de comunicación. Y como sabemos la Ley no obliga a hacer algo ilegal. Salvando las diferencias, es como ampararse en la obediencia debida de los uniformados para procesar a un subordinado que recibe la orden de hacer algo ilegal y se niega.
La propia existencia del CAC es esperpéntica. Ya existe la Justicia para dirimir cualquier conflicto.

El referéndum impulsado por el gobierno autonómico fue tumbado con fecha 29 de septiembre. Lo que anunciaron el 29 de octubre, según cobardemente decían, era convocado por otras asociaciones y no por el gobierno catalán.

De cualquier modo el fondo del asunto y lo más preocupante es el matonismo comunicativo con el que el nacionalismo imperante trata de amedrentar a quien se opone a su campaña de promoción de algo ilegal. Algo propio de los regímenes totalitarios.


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Mensaje por Luis M. García »

Pero agentes de la autoridad hay de más de un tipo, no? Lo digo porque tengo entendido que no es lo mismo un Agente de Policía que un Agente de Seguridad que en el ejercicio de sus funciones tenga la consideración de Agente de la Autoridad. Tiene la misma consideración la desobediencia a uno que al otro? Pregunto.

Saludos.


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Mensaje por ñugares »

Ñugares escribió:después dices que te insulto pero cada día te superas


Isocrates escribió:¿Decir que defiendes a alguien es insultarte?


Si no sabes leer dedícate a otra cosa , yo nunca e dicho que me hayas insultado , con tu falta de compresión no me extraña que vengan luego los líos , mas bien te haces la picha un lio .

Isocrates escribió:Y en ese post defiendes a Esperanza Aguirre, queriendo hacer ver que no tenía que esperar (como todos) a que terminasen de ponerla la multa y que no tenía obligación (como todos) de seguir las instrucciones de los agentes.


en ese post pongo todo eso?

Isocrates escribió:A ella la estás defendiendo. ¿O crees que no se nota?


es una afirmación de que la estoy defendiendo? o como dices a continuación "se nota" , por que lo segundo es TU percepción que no tiene por que ser cierto , mi percepción es que mientes .
Isocrates escribió:¿No sabes lo que significa "y"? Múltiples actos concretos de desobediencia a los Agentes de Movilidad y los Policías Municipales. ¿De verdad no sabes lo que significa?


El que no sabes lo que significa eres tu , de entrada :

se reitera que en esta resolución no se contiene valoración alguna sobre la acreditación y realidad de los mismos


Isocrates escribió:Sí, ya se ve. Metes la pata hasta la entrepierna y te vanaglorias como si supieras de qué hablas. Así nos va...

Claro que así te va ...... si pones algo y ni siquiera lees la parte que pone que no da ningún tipo de valoración ni acredita nada :pena:

Isocrates escribió:No vengas con cuentos. Los Agentes de Movilidad son Agentes de la Autoridad


según una normativa municipal y que sus funciones son regular el trafico y que por pedirle los papeles a un taxista ya se estaban extralimitando en sus funciones y palmo el ayuntamiento 3000 € y que un ciudadano ( yo mismo) puedo denunciar a un vehículo por aparcar en doble fila o en una plaza de minusvalido ). después si la cosa va al juzgado ya veremos si el juez da validez a mi palabra . ahora si hay un policía municipal que apoye mi versión .......( para que no te enredes , puede estar poniendo otra multa o incluso socorriendo a alguien ) .

Isocrates escribió: a los Agentes de Movilidad y a las Policía Municipal


efectivamente a los 2 y en eso se apoyan para la desobediencia .

pero que vamos a esperar si dices que me quejo de que me insultas , cuando digo que después tu te quejas de que te insulte a ti .

en fin .....

Un saludo .


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Mensaje por Bomber@ »

ñugares escribió:Ya .....y a la vez se salta cualquier via de dialogo

No cuela. Esa mala excusa, como mucho, podría valer hasta el 9-N. Después ya no hay excusas para que no haya diálogo.
ñugares escribió:Eso no es cierto , cuando yo e defendido que no haya separación de poderes?

Pues igual te entendí mal cuando te pregunté explícitamente si querías un cambio de leyes y me respondiste todo eso de Cataluña que no venía a cuento. Te lo vuelvo a poner para refrescarte la memoria:
"lo malo que el movimiento que propones tu que es el mismo que los nacionalistas son una huida hacia adelante , buscar un enemigo fuera de Cataluña , cuando lo tenéis en casa y venir con amenazas y enfrentamientos . el problema interno Catalán los trasladan y pretenden que sea un `problema de estado , con esos mimbres vuestras soluciones os la metéis por donde os quepan , las negociaciones y los cambios se hacen de frente ."

No sé exactamente qué es lo que quieren los nacionalistas, pero yo ya he dicho que mi principal interés es la seguridad jurídica (con pocas leyes, separación de poderes, competencias claras,...). Lo único que recuerdo sobre nacionalismos que querría introducir en una nueva Constitución sería lo de "atar a todos los nacionalismos".

Así que esa respuesta sólo la puedo considerar una mala excusa para no querer, entre otras cosas, separación de poderes (porque por la parte de los nacionalismos seguro que no es tu "crítica" a mi solución, pues ya sabemos que tú consideras que no hay "nacionalismo mayoritario")
ñugares escribió:lo que me repugna es la cancioncita que tienes tu y los nacionalistas que solo hay cargos puestos por los Patidos Nacionales , si no hay separación de poderes es gracias a los partidos Nacionales y nacionalistas , es repugnante que los mismos que tienen cargos a propuesta de partidos Nacionalistas vengan de defensores de la separación de poderes , mientras tengan estos que dejen de decir payasadas y den ejemplo .

Si no hay separación de poderes es porque el gobierno de España y el partido que lo apoya así lo quiere (recordemos que el PP tienen mayoría absoluta). Todo lo demás: malas excusas que no vienen a cuento.


Lo bueno, si breve...mejor
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Mensaje por ñugares »

Bomber@ escribió:No cuela. Esa mala excusa, como mucho, podría valer hasta el 9-N. Después ya no hay excusas para que no haya diálogo.


sigues sin tener ni la mas remota idea , tus planteamientos son unicamente nacionalistas y no ves mas allá , para un nacionalista Catalan el 9-N puede ser la biblia , para un no nacionalista de otras regiones de España solo a sido un nuevo desplante y un nuevo desafió hacia el resto del estado , si hubiera algún tipo de referendun en el resto del estado sobre dialogo , la gran mayoría diría no , al menos hasta que Mas y sus seguidores no dejen de seguir con el chantaje .

Bomber@ escribió:Pues igual te entendí mal cuando te pregunté explícitamente si querías un cambio de leyes y me respondiste todo eso de Cataluña que no venía a cuento. Te lo vuelvo a poner para refrescarte la memoria:


Ñugares escribió:"lo malo que el movimiento que propones tu que es el mismo que los nacionalistas son una huida hacia adelante , buscar un enemigo fuera de Cataluña , cuando lo tenéis en casa y venir con amenazas y enfrentamientos . el problema interno Catalán los trasladan y pretenden que sea un `problema de estado , con esos mimbres vuestras soluciones os la metéis por donde os quepan , las negociaciones y los cambios se hacen de frente ."


Pues si entendiste fatal y para colmo me pones una cita donde no veo por ningún lado que yo diga ahí que estoy en contra de la separación de poderes? , exactamente en esa frase donde digo eso ?.
Osea que si no es el cambio que propones tu o Mas es estar en contra de la separación de poderes ?.

coñ* que acaba de dimitir una señora del poder judicial por meter dinero en la frontera propuesta por CIU , cojo*** con la separación de poderes y donde CIU a tenido siempre reprentacion .

Bomber@ escribió:Así que esa respuesta sólo la puedo considerar una mala excusa para no querer, entre otras cosas, separación de poderes (porque por la parte de los nacionalismos seguro que no es tu "crítica" a mi solución, pues ya sabemos que tú consideras que no hay "nacionalismo mayoritario")


Asi que lo unico que puedo entender yo , que o no sabes leer , tienes un problema de compresión o que las escasas horas de Castellano ya traen consecuencias .
TU llamas solucion a cualquier cosa que se te ocurre , que le vamos a hacer .
A que nacionalismo te refieres al Catalan , pues si y mucho , al Español demuestralo , cuando veo un campo de futbol lleno de banderas Españolas o marchas dob¡nde se defienda la Nacion Española lo empezare a pensar Catalanas e visto cientas .

demuéstralo de una vez y no vengas con chorradas baratas , donde , cuando ? ,

Lo que no viene a cuento son tus respuestas en todo este ultimo post solo son desvarios , respuestas que no tienen nada que ver a lo que estas contestando .

en fin cada dia es mas difícil llevar una "discusión" entre la seguridad jurídica hasta en la sopa y respuestas cuanto menos curiosas o que no vienen a cuento , mal asunto .

Un saludo .


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Mensaje por ñugares »

Sobre lo que comente aquí de pagar el IVA y los impuestos en el lugar de residencia del comprador lo mismo alguno lo tomo como un disparate .........

"El 1 de enero de 2015, la nueva legislación de la UE cambiará la normativa de aplicación del IVA en servicios prestados por vía electrónica, como las tarifas de eBay.

Este cambio no afectará a tus tarifas de vendedor particular.

A partir del 1 de enero la página sobre tarifas para vendedores particulares mostrará los precios con el 21% del IVA español incluido, pero el total de la tarifa que pagarás no cambiará."

esto va en la linea y todos los productos que su destino sea España se tendrá que pagar el IVA en España , o en cada estado miembro que sea el comprador .

un saludo .


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Mensaje por Isocrates »

capricornio escribió:El recurso de la "consulta alternativa" se plantea el día 31 de octubre, por lo que su efecto cuenta retroactivamente desde ese día aunque el TC se manifieste el día 4 de octubre.


Lo cual nos sigue dejando con tres días de incumplimiento


Desde el momento en que el propio Mas el día después de su celebración se reconoce el responsable de lo ocurrido el día 9 de noviembre y se ordenó que los colegios públicos fuesen las sedes electorales, además de coincidir la consulta en fecha y contenido con lo que había convocado Mas, no se puede pretender que sea algo diferente a esto y no una burla a la Ley.


Lo que se pueda pretender o no resulta algo esquivo. Ya lo que preguntado varias veces ¿El 9N se celebró un Referendum en Cataluña? Porque la Consulta convocada por mas se podía -según se argumenta- considerara todos los efectos un referendum ¿Lo que pasó el 9N fue un referendum? Porque resulta extraño mantener que fue una forma de burlar la prohibición de la consulta "oficial" para luego decir que lo que pasó no se parece en nada a lo que hubiera sido la consulta "oficial". Lo que no puedes hacer es decir que no se parece en nada y al mismo timpo "es lo mismo"


Además está el tema de que la anterior ley de consultas realizada en su día por la Generalidad en 2010 ya fue tumbada dejando únicamente como posibles las encuestas, audiencias públicas y foros de participación como posibles


¿Podrías dar una referencia a esa afirmación? Porque el 2.010 el TC dijo exactamente lo contrario al tratar el Estatuto de Cataluña.


En ningún caso una votación como se hizo y pretendía publicitar. Por lo tanto era algo ilegal para lo que se el gobierno autonómico requería la complicidad de los medios de comunicación. Y como sabemos la Ley no obliga a hacer algo ilegal. Salvando las diferencias, es como ampararse en la obediencia debida de los uniformados para procesar a un subordinado que recibe la orden de hacer algo ilegal y se niega.


Supongo que te das cuenta que eso solo es cierto si el TC ya ha dicho que cualquier tipo de consulta (no solo las consultas por vía de referendum) están prohibidas. Estaremos de acuerdo en que, si no fue así, entonces estás equivocado y las emisoras debieron cumplir la ley ¿Estamos de acuerdo?


La propia existencia del CAC es esperpéntica. Ya existe la Justicia para dirimir cualquier conflicto.


Díselo a los de tráfico.


El referéndum impulsado por el gobierno autonómico fue tumbado con fecha 29 de septiembre. Lo que anunciaron el 29 de octubre, según cobardemente decían, era convocado por otras asociaciones y no por el gobierno catalán.


De cualquier modo el fondo del asunto y lo más preocupante es el matonismo comunicativo con el que el nacionalismo imperante trata de amedrentar a quien se opone a su campaña de promoción de algo ilegal. Algo propio de los regímenes totalitarios.[/quote]

Supongo que repetir desde el gobierno, una y mil veces, que algo es ilegal antes de que el Tribunal se pronuncie no es algo propio de ese tipo de regímenes.


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Mensaje por capricornio »

Hay jurisprudencia con el Plan Ibarreche. Las CCAA no pueden convocar referéndum.

No es como lo había comentado. La ley de 2010 está recurrida y el TC aún no ha dictado sentencia definitiva. Es la ley de consultas aprobada este septiembre y los artículos que el TC no suspendía de la misma a los que me refería. Entre estos estaban los procesos participativos, incluyendo los mismos las aludidas encuestas, audiencias públicas y foros de participación. En ningún caso una votación.

El incumplimiento al que aludes es del gobierno catalán que pese a no poder convocar referéndum por la suspensión del TC, ni incluir el proceso participativo de su propia ley la posibilidad de una votación, decide que el mismo se celebre diga lo que diga el TC. Y lo publicita pese a la suspensión. Los medios denunciados cumplen con la ley al no publicitar un referéndum prohibido. Por mucho que se le cambie el nombre. Pero el mismo gobierno autonómico que no respeta ni acata la ley pretende ampararse en ella para sancionar a quien no le bailó el agua.

Isocrates no te pronuncias en el fondo del asunto que no es otro que el de perseguir a quien no se plegó a publicitar la ilegalidad y sí en defender la legalidad de la sanción. Y por supuesto que es ilegal, máxime cuando viene de alguien que se pasa las suspensiones del TC por el forro. No se puede comparar como haces a quien declara que algo es ilegal porque la ley lo dice, con alguien que incumple lo que un Tribunal le ordena, sobre todo cuando lo hace para destruir la legalidad vigente y segregar un territorio del resto de la nación. El segundo es directamente un golpista.


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Mensaje por ñugares »

Yo el asunto lo veo desde el punto de vista que jno se si sera legal o ilegal el asunto , puesto que el TC no se a pronunciado , lo que queda meridianamente claro es que el TC dejo en suspenso su celebración y que se a sorteado por medio de tretas .
después esta el asunto que Mas se a involucrado y a dicho que el es el responsable .
sobre los medios denunciados ........ tan fácil como irse a los tribunales , pero no ya por la denuncia en si , si no por que el organismo sancionador tiene visos de poco legalidad e inconstitucional .

el gobierno Catalán quiere meter en cintura a las cadenas díscola y se puede encontrar con que aparte de las querellas que toda la prensa Nacional se ponga en contra .

estaría bueno que mas y sus seguidores pusieran de acuerdo al resto de medios de comunicación ( los nacionalistas no que para eso chupan de la teta de la generalidad :green: ).

Ya veremos lo que dicta el TC , lo que esta claro que no gustara a una parte o incluso a ninguno .

Un saludo .


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Mensaje por Isocrates »

capricornio escribió:Hay jurisprudencia con el Plan Ibarreche. Las CCAA no pueden convocar referéndum.



Y un Referendum es una consulta popular en la cual se pregunta al cuerpo electoral siguiendo los métodos y garantías de un procedimiento electoral ¿Cualquiera de las dos "cosas" que se planearon (o la que se hizo) en Cataluña preguntaba al cuerpo electoral con un procedimiento con las garantías del electoral? Llevo tiempo intentando que alguien conteste a esa pregunta, a ver si ahora te animas.
No es como lo había comentado. La ley de 2010 está recurrida y el TC aún no ha dictado sentencia definitiva. Es la ley de consultas aprobada este septiembre y los artículos que el TC no suspendía de la misma a los que me refería. Entre estos estaban los procesos participativos, incluyendo los mismos las aludidas encuestas, audiencias públicas y foros de participación. En ningún caso una votación.


Eso no es cierto. La ley de consultas está recurrida, pero el artículo del Estatuto que concede competencia a la Comunidad Autónoma para cualquier consulta popular que no fuera por la vía de referendum fue declarado constitucional.


El incumplimiento al que aludes es del gobierno catalán que pese a no poder convocar referéndum por la suspensión del TC, ni incluir el proceso participativo de su propia ley la posibilidad de una votación, decide que el mismo se celebre diga lo que diga el TC. Y lo publicita pese a la suspensión. Los medios denunciados cumplen con la ley al no publicitar un referéndum prohibido. Por mucho que se le cambie el nombre. Pero el mismo gobierno autonómico que no respeta ni acata la ley pretende ampararse en ella para sancionar a quien no le bailó el agua.


No es cierto que en "proceso participativo" de la ley de consultas no pueda incluirse uno que suponga la realización de una votación. Y te vuelvo a preguntar lo mismo ¿Lo que se hizo el 9N es un referendum? ¿ES siquiera un consulta popular en los términos de la ley suspendida? Porque el propio Presidente del Gobierno ya ha dicho que no lo es, y, la verdad, el proceso no se parece en nada.


Isocrates no te pronuncias en el fondo del asunto que no es otro que el de perseguir a quien no se plegó a publicitar la ilegalidad y sí en defender la legalidad de la sanción. Y por supuesto que es ilegal, máxime cuando viene de alguien que se pasa las suspensiones del TC por el forro. No se puede comparar como haces a quien declara que algo es ilegal porque la ley lo dice, con alguien que incumple lo que un Tribunal le ordena, sobre todo cuando lo hace para destruir la legalidad vigente y segregar un territorio del resto de la nación. El segundo es directamente un golpista.


El que no se pronuncia sobre el fondo del asunto eres tú. ¿El 9N se celebró un referendum? ¿La consulta original era un referendum? ¿Lo que se celebró fue una consulta popular según los términos de la ley suspendida por el TC? Ese es el fondo del asunto. Porque si lo que se celebró no es una consulta según la ley de consultas, entonces no estaba afectada por la suspensión original ¿No?


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Mensaje por Gaspacher »

Quien pago las urnas de cartón en las que se voto???
Y los millones de papeletas???
Las pegatinas y carteles de propaganda???

Tengo que creerme que era una consulta "popular"?????


A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.
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Mensaje por Isocrates »

Gaspacher escribió:Quien pago las urnas de cartón en las que se voto???
Y los millones de papeletas???
Las pegatinas y carteles de propaganda???

Tengo que creerme que era una consulta "popular"?????



No sé ninguna de esas tres cosas. Pero creo que las preguntas que he hecho son sencillas y relevantes.

¿Lo que se celebró fue un referendum?
¿Lo que se celebró fue una consulta popular según la ley suspendida por el TC?
¿La consulta original suspendida era un referendum?


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Mensaje por ñugares »

Isocrates escribió:¿Desobediencia al Agente de Movilidad en cuestión de Tráfico?
Delito de desobediencia.

De nada.


Como de costumbre : me puedes decir donde pongo yo que un agente de movilidad no sea competente en regular el trafico ? , precisamente esa es su función , lo que tu sostienes es que es tan agente de la autoridad como lo es un Policia Municipal .

Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.




"Artículo 634
Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días."

en la regulación del trafico que es la función que tienen ni mas ni menos .

Para no extenderme el agente de movilidad se persona a titulo personal como acusación particular ( igualito que si fuera un agente de la autoridad , Policia Municipal ) y quien da veracidad a su testimonio es los compañeros , uno de ellos presencial y otros que ayudan a su detencion .

si te refieres que es agente de la autoridad en ejercicio de sus funciones , unicamente en la regulacion del trafico , SI .
si vienes con milongas y le das rango de agente de la autoridad como lo es un Policia Municipal o un PN , NO

si dices que te puede requerir para que no estaciones indebidamente o otras funciones de regulación del trafico SI , inmovilizar el vehículo , pedir papeles , etc NO , fuera de esas funciones no es ninguna autoridad y debe requerir la presencia de uno que si lo sea ; Policía municipal .

Loq ue me parece curioso es que pongas la primera parte que es una sentencia , pero que el documento que traes en realidad es el recurso de impugnación de la abogada ( bastante torpe por lo que parece , pues pruebas de peso que pretendía aportar no se las admiten por no haberlas presentado en primera instancia ) . y te centras en la sentencia de primera instancia y no en el fallo a la impugnación .



FALLO
Se estima parcialmente el recurso de apelación formulado por Consuelo contra la Sentencia n.º 598 de 01-12-2010, y su Auto aclaratorio de 22-12-2010, dictados en la causa arriba referenciada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal n.º 25 de Madrid, resolución que queda revocada parcialmente en el siguiente sentido:

-Condenamos a Consuelo como autora de un delito de desobediencia, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

( coñ* ya a desaparecido lo de "agente de la autoridad " .


Yo nunca e negado que los agentes de movilidad sean "agentes de la Autoridad" en el desempeño de sus funciones que son la regulación de trafico , ahora el tratamiento de agentes de la autoridad que tu pretendes darles , por mucha ordenanza municipal , nada de nada , de hecho en ningun sitio veo que le den la categoría de veracidad que tiene cualquier agente de la autoridad , en la sentencia se habla que no entran en contradicciones los agentes de movilidad .

:green: cuando pongas un enlace léelo entero .

al taxista de la sentencia que ya fue aportada hace tiempo le pide la licencia del taxi un agente de movilidad el se niega y el asunto termina en los tribunales , el taxista tenia razón y el ayuntamiento a pagar 3000 , un policía municipal si puede hacer eso por que sus funciones son todas las asociadas a cualquier agente de la autoridad y no las escasas competencias que le dan una ordenanza municipal a un agente de movilidad ..

:green:



Un saludo .

:green:


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Mensaje por Gaspacher »

Isocrates escribió:No sé ninguna de esas tres cosas. Pero creo que las preguntas que he hecho son sencillas y relevantes.

¿Lo que se celebró fue un referendum?
¿Lo que se celebró fue una consulta popular según la ley suspendida por el TC?
¿La consulta original suspendida era un referendum?


No se que decidirá el TC, pero en mi opinión

La consulta original era un referéndum, camuflado, pero referéndum.

Lo que se celebró no lo fue pues no tenía garantías democráticas

Sí fue una consulta popular, mal hecha, mal organizada, sin censo electoral por no estar autorizada, etc., etc., etc., pero consulta popular al fin y al cabo.

Por otro lado, convocaron la "consulta popular" el mismo día que querían haber hecho el referendo, con las mismas preguntas, utilizando las mismas urnas y papeletas pagadas con dinero publico, con propaganda institucional a favor de una única opción, y "secuestro" de tiempo de emisión de los medios de comunicación acogiéndose a una ley hecha para emergencias en lugar de una para citas electorales que es la que hubiese convenido tratándose de un acto supuestamente democrático...

y una vez hecho lo anterior y suspendida la consulta pro el TC, creen que es suficiente dejar que sean la ANC y compañía quienes proclamen la "consulta" el mismo día que querían hacer la "consulta popular" que era el mismo día que querían haber hecho el referendo... utilizando las mismas urnas y papeletas pagadas con dinero publico y la misma propaganda institucional a favor de una única opción, etc., etc., etc.

Yaaaaa.....y yo voy y me lo creo....

Sin olvidar que a mi me quieren obligar a cumplir la ley cuando ellos que deberían dar ejemplo no solo no la cumplen, sino que la subvierten...

saludos


A todo hombre tarde o temprano le llega la muerte ¿Y cómo puede morir mejor un hombre que afrontando temibles opciones, defendiendo las cenizas de sus padres y los templos de sus dioses?" T. M.

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