Ley de conciliación vida laboral-familiar

Información sobre el ingreso y acceso a las Fuerzas Armadas Españolas. Requisitos, documentación a presentar, titulaciones, pruebas, test psicotécnicos y ciclos. Condiciones de servicio y Academias.
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osrocolo
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por osrocolo »

Hola, necesito saber si alguien del foro, está enterado sobre como funciona la ley de conciliación vida laboral-familiar.
Tengo un problema que me urge resolver y no me fio de los escribientes de mi unidad...
Si alguno controla, que lo diga y hablamos por MP.


El único dia fácil fué el de ayer
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Malig
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por Malig »

osrocolo escribió:Hola, necesito saber si alguien del foro, está enterado sobre como funciona la ley de conciliación vida laboral-familiar.
Tengo un problema que me urge resolver y no me fio de los escribientes de mi unidad...
Si alguno controla, que lo diga y hablamos por MP.


Quien mejor te puede informar es la Oficina de Asistencia al Personal.


«Ve y dile a tu Rey que lo mismo le haré si a lo mismo se atreve».
Sara_5
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por Sara_5 »

Buenas quiero contaros algo para ver si alguien puede ayudarnos a los que estamos en esta situación.
Soy una chica de Malaga y me vine a vivir a Toledo donde esta mi pareja cursando en la academia el último curso para sargento de infanteria ligera. Al igual que yo, son muchas las parejas de militares que se encuentran en la misma situación, han dejado sus casas, su trabajo, su gente,... Para poder vivir con su pareja. Cual es nuestra sorpresa cuando nos dicen que este curso 2014/2015 no les van a conceder el regimen de externado unicamente se la han concedido a los que tienen hijos cuando la ley estipula que los requisitos son estar casado o ser pareja de hecho y acreditarlo mediante empadronamiento y contrato de alquiler. El por qué no lo entiendo han dado la potestad a la academia para decidir... Mientras el resto de compañeros de promocion de las distintas armas de nuestro pais si se ha concedido...rumores de que cuantos más alumnos tengan en la academia más dinero les dan (siempre se anteponen los intereses de los de arriba por lo que me doy cuenta). Lo que estoy intentando es encontrar una ayuda de alguien que sepa si esto es legal y si no lo es hacer que se sepa acudiendo a la television de castilla la mancha, periodicos,..Por lo que sé hay una ley que respalda a los militares que tienen a sus familias aquí para conciliar la vida familiar por lo que no me entra en la cabeza como pueden hacer esta "ilegalidad". Lo que pido es saber si alguien esta en la misma situación que los que estamos en Toledo y buscar una manera de que esto pare. Muchas gracias de antemano y un saludo.


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Alpese
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Mensaje por Alpese »

Sara_5 escribió:Buenas quiero contaros algo para ver si alguien puede ayudarnos a los que estamos en esta situación.
Soy una chica de Malaga y me vine a vivir a Toledo donde esta mi pareja cursando en la academia el último curso para sargento de infanteria ligera. Al igual que yo, son muchas las parejas de militares que se encuentran en la misma situación, han dejado sus casas, su trabajo, su gente,... Para poder vivir con su pareja. Cual es nuestra sorpresa cuando nos dicen que este curso 2014/2015 no les van a conceder el regimen de externado unicamente se la han concedido a los que tienen hijos cuando la ley estipula que los requisitos son estar casado o ser pareja de hecho y acreditarlo mediante empadronamiento y contrato de alquiler. El por qué no lo entiendo han dado la potestad a la academia para decidir... Mientras el resto de compañeros de promocion de las distintas armas de nuestro pais si se ha concedido...rumores de que cuantos más alumnos tengan en la academia más dinero les dan (siempre se anteponen los intereses de los de arriba por lo que me doy cuenta). Lo que estoy intentando es encontrar una ayuda de alguien que sepa si esto es legal y si no lo es hacer que se sepa acudiendo a la television de castilla la mancha, periodicos,..Por lo que sé hay una ley que respalda a los militares que tienen a sus familias aquí para conciliar la vida familiar por lo que no me entra en la cabeza como pueden hacer esta "ilegalidad". Lo que pido es saber si alguien esta en la misma situación que los que estamos en Toledo y buscar una manera de que esto pare. Muchas gracias de antemano y un saludo.


Estimada compañera,

Lamento mucho oir su situación. Estoy seguro que llegar a una nueva ciudad y comenzar de nuevo siempre es dificil y más si no se tiene el apoyo con el que en un principio contaba, pero creo que usted está algo equivocada. El trabajo de su marido, pareja o lo que sea, no es un trabajo cualquiera. Es ser militar, y eso conlleva unas ventajas y unas desventajas, que si se está en este trabajo por vocación, no son tales desventajas. Estoy seguro de que la Academia no ha concedido el externado por algún motivo, y aunque, perdonando el lenguaje, joda un poco, es lo que hay. Esta vida es así,y más si se es alumno de una academia, que por sus características tiene unas restricciones incluso más grandes que un destino normal. Su pareja ha decidido ser militar, y debería usted saber que la vida de una esposa de militar suele conllevar largos periodos lejos de su marido( o novio). No se crea que esta vida es como la de un fontanero, un arquitecto o un cantante. Aquí el trabajo no se acostumbra a la familia, aquí la familia se acostumbra al trabajo y , ¿Que va a hacer ud. cuando a su pareja le digan " Oye chaval que en dos semanitas te vas para Irak"? ¿Va a ir ud. a las televisiones a decirles que , pese a que no esperaban ningún movimiento de tropas, han mandado a su pareja a Irak? ¿ Va a ir a los periódicos a contarles lo malos que son en las FAS por preparar a nuestros militares para ser los mejores? . Es lógico que concedan el externado a los que tienen hijos, porque probablemente estos sean pequeños y necesiten una figura paterna para su correcto desarrollo emocional, pero pese a que no me cabe duda que a ud. le gusta ver a su pareja, no es algo imprescindible para ud. Le ruego que se piense un poquito lo que dice de ir a las televisiones y periódicos a desvirtuar la labor de tanta gente, que parece que aquí el ser militar debe suponer poco más que ir al parque a jugar.

Espero que no le moleste mi comentario, simplemente le estoy intentando hacer ver las cosas desde otro punto de vista.

Un saludo


El fiero turco en Lepanto, en la Tercera el fránces y en todo mar el inglés, tuvieron de verme espanto
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gabriel garcia garcia
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por gabriel garcia garcia »

Para poder vivir con su pareja. Cual es nuestra sorpresa cuando nos dicen que este curso 2014/2015 no les van a conceder el regimen de externado unicamente se la han concedido a los que tienen hijos cuando la ley estipula que los requisitos son estar casado o ser pareja de hecho y acreditarlo mediante empadronamiento y contrato de alquiler.


¿Que ley? ¿que pone esactamente? seria interesante que lo supieras antes de salir en la tele, claro que un Sargento Alumno deberia ya saber buscar estas cosas y que hacer si se esta cometiendo alguna ilegalidad, de todas formas dicen los rumores que estas cosas no se hacen por que si, que cuando lo hacen, suelen mirar antes si puede o no puede hacerse. :confuso1:


Nunc minerva, postea palas
mma
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por mma »

Salvo error u omisión la norma superior que regula todo este tema es la Orden 43/1993 sobre régimen del alumnado de los centros docentes militares de formación que fué modificada en 2006 precisamente en este apartado. Endureciendo las cosas, todo hay que decirlo.

En su artículo 5, régimen de vida, dice lo siguiente:

"1. Los alumnos de los centros docentes militares de formación permanecerán, con carácter general, en régimen de internado.

2. El régimen de externado se podrá aplicar a los alumnos que ingresen mediante los sistemas de promoción interna, cambio de cuerpo, o acceso directo con reserva de plazas para los que accedan a las enseñanzas para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.

3. Excepcionalmente, también podrá ser de aplicación el régimen de externado a quienes ingresen mediante el sistema de acceso directo, siempre y cuando sus circunstancias personales o familiares así lo aconsejen.

4. El régimen de externado deberá ser solicitado por los alumnos y autorizado por el Director de Enseñanza correspondiente....."

A partír de ahí tendrá que ser un procedimiento operativo específico, elevado al Mando, autorizado por este y de público conocimiento el que especifique particularidades, que se permite y que no se autoriza, no son ni decisiones personales ni de una Academia que este año decida hacer esto y el que viene lo contrario. Y siempre sin oponerse a lo de rango superior.

Así que si el PO dice que solo se concederá a X, es correcto. Como si dijera que no se concede a nadie, también es correcto.

En todo caso si uno cree que se están vulnerando sus derechos lo mejor, siempre, es ponerse en manos de un profesional, un abogado especilizado en temas militares o en su defecto en temas familiares y de género sabrá mejor que nadie por donde meter mano si es que se puede y una primera consulta no suele ser cara.


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tercioidiaquez
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Mensaje por tercioidiaquez »

rumores de que cuantos más alumnos tengan en la academia más dinero les dan (siempre se anteponen los intereses de los de arriba por lo que me doy cuenta).

Sí, a una Academia le van a dar mas dinero porque duerman 50 o 100 dentro...
Para la Academia es mucho mejor, económicamente hablando, que la gente duerma fuera, menos gasto en comida, en luz, y en todo lo que conlleva un alojamiento. Así que no, no hay nada de eso.
Por el mismo motivo quizás deberías quejarte por el hecho que los de infantería ligera vayan a paso ligero y los de artillería en camiones...por ejemplo.


“…Las piezas de campaña se perdieron; bandera de español ninguna…” Duque de Alba tras la batalla de Heiligerlee.
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Lord_Revan
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Mensaje por Lord_Revan »

A mi me hace gracia lo de "a partir de este año". Lo siento pero no, desde el 2011 que no se permite vivir fuera de la ACINF a menos que cumplas absolutamente los requisitos.

Edit: Bueno, despues de releerlo, veo que han cambiado los requisitos, lo de los hijos es nuevo.


Todo gran poder conlleva una gran responsabilidad
MELINDA
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por MELINDA »

HOLA
buenos dias , mi situacion es la siguiente tengo pareja desde hace 11años, tambien militar, y 4 hijos de edades entre los 11 y 4 años. mi pareja esta destinada en sevilla pues al pedir vacantes los dos solo la tuvo el, estuve de comision de servicio un año y ya me incorpore a mi destino, me han denegado el derecho de peticion.
que mas me queda para poder estar con mis hijos y pareja??
dos de mis 4 hijos necesitan atencion de ambos padres, hiperactividad uno y problemas psicologicos otra.
yo ahora mismo perdi en un mes 10 kilos y estoy en tratamiento psiquiatrico por la situacion por la que estoy pasando

perdon por haberme extendido

muchas gracias


JONLEO
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Mensaje por JONLEO »

BUENAS TARDES TENGO UN PROBLEMA . ME AN DESTINADO A UNA UNIDAD DE MADRID Y CUAL A SIDO MI SORPRESA QUE ES LA UNIDA UNIDAD QUE NO LLEVA LO DE PODER CONCILIAR LA VIDA FAMILIAR. NO ME PERMITEN REALIZAR LAS 37.5 HORAS DE TRABAJO SEMANALES PARA PODER MARCHARME EL JUEVES A MI CASA SIENDO LA RESIDENCIA DE MI FAMILIA LA PROVINCIA DE HUESCA ALGUIEN SABE SI HAY ALGO ESCRITO SOBRE ESTE TEMA APARTE DEL MENSAJE DEL JEME QUE ALENTABA A CONCEDERLO PERO CON LA COLETILLA QUE SIEMPRE SE ACOGEN LOS JEFES (A CRITERIO DEL JEFE DE UNIDAD)
MUCHAS GRACIAS


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Malig
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Mensaje por Malig »

JONLEO escribió:BUENAS TARDES TENGO UN PROBLEMA . ME AN DESTINADO A UNA UNIDAD DE MADRID Y CUAL A SIDO MI SORPRESA QUE ES LA UNIDA UNIDAD QUE NO LLEVA LO DE PODER CONCILIAR LA VIDA FAMILIAR. NO ME PERMITEN REALIZAR LAS 37.5 HORAS DE TRABAJO SEMANALES PARA PODER MARCHARME EL JUEVES A MI CASA SIENDO LA RESIDENCIA DE MI FAMILIA LA PROVINCIA DE HUESCA ALGUIEN SABE SI HAY ALGO ESCRITO SOBRE ESTE TEMA APARTE DEL MENSAJE DEL JEME QUE ALENTABA A CONCEDERLO PERO CON LA COLETILLA QUE SIEMPRE SE ACOGEN LOS JEFES (A CRITERIO DEL JEFE DE UNIDAD)
MUCHAS GRACIAS
Conforme a la ley sobre destinos de los militares, decirte que estás en la obligación de residir en la localidad en la que se encuentra tu destino. Si no es así debes de solicitar permiso para ello (antes de cualquier conciliación), ya que creo que pierdes los derechos consecuentes de accidentes "in itinere".

La conciliación familiar no conlleva reducción de jornada porque residas en una localidad distinta a la del destino: eso no existe como tal.

De todos modos, tu hablas de un escrito (posible desarrollo normativo) del JEME, por lo que quizás donde mejor puedan responderte a tu duda es en un foro del Ejército de Tierra.

Un saludo


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mma
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Ley de conciliación vida laboral-familiar

Mensaje por mma »

Hay publicada una guia por el propio ministerio de donde puedes sacar información. Es dificil poner el enlace pero si vas a la página del ministerio

http://www.defensa.gob.es/

y pones en el buscador guia conciliación familiar aparece como guia de conciliación famiiar 2015.

Luego es fundamental la Orden Ministerial DEF/253/2015 de permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada para los miembros de las Fuerzas Armadas.

Desde que se publicó esa norma las cosas se han endurecido y mucho así que busca un buen abogado y saca ganas de pelear porque hay poco que rascar.


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