Límites Marítimos Chile - Perú

Las guerras y conflictos en la región latinoamericana, desde la Conquista hasta las Malvinas y el Cénepa. Personajes y sucesos históricos militares.
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CZEKALSKI
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Mensaje por CZEKALSKI »

A propósito del eventual retiro de Chile del Pacto de Bogotá (Que ya hemos dicho es una decisión soberana de ellos) pero que hemos criticado no por el hecho mismo sino por las razones que señalan para pretender hacerlo, que es echarle la culpa de los reveses cosechados por Chile en el Tribunal de La haya ante nuestro país y después ante Bolivia, sin antes haber hecho una autocrítica y un deslinde de responsabilidades entre quienes condujeron las Relaciones Internacionales y la defensa jurídica Chilena por los gruesos errores que cometieron...
El pésimo precedente del gobierno de Colombia es tomado como ejemplo:
- El gobierno Colombiano cree que su normativa interna prevalece por encima de una sentencia de la CIJ.
- El gobierno Colombiano pretende que Nicaragua deje de lado la sentencia que le favorece para negociar un Tratado que favorecerá a Colombia.
- El gobierno Colombiano cree que su país posee un peso político que no tiene en el concierto internacional y que, sin duda disminuirá más con la actitud que ha adoptado....
Aunque cueste creerlo esa es la posición del gobierno de Colombia, aunque parezca que quien lo sostiene no es un gobierno nacional, sino un ignorante en la materia o un troll revolcándose en su letrina virtual...
En primer lugar, no hay que ser un gurú o un genio para comprender que en el mundo hay un ordenamiento jurídico y ese ordenamiento jurídico señala que las sentencias de la CIJ prevalecen sobre las normas internas de los países...
En segundo lugar, hay que ser muy ignorante (O un troll de medio pelo) para creer que una sentencia de la CIJ requiere adicionalmente la firma de un tratado de límites entre los países involucrados, para que recién entre en vigencia (Aunque no lo crean, todavía existe gente con tal nivel de ignorancia que se atreve a escribir sobre estos temas)... La sentencias de la CIJ son definitivas e inapelables, de cumplimiento inmediato y obligatorio, no hay más...
En tercer lugar, es evidente que Santos no quiere asumir la responsabilidad política de aceptar un fallo adverso, por ello es que está pateando el problema para sus sucesores....
La Presidente Bachelet debe estar consciente de los pro y contra de abandonar el Pacto de Bogotá y sabe además cuáles a la larga son las consecuencias de seguir el camino de desacato por el que ha optado Colombia (Antes de asumir su segundo mandato, La Tercera informaba sobre las conclusiones a las que llegó doña Michelle en reunión con sus asesores) en todo caso, sea cual sea la decisión que se adopte, ello no cambiará el rumbo del juicio que ha planteado Bolivia por sus derechos expectaticios y no cambiará el hecho de que Chile tendrá que acatar lo que la CIJ decida al final. Además, también deben ser conscientes que hay un plazo de gracia de un año después de la denuncia al Pacto, para que recién se haga efectivo el retiro, plazo dentro del cual, eventuales nuevas demandas tendrán que ser asumidas por Chile...
Saludos.


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CZEKALSKI
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Mensaje por CZEKALSKI »

Con respecto al valor probatorio de la cartografía oficial y el análisis de la que es objeto en los casos de arbitrajes o de litigios que se ventilan en la CIJ, aquí mismo se ha probado que efectivamente los tribunales arbitrales y la misma CIJ (En el marco de un litigio por límites internacionales) toman en cuenta la cartografía oficial para comprobar cuál fue la voluntad (Plasmada en físico, en el papel) de los países en el momento de firmar un Tratado de límites o para formarse una opinión sobre la conducta de aceptación de un país cuando no protesta ante la emisión de cartografía oficial del otro país...
Casos concretos los podemos ver, entre otros, en el litigio entre Tailandia y Camboya por la soberanía del Templo Preah Vihear, en los laudos arbitrales de 1978 el Canal Beagle y de 1995 por Laguna del Desierto entre Argentina y Chile, así como también en la reciente sentencia de la CIJ por el límite marítimo entre Chile y el Perú...
En ese sentido, en el caso de nuestra frontera terrestre común, la cartografía oficial de Chile, la conducta de aceptación de Chile y la práctica bilateral durante 69 años, son puntos débiles de la argumentación (¿?) Chilena con respecto al llamado triángulo terrestre, con la cual pretende desconocer un Tratado de Límites...
En el caso de la delimitación marítima, la modificación de la cartografía oficial de Chile conforme al fallo de la CIJ ya se ha concretado con la emisión de las Cartas Náuticas correspondientes, por parte del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA) mediante el "Catálogo de Cartas y Publicaciones Náuticas" corregido y actualizado al mes de Marzo de 2016, que ya hemos citado en un post anterior.
Imagen
De acuerdo a la normativa interna de Chile, es responsabilidad de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado autorizar este tipo de publicaciones, tal y como se puede comprobar en su página web: "Autorizar la edición y circulación de mapas, cartas geográficas y publicaciones referentes o relacionadas con los límites internacionales y fronteras del territorio nacional, previa su revisión"...
Por otro lado, aquí ya hemos citado cuál es la función del SHOA con respecto a la emisión de cartografía oficial para el gobierno Chileno, que cualquier mortal puede encontrar en la página web de ese organismo: "... Constituye el servicio oficial, técnico y permanente del Estado en todo lo que se refiere a hidrografía; levantamiento hidrográfico marítimo, fluvial y lacustre; cartografía náutica; elaboración y publicación de cartas de navegación de aguas nacionales; oceanografía..."
Por lo expuesto, es claro que el SHOA nunca publicaría cartografía oficial que tenga que ver con límites internacionales, sin la autorización previa de la DIFROL.
En este caso específico, no podía ser de otra manera, pues fue la entonces Directora de la DIFROL, Dra. María Teresa Infante, la que firmó el acta de los trabajos conjuntos de campo y de gabinete correspondientes a la medición de los puntos del límite marítimo entre el Perú y Chile conforme al Fallo de la Corte Internacional de Justicia, el pasado 25 de Marzo de 2014, en la cual se aprobaron "dos mapas que reflejan gráficamente el curso de la frontera marítima, sus coordenadas y los puntos contribuyentes de la costa de cada país, así como el punto de inicio de la frontera marítima, según los términos descritos en el Fallo de la Corte Internacional de Justicia" y con la cual se ejecutó dicha sentencia.
http://www.minrel.gob.cl/peru-y-chile-s ... 13238.html
En ese sentido, la circulación del "Catálogo de Cartas y Publicaciones Náuticas" corregido y actualizado recientemente por el SHOA, fue autorizada mediante Resolución Exenta N° 112 del 06 de octubre de 2015, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado de Chile, lo cual precisamente le da al documento el carácter de oficial que tiene:
"Autorizada su circulación por Resolución Exenta N° 112 del 06 de octubre de 2015, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado".
Sobre el curioso agregado que aparece en la publicación del SHOA:
"La edición y circulación de mapas, cartas geográficas u otros impresos y documentos que se refieran o relacionen con los
límites y fronteras de Chile, no comprometen, en modo alguno, al Estado de Chile, de acuerdo con el Art. 2°, letra g) del DFL N° 83 de 1979 del Ministerio de Relaciones Exteriores."
Aunque eso ya lo comentamos antes, no está de más precisar que se cita una norma interna de Chile, el DFL N° 83, que como se comprenderá no tiene ningún valor a nivel internacional y que no tiene incidencia en un eventual litigio ante la CIJ o ante un tribunal arbitral.
Conforme los organismos oficiales de Chile vayan elaborando nueva cartografía oficial, ésta tendrá que sujetarse al límite marítimo establecido por la CIJ y siguiendo las coordenadas calculadas conjuntamente con el Perú, plasmadas en los mapas insertos en el Acta que la DIFROL firmó y aceptó en Marzo de 2014.
Saludos.


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Mensaje por badghost »

Actos unilaterales de relevancia internacional...¿para qué darse tanta vuelta Czekalski?...los mapas, valen, claro, algo...aunque harto menos que un instrumento internacional tal como un tratado...

Saludos :cool:


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Mensaje por CZEKALSKI »

http://www.latercera.com/noticia/politi ... atir.shtml
¿Cómo no van a ser lo mapas importantes en el momento de saber cuál fue la voluntad o cómo interpretaron dos países un tratado internacional???
En el caso de Chile, hasta abusaron de la importancia de los mapas, al punto de que durante el litigio por los límites marítimos con nuestro país, no dudaron en presentar como "prueba" mapas no oficiales incluidos en libros Peruanos de enseñanza primaria...
Citando al Canciller Muñoz, los mapas oficiales de Chile entre 1930 y 1998 son "decidores y son antecedentes muy importantes" en favor de la posición Peruana, porque durante todo ese tiempo Chile plasmó en sus mapas oficiales una línea de frontera cuyo términus era el Punto Concordia y no el Hito N° 1.
Toda la cartografía oficial Chilena, sumada a los documentos que prueban que esa misma interpretación la aplicó en la práctica bilateral de las partes (Como el mapa de Julio de 1992 elaborado por la delegación Chilena que conformó la Comisión Mixta de Límites conformada en 1987) constituyen una prueba contundente de origen Chileno, con la cual tendrá que lidiar el propio Chile...
Por lo pronto, es muy oportuno que la Cancillería Chilena presente un mapa para tratar de comprobar que Bolivia consideraba en 1904 al silala como un río internacional, porque le da un justo valor probatorio a la cartografía, valor que convenientemente se está pretendiendo minimizar...
Nuevamente los amigos Chileno tendrán que rebatir la posición oficial de su Cancillería...
Nuevamente la Cancillería Chilena los ha desmentido...
Saludos.


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Mensaje por christian »

Yo no entiendo cual es la idea de seguir con este tema si ya TODO quedo zanjado, la corte dicto el fallo y este se implemento como corresponde ....... o no ???.


Imagen


En resumen los hechos irrefutables que tenemos tras el fallo de la Haya :

1° Perú gana 50.284 km2 de zona económica exclusiva o mar soberano (que para los efectos practicos es lo mismo pero al parecer para la Psiquis no)
2° Chile pierde 21.928 km2 de zona económica exclusiva
3° Se mantienen 80 km del paralelo
4° La zona costera de Tacna queda eternamente encerrada
5° En Chile se trata de hacer creer que se pierde prácticamente nada (verdad a medias)
6° En Perú se trata de hacer creer que fue una gran victoria (verdad a medias)


Finalmente puedo decir que claramente la corte no avalo ninguna de las 2 tesis expuestas ............ ya que tomo un poco de una y otro poco de la otra para dejar "Felices" a ambas partes.


Saludos cordiales


.............. fin del comunicado.
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Mensaje por CZEKALSKI »

christian escribió:Yo no entiendo cual es la idea de seguir con este tema si ya TODO quedo zanjado, la corte dicto el fallo y este se implemento como corresponde ....... o no ???.
La idea de que continúe abierto éste tópic, es por dos razones concretas:
Primero, si bien la sentencia fue emitida, acatada y ejecutada, o sea, que desde Marzo de 2014 ya hay un límite marítimo establecido claramente con coordenadas y que ambos países lo respetan, aún resta la formalidad de inscribir ese límite en la ONU, lo cual implica que ambos países deban culminar con la adecuación de su legislación interna a la sentencia, sin perjuicio de que la sentencia ya prevalece sobre la legislación interna.
Segundo, la sentencia de la CIJ, que para el Perú ha significado alcanzar el objetivo de tener todas nuestras fronteras cerradas y definidas mediante instrumentos jurídicos, para Chile por el contrario ha sido el motivo de una ridícula pretensión sin ningún sustento de desconocer el Tratado de 1929....
Dejemos al margen a quienes ingenuamente aún creen que se mantiene el status quo anterior a la sentencia, porque felizmente no se lee semejante barbaridad en este foro...
Desde mi punto de vista, hay mucha tela qué cortar estimado christian....
Saludos.


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Mensaje por badghost »

Bueno, o sea, ahora "los mapas" chilenos referidos al asunto del "triángulo terrestre" podrían ser no solo actos jurídicos unilaterales de relevancia internacional, sino constituírse en verdaderos indicios de la aplicación práctica que ha hecho el Estado de Chile del Tratado de Límites de 1929...puede ser...el Tratado y sus instrumentos complementarios, para mi, NO es claro, ahora que aquello devenga en una contienda por límites entre Chile y Perú, pues veremos...y si esa poencial controversia se ventila en La Haya o en un arbitraje, pues veremos de nuevo, y si esos mapas en esa controversia terminan dando la razón a la interpretación peruana, pues lo veremos también...como bien dices: "hay harto paño que cortar"...

Saludos :cool:


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Mensaje por Ezehl7 »

El caso Colombiano no es ajeno a la incompetencia y la incapacidad de sus políticos y diplomáticos.
No quisiera yo defender de forma inquebrantable a nuestros gobernantes y representantes, no obstante, difiero totalmente en tu postura dado que jurídicamente se defendió de la mejor manera, con argumentos que determinaron que la votación de los jueces fuera 8 a 8 y que se desempató a favor de Nicaragua por medio de normas internas del CIJ, donde el voto del presidente en caso de empate vale por dos. Sin embargo, no faltó el adjunto de los jueces que se manifestaron a favor de la postura Colombiana, en la cual especificaron la improcedencia de revisar algo que la CIJ ya había determinado, es decir, los limites marítimos entre ambos países.


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Mensaje por TORNADO_CL »

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Mensaje por CZEKALSKI »

http://www.latercera.com/noticia/mundo/ ... hile.shtml
Ha causado expectativa en Chile el hecho de que la presidencia de la República del Perú sea disputada en segunda vuelta por fuerzas políticas de derecha y centro derecha.
La expectativa se centra, al parecer, en que se avizora una mejora en las relaciones políticas bilaterales, que fueron seriamente deterioradas luego de que Chile (Sobre la base de los frívolos intereses políticos de Piñera) decidiera desconocer la línea de frontera establecida en el Tratado de 1929...
¿Se avizora que no habrán más crisis políticas, sólo porque el próximo gobierno Peruano será de derecha???
En tanto Chile pretenda desconocer los tratados internacionales que firma, el hecho de que el próximo Presidente del Perú sea o no sea de tendencia política de izquierda, no va a tener ninguna incidencia en la mejoría en las relaciones bilaterales....
Lo que olvidan quienes en Chile piensan que se va a dar un vuelco en las relaciones políticas bilaterales a partir del próximo 28 de Julio, es que en nuestro país las políticas de Estado son eso mismo: Políticas de largo plazo que trascienden a los gobiernos de turno...
Si en Chile se estila que una política de Estado sea cortoplacista y que sea impuesta en atención de los intereses políticos personales del gobernante de turno, pues eso pasará por allá y en cierta forma explicaría la pésima perfomance de la diplomacia Chilena en los últimos años.
En ese sentido, la única manera de que las relaciones bilaterales sean plenas, pasa necesariamente porque Chile reconozca lo dispuesto en el Tratado de 1929, claro y conciso...
Saludos.


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Mensaje por GRUMO »

Estimado amigo

Me he perdido en la conversación

Tengo entendido que Chile no ha desconocido lo estipulado en el Protocolo Complementario de 1929..

Saludos


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por CZEKALSKI »

No lo ha desconocido formalmente, ni locos que fueran, a eso nunca se atreverían....
Sin embargo, objetivamente y fieles a su doble discurso, desconocen la línea de frontera establecida en el Tratado de 1929 (Que reconocieron durante siete décadas) y lo más risible, lo hacen usando como slogan que "eso establece el tratado", pero cuidándose de no ahondar en más detalles, porque sustento jurídico no tienen...
Saludos.


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Mensaje por GRUMO »

Entonces ya que hay una discrepancia

¿Porque no pedir el arbitraje de EEUU?


¡Somos o no pilotos de combate!.... ya, que nos den otra misión y salimos 3 o 4 fierros, rasanteamos hasta donde podamos y si nos van tumbando.... nos tumbaron pues.... pero por lo menos uno llega y rompe.... así no regresemos los demás.... total para eso nos hemos formado, para eso estamos preparados, y si vamos a morir.... bueno nos inmolamos por la patria, es la oportunidad de demostrar lo que somos y valemos”. Coronel FAP Marco Antonio Schenone Oliva , piloto muerto en el Cenepa
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Mensaje por CZEKALSKI »



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Mensaje por GRUMO »

Y siempre jorobando...al estilo socrático

¿Y porqué nuestro pais realiza la solicitud a EEUU?

Grumo


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